Un motociclista falleció tras ser embestido por un colectivo en la avenida San Lorenzo

ituzaingo1 1024x576 1

Un motociclista falleció este martes, pasadas las 13 horas, en un siniestro vial ocurrido en la intersección de San Lorenzo Oeste e Ituzaingó

El lamentable te episodio  involucró a una motocicleta Motomel 125 cc tipo cross y la unidad 87 de la Cooperativa de Trabajo Transportes Concordia Ltda ( Línea 1).

De acuerdo a lo que se pudo reconstruir, el motociclista —aún no identificado oficialmente— circulaba por San Lorenzo en sentido oeste-este, por el carril derecho. En esas circunstancias, y según indicaron testigos, habría intentado avanzar entre una camioneta y el colectivo que aguardaban la habilitación del semáforo.

Por causas que se tratan de establecer, el conductor de la moto habría perdido el control del rodado, cayendo debajo del colectivo que en ese momento inició la marcha al ponerse la luz verde.

Fue en ese momento que el vehículo de mayor porte lo arrolló, provocándole la muerte en el acto.

En el lugar trabajó personal de la Comisaría Segunda y la Policía Científica bajo las directivas de la fiscal Daniela Montangie  y el fiscal Tomás Tscherning.

Horas más tarde, alrededor de las 17, se confirmó que la víctima fue identificada como Juan Carlos Cayetano Malarini de 65 años de edad.

Abigeato en Corrientes: procesaron a un policía por encubrir un caso en General Paz

1772535282853

También están imputadas otras tres personas.

La Justicia de Corrientes procesó a un policía por encubrimiento doloso en una causa por abigeato agravado. El hecho investigado ocurrió en 2022 en Paraje Los Vences, departamento de General Paz, y tiene otros tres imputados por el robo de animales.

El policía, identificado como P.A.P., integraba la Oficina de Marcas y Señales de la comisaría de Lomas de Vallejos. Según la investigación, habría autorizado una guía para el traslado de ocho animales vacunos que habían sido sustraídos.

El documento llevaba su firma y sello, lo que para el magistrado constituyó un aporte clave al accionar delictivo. El juez entendió que el funcionario conocía el origen ilícito y actuó de manera intencional.

Para fundamentar esa conclusión, señaló la omisión de control de los animales, la emisión de la guía y la falta de registración en los libros correspondientes. En ese marco, aplicó la doctrina de la ignorancia deliberada o ceguera ante los hechos.

La medida fue dispuesta por el Juzgado de Instrucción N° 6. La resolución lleva la firma del juez Leandro Damián Llorente.

El hecho y los otros imputados

En la misma resolución fueron procesados D.V., V.M.N.O. y F.A.C. por el delito de abigeato agravado. La calificación se sustentó en la cantidad de cabezas sustraídas, el uso de un vehículo motorizado y la participación de varias personas.

De acuerdo con la causa, los imputados fueron detectados inmediatamente después del robo y traslado del ganado. También se identificó la camioneta y el tráiler utilizados para concretar el transporte.

El hecho ocurrió a mediados de 2022 en una zona rural del interior correntino. Los ocho animales fueron recuperados y restituidos a su propietaria.

En la resolución, el juez destacó que este tipo de delitos rurales en Corrientes suele ser de difícil comprobación. No obstante, sostuvo que en este caso se logró acreditar íntegramente el ilícito.

La causa continuará su trámite en la Justicia provincial conforme a las etapas procesales previstas por la ley.

Promedio trágico en Entre Ríos: hubo un accidente fatal cada dos días durante el verano

l 1772546209

Entre el 1º de enero y el 3 de marzo de 2026 se registraron 90 siniestros viales en Entre Ríos, con un saldo de 31 víctimas fatales (24 en rutas) y 73 heridos graves, lo que arroja un promedio de un accidente con muertos cada dos días.

Según el balance de la Dirección de Prevención Vial de la Policía de Entre Ríos, enero fue el mes más crítico, con 27 fallecidos, mientras que febrero descendió a cuatro. El responsable de Comunicación, Diego Passarello, señaló que la mayor incidencia se registró en la ruta nacional 18, seguida por la autovía 14 y las rutas 136, 127, 20 y 6.

Siete de cada diez siniestros fueron colisiones, vinculadas a adelantamientos indebidos, invasión de carril y no respeto de la doble línea amarilla. El impacto frontal sigue siendo una de las situaciones más frecuentes. También se registraron muertes por impacto con animales sueltos y despistes por condiciones climáticas adversas.

El mayor porcentaje de víctimas fatales se ubicó entre 24 y 54 años de edad, pero en enero hubo ocho víctimas de 15 a 24 años, en su mayoría pasajeros.

Más del 52 por ciento de los siniestros ocurrieron en horario diurno, lo que sugiere exceso de confianza y velocidad.

La Policía mantiene operativos permanentes en los principales corredores viales.

Fuente: Policía de Entre Ríos

Concordia: investigan un femicidio seguido de suicidio en el barrio Los Pájaros

WhatsApp Image 2026 03 02 at 18.21.59

Un nuevo hecho de violencia extrema sacude a la ciudad de Concordia. Este martes, alrededor de las 14:30 horas, funcionarios de la Comisaría Séptima acudieron a un domicilio del barrio Los Pájaros tras un alerta que terminó confirmando un escenario trágico: una mujer de 33 años fue hallada sin vida con lesiones compatibles con el uso de un arma blanca, y en el mismo inmueble encontraron el cuerpo de un hombre de 31 años, quien sería su pareja, fallecido por ahorcamiento.

Según las primeras informaciones recabadas en el lugar, vecinos manifestaron a los efectivos que habían observado a la pareja discutiendo en el patio de la vivienda días atrás. La escena quedó inmediatamente preservada para el trabajo de Policía Científica y la intervención de la fiscalía en turno, que deberá determinar con precisión la mecánica del hecho.

El caso es investigado bajo la hipótesis de un femicidio seguido de suicidio, una modalidad de violencia de género que, lamentablemente, se repite en distintos puntos del país. Las autoridades trabajan en la recolección de pruebas y testimonios que permitan reconstruir las horas previas al crimen.

El hecho vuelve a poner en foco la problemática de la violencia intrafamiliar y la necesidad de mecanismos de prevención, detección temprana y asistencia a víctimas, en un contexto donde muchas situaciones de conflicto permanecen invisibilizadas hasta que se transforman en tragedia.

La investigación continúa en curso.

Urribarri, rumbo a otro juicio

urri1 759x500 1

El exgobernador Sergio Urribarri se encamina a sentarse nuevamente en el banquillo de los acusados.

La Justicia fecha a las audiencias de remisión a juicio oral de la causa por enriquecimiento ilícito del exgobernador.

Será ante ante el juez de Garantías Mariano Budasoff para los días 10, 11, 12, 17, 18, 19, 25, 26, 31 de marzo de 2026, y los días 1, 7, 8, 9, 14, 15, 16, 21, 22, 23, 28, 29 y 30 de abril de 2026 a partir de las 9, en el Salón de Audiencias Nº 1.

En noviembre pasado se cumplieron dos años desde que el Ministerio Público Fiscal pidió la remisión a juicio de la tercera causa penal que involucra al exgobernador Sergio Urribarri, ya condenado a 8 años de cárcel en el megajuicio -no está firme, hay un recurso ante la Corte Suprema- y la megacausa de las coimas, con pedido de 1o años de prisión, que está en trámite. Y todavía no hay fecha de debate de ese tercer proceso.

El Tribunales dan una explicación de esa demora: en el proceso de enriquecimiento contra Urribarri intervienen los mismos defensores que actúan en el proceso por pago de coimas, cuyo trámite de remisión a juicio recién concluye este lunes 31. Verbigracia: no podrá iniciarse la tramitación de la tercera denuncia contra el exgobernador antes de que finalice el juicio por pago de coimas.

Uno de los tres imputados en esa causa, Rubén Martínez, un jubilado de más de 70 años, quedó afuera del juicio oral en mayo de 2024.

Un año atrás, el juez de Garantías Julián Vergara refrendó  un acuerdo de suspensión de juicio a prueba -probation-, por un plazo de 3 años, que benefició a Rubén Ángel Martínez, imputado en calidad de partícipe en la investigación penal que pesa sobre el exgobernador Urribarri por enriquecimiento ilícito. Al Urribarri le reprochan que no pudo justificar el aumento patrimonial de 7 millones de dólares, maniobras de las que habría participado el empresario Diego Armando Cardona Herreros, titular de Relevamiento Catastrales SA, que fue contratista del Estado entrerriano durante el urribarrismo, y también Martínez, aunque en un rol menor.

Martínez, un jubilado de 72 años a quien el Ministerio Público Fiscal le reprocha que en 2011 adquirió un vehículo a su nombre y que luego tramitó una tarjeta azul para que pueda disponer de él uno de los hijos del exgobernador, Mauro Urribarri, y la esposa del extitular del Ejecutivo, Ana Lía Aguilera. Además, le reprochan que “colaboró” con el enriquecimiento al posibilitar el ingreso al país de obras de arte traídas de Europa con destino a los Urribarri.

El acuerdo de juicio abreviado fue presentado ante el juez Vergara por el defensor de Martínez, Tomás Vírgala, con anuencia de los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano.

“Soy muy buen vendedor. Empecé a trabajar para empresas americanas que vendían cable coaxil. Hasta 2001, que vinieron los radicales y pasó lo que pasó”, dijo Martínez. “Nunca me pasó algo así -aseguró, en relación a estar involucrado en una causa judicial-. A esta edad”.

A Martínez la Fiscalía le había pedido 3 años de prisión de ejecución condicional. Y le habían solicitado que se lo condene además al pago de una multa de $117 mil y 7.000 dólares.

Pero la defensa de Martínez propuso pagar la mitad de ese monto en epsos, $58.500, la mitad de la multa en dólares, 3.500 dólares. Los $58.500 los abonará en una sola cuota, por transferencia bancaria; y la cifra en dólares, 20 cuotas, en pesos, al valor oficial. Aunque con actualización según el Índice de Precios al Consumidor.

En cuanto a la reparación del daño producido al Estado, Martínez asumió el pago de 36 cuotas de $10 mil que propuso donar al Hospital San Roque, monto también que se actualizará según el Índice de Precios al Consumidor.

En reemplazo de las 96 horas de trabajo en beneficio de una institución de bien público, que no podrá hacer por razones de salud -es hipertenso, tiene 72 años- pagará una reparación económica: 12 cuotas de $30 mil a una institución que designará la Oficina de Medios Alternativos (OMA) del Poder Judicial.

El defensor de Martínez pidió además que se levanten los embargos sobre sus cuentas bancarias, medida que dispuso en el marco de la causa por enriquecimiento de Urribarri el juez de Garantías Elvio Garzón. En ese punto, la petición se tramitará por separado.

En noviembre de 2023, el Ministerio Público Fiscal pidió la remisión a juicio oral de una tercera causa por corrupción que involucra al exgobernador Sergio Urribarri. El dos veces titular del Poder Ejecutivo ya fue condenado a 8 años de cárcel en el marco del megajuicio; y tiene pedido de remisión a juicio en una causa por coimas, con una solicitud de pena de 10 años de cárcel.

Los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano remitieron la causa por enriquecimiento con un pedido de condena para Urribarri de 5 años y 6 meses de cárcel. En tanto, para el empresario Diego Armando Cardona Herreros, implicado en esa investigación, los fiscales solicitaron 5 años de prisión de cumplimiento efectivo. En tanto, para Rubén Ángel Martínez, 3 años de prisión de cumplimiento condicional.

Qué se investiga

La causa se abrió en 2015 y por eso el exgobernador entienden que se han vencido los plazos para avanzar con la investigación y ha planteado la prescripción.

El exgobernador Sergio Urribarri negó la existencia de una pericia contable que dé cuenta de un crecimiento sin justificar de su patrimonio, y alegó que los números que ha difundido el Ministerio Público Fiscal parten de un informe que ha hecho un «empleado» de la Procuración, en directa referencia al contador Héctor Enrique, «La pericia no está terminada y no existe la cifra exorbitante y mentirosa que difundió Fiscalía”, aseguró.

Urribarri calificó de “intencional y maliciosa” el accionar del Ministerio Público Fiscal. “La verdadera pericia contable no está terminada porque los profesionales a cargo están esperando una documentación solicitada por mis abogados y por Fiscalía al juez de Garantías para que libre un exhorto a Grecia sobre los ingresos que tuvo mi hijo futbolista (Bruno Urribarri)en los años en que vivió y trabajó allá. Esto ocurrió en octubre de 2022. Cuando la pericia esté completa se podrá ver que no hay ninguna inconsistencia en mi patrimonio, y que no existe la cifra exorbitante y mentirosa que difundió Fiscalía y sus medios afines”, manifestó el ex mandatario.

Esa primera pericia habla de un crecimiento patrimonial de alrededor de 9 millones de dólares.

“El monto económico que la pericia arrojó hasta este momento y sin contar los ingresos de mi hijo, es 20 veces menor al monto que el Ministerio Público Fiscal difundió con sus medios afines para instalar un relato que nada tiene que ver con la realidad”, aseveró Urribarri. “Lo que Fiscalía difundió intencional y maliciosamente no es una pericia sobre el patrimonio de mi familia», puntualizó.

“Ese empleado de Fiscalía (Héctor Enrique) fue antes funcionario de mi gobierno y despedido por ineficiente. Por eso cuando empezó a hacer `informes` sobre mi patrimonio, inmediatamente lo impugnamos. También intervino en otras causas en mi contra y ya son conocidos sus errores malintencionados y sus inconsistencias”, señaló.

“Llaman a indagatoria cuando todavía no se ha terminado de recolectar la prueba. Es insólito. ¿Cuál es el apuro de repente? Yo sé: el cronograma electoral», soltó el exgobernador. “El Ministerio Público Fiscal me citó a esta indagatoria el mismo día en que se difundió el cronograma electoral, y la fijó en esta fecha, hoy, cuando cierran las alianzas electorales. Se nota mucho”, asestó.

“No  hay casualidades en esto. Hay causalidades. Porque todo se diseñó cuando estaba la posibilidad de que yo sea candidato. La misma causalidad de que cuando las encuestas vienen mal para algunos, hacen que Urribarri entre a escena. Esa es la reacción inmediata, la maniobra política”, dijo.

Y agregó: “Intentan anularme políticamente y quieren tenerme a la parrilla como se dice, entonces, cuando tienen alguna necesidad política, le arriman un poco de brasas como para calentarla. De manual”.

“Es tan insólito que llevan más años de investigación que el tiempo de condena que supone el delito de que se me acusa. A tal punto que estuvieron un año y medio con la causa parada, sin ningún movimiento, hasta que les surgió “la necesidad” electoral de reflotarla”.

Textual, la imputación dice lo que sigue:

«Patricia E. YEDRO y Gonzalo A. BADANO, Fiscales de la ciudad de Paraná -provincia de Entre Ríos-, en el marco del legajo de investigación Nº 26.585 caratulado “URRIBARRI SERGIO DANIEL S/ ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO”, entendemos que de la evidencia colectada hasta el momento y del informe pericial elaborado por la Cra. Romina V. Stepanic Pouey y el Cr. Cristián Dumé deviene procedente la modificación de la apertura de causa.

En relación a Sergio Daniel URRIBARRI:

“Desde el 01/01/08 hasta el 31/12/15, periodo en el que Sergio Daniel Urribarri se desempeñó como funcionario público (Gobernador y luego Diputado de la provincia de Entre Ríos), incrementó de manera desproporcionada su patrimonio, en relación a los ingresos percibidos, por un monto de PESOS ARGENTINOS ONCE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON CINCO CENTAVOS ($11.546.772,05), DÓLARES SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO CON DOS CENTAVOS (u$s 7.245.441,02) y EUROS DIECISÉIS MIL TRESCIENTOS (€16.300,00) conforme surge del informe pericial contable de Romina V. Stepanic Pouey y Cristián Dumé y de la evidencia colectada en el legajo.

Para lograrlo, se valió de Diego Armando Cardona Herreros y de Rubén Ángel Martínez, quienes actuaron en calidad de persona interpuesta para disimular su real patrimonio y gestionar sus fondos y bienes.

El enriquecimiento indebido de Sergio Daniel Urribarri, tuvo lugar a partir de las siguientes operaciones:

AÑO 2008:

Del informe pericial suscripto por Stepanic Pouey y Dumé, y de los distintos anexos que lo conforman, surge que Sergio Daniel Urribarri:

1- Obtuvo fuentes de financiamiento por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTITRÉS CON TRECE CENTAVOS ($164.923,13) provenientes de salarios cobrados por el Sr. Urribarri y por disponibilidades existentes al inicio del periodo.

2- Realizó las siguientes erogaciones de fondos:

a) Erogaciones en concepto de pago de amortizaciones correspondientes a los Crédito Hipotecario y Crédito Personal, ambos del Banco de Entre Ríos, por la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($145.186,53).

b) Consumo declarado en la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias de la suma de PESOS SETENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($71.156,96).

3- Poseía dinero disponible al cierre del ejercicio, tanto en efectivo como en la cuenta bancaria sueldo N° 184-404629 en el Banco de Entre Ríos, por la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO DIECIOCHO CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($57.118,45).

Como resultante, surge de la Pericia Contable que, los montos erogados que no pueden justificarse con las fuentes de dinero relevadas ascienden a la suma de PESOS CIENTO OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($108.538,81)

Al monto mencionado se debe adicionar las sumas de dinero aplicadas por Urribarri en inversiones y compras de bienes y servicios, en algunos casos registrados y/o facturados a nombre de interpósita persona, acreditados por medio de la evidencia documental y digital, a saber:

Compra en el mes de junio de un inmueble al Fideicomiso Puerto Madero Siete, complejo ZENCITY, edificio ZAFIRO, Sector Acceso C, Nivel 9º piso, Unidad 2, pagaderos en VEINTINUEVE (29) cuotas mensuales, erogando en el transcurso del año, la suma de DÓLARES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA (U$S433.950,00), en concepto de seña y pago de las cuotas N° 1 a la 6, firmando Diego Armando Cardona Herreros, el contrato de fideicomiso con SUD INVERSIONES Y ANALISIS SA, en comisión (conforme efecto caja 16 cuaderno tapa dura color verde oscuro rotulado con la letra “U” folio 4 reverso, efecto caja 16 bibliorato color gris con la leyenda SDU con el rótulo “L” folios 16- 17 y 18 y el efecto de caja 11 consistente en una carpeta de cartón color negra con la inscripción “ZENCITY” rotulado con la letra “A”, correo electrónico de fecha 17/09/2008 asunto “Exel” y su archivo adjunto denominado “SDU.xls” y correo electrónico de fecha 04/10/2011 con el asunto “Fwd: Cesion boleto Zencity” y planilla de cálculo denominada “Fideicomiso”, extraído de la computadora utilizada por Diego Armando Cardona Herreros identificada como efecto I0280_07 y respuesta enviada por Carlos Raul Quiroga en representación de Macro Fiducia en fecha 14/06/2019).

Compra en el mes de septiembre de pasajes aéreos trayecto Buenos Aires/Atenas/Buenos Aires y Buenos Aires/Atenas/Roma/Buenos Aires, por la suma de DÓLARES TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA (u$s 35.350,00) a la firma “Travel All Clerc” comprobante Nº 0004-0000022 a nombre de Julio Alberto (conforme efecto caja 16 bibliorato color gris con la leyenda SDU con el rótulo “L” folio 55, correo electrónico de fecha 17/09/2008 asunto “Exel” y su archivo adjunto denominado “SDU.xls”, extraído de la computadora utilizada por Diego Armando Cardona Herreros identificada como efecto I0280_07).

Lo plasmado en la Pericia Contable y lo revelado conforme la evidencia física y digital, arroja que el resultado no justificado correspondiente al año 2008 asciende a PESOS CIENTO OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($108.538,81) y DÓLARES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS (u$s 469.300,00).

AÑO 2009:

Del informe pericial suscripto por Stepanic Pouey y Dumé, y de los distintos anexos que lo conforman, surge que Sergio Daniel Urribarri:

1- Obtuvo fuentes de financiamiento por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTE CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($168.920,86) provenientes de salarios cobrados por Urribarri y por disponibilidades existentes al inicio del periodo.

2- Realizó las siguientes erogaciones de fondos:

Pagos en concepto de amortizaciones de los créditos -Personal e Hipotecario- otorgados por el Nuevo Banco de Entre Ríos por la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTO CUARENTA Y CUATRO CON SESENTA CENTAVOS ($193.944,60);

Consumo relevados por PESOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON OCHO CENTAVOS ($97.394,08) -destacándose en este período la compra de un reloj marca Rolex adquirido a la firma Zanotti Joyas y facturado a nombre de Ana Lia Liliana Aguilera-

3- Disponibilidades al cierre por PESOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($19.430,43).

4- Gastos no justificados detallados por los peritos en concepto de servicios turísticos contratados a la firma Interfly Tour S.A. por la suma de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS CON OCHENTA CENTAVOS ($55.842,80).

Como resultante, surge de la Pericia Contable que, los montos erogados que no pueden justificarse con las fuentes de dinero relevadas ascienden a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO CON CINCO CENTAVOS ($197.691,05).

Al monto mencionado se debe adicionar las disponibilidades y tenencia de moneda nacional y extranjera, así como las sumas de dinero aplicadas por Urribarri en inversiones y compras de bienes y servicios, en algunos casos registrados y/o facturados a nombre de interpósita persona, acreditados por medio de la evidencia documental y digital, a saber:

1- Pagos realizados en virtud del contrato de fideicomiso, celebrado para la compra del inmueble en el complejo “Zencity”, correspondientes a las cuotas siete a la diecisiete más la cuota refuerzo, por el monto total de DÓLARES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA (u$s 294.550,00) (efecto caja 16, cuaderno tapa dura, color verde oscuro, rotulado con la letra “U”, folio 4 reverso, efecto caja 16, bibliorato color gris con la leyenda SDU, con el rótulo “L” folios 16- 17 y 18 y el efecto de caja 11, consistente en una carpeta de cartón color negra con la inscripción ZENCITY”, rotulado con la letra “A” del allanamiento de la Sede de Relevamientos Catastrales S.A., correo electrónico de fecha 04/10/2011, asunto “Fwd: Cesion boleto Zencity” y planilla de cálculo denominada “Fideicomiso”, extraída de la computadora utilizada por Cardona Herreros, identificada como I0280_07; planillas de cálculo “SDU 12-09”, “SDU” y “SDU2010” extraídas de la computadora usada por Laura Suarez, identificada como I0280_04 y respuesta enviada por Carlos Raúl Quiroga en representación de Macro Fiducia en fecha 14/06/2019)

2- Compra de pasajes aéreos trayecto Atenas/Madrid/Buenos Aires/Madrid/Atenas a nombre de Natalia Gomez (esposa de Bruno Urribarri) y pago por la reemisión de pasajes en concepto de Upgrade a clase ejecutiva de los pasajeros Urribarri y Gomez por la suma de DÓLARES SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA (u$s 7.550), conforme facturas de la firma “JAC Travel” N° 0001-00007048 y 0001-00007006, emitidas a nombre de Diego Cardona (efecto caja 16, Bibliorato con la leyenda “SDU”, rotulado con la Letra L, folio 41-42-43-46 y 47, planilla de cálculo “SDU 12-09” extraída del efecto I0280_04).

3- Compra de pasajes aéreos trayectos Asuncion/Buenos Aires/Asunción a nombre de Victor Bernay y Atenas/Madrid/Buenos Aires a nombre de Marta Margarita Aguirre (suegra de Bruno Urribarri)por la suma de PESOS NUEVE MIL CIENTO TRECE CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($9.113, 72) a la firma “Interfly Tour S.A.” emitidas a nombre de Cardona Diego (efecto caja 16, Bibliorato color gris con la leyenda SDU, rotulado con la letra L, folios 23 a 26 y 30 a 40; planilla de cálculo con el nombre “SDU 12-09” extraída del efecto I0280_04”).

4- Consumos varios: Hotel Sofitel y servicios de transporte trayecto Buenos Aires/Concordia, por la suma de PESOS VEINTITRÉS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($23.758,42) (efecto caja 16, bibliorato color gris, con la leyenda SDU, rotulado con la letra L, folios 21, 22, 44, 45, 48, 49, 50 y planilla de cálculo denominada “SDU 12-09” extraída del Efecto I0280_04).

5- Existencia de disponibilidades/movimientos financieros por la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($268.575,34) (conforme planilla de cálculo denominada “SDU 12-09.xls” extraída del efecto I0280_04).

Lo plasmado en la Pericia Contable y lo revelado conforme la evidencia física y digital, arroja que el resultado no justificado correspondiente al año 2009 asciende a PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y OCHO CON CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($499.138,53); DÓLARES TRESCIENTOS DOS MIL CIEN (u$s 302.100,00).

AÑO 2010:

Del informe pericial suscripto por Stepanic Pouey y Dumé, y de los distintos anexos que lo conforman, surge que Sergio Daniel Urribarri:

1) Obtuvo fuentes de financiamiento provenientes de salarios cobrados por Sergio Daniel Urribarri y disponibilidades existentes al inicio del periodo por PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTICINCO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($146.525,67).

2) Realizó las siguientes erogaciones de fondos:

A) Pago de amortizaciones de los préstamos otorgados por el Nuevo Banco de Entre Ríos (Bersa) por la suma de PESOS CIENTO DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($119.397,62).

B) Inversión por parte de Ana Lia Aguilera de la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500) en virtud de la integración del 25% del capital suscripto para la constitución de la firma ANCORAR S.A., siendo la mencionada propietaria del 50% del paquete accionario.

C) Consumos a saber: Gastos de tarjeta de crédito, de débito, obra social, por la suma de PESOS CIENTO TRECE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($113.755,43),

3) Disponibilidades a fines de ejercicio por PESOS VEINTE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS CON CUATRO CENTAVOS ($20.566,04).

4) “Gastos No Justificados” a saber: viajes contratados a la firma “Interfly Tour S.A.” por la suma de PESOS OCHENTA OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON DOS CENTAVOS ($88.486,02) y a la Agencia Empsa Viajes SRL por la suma de DÓLARES SIETE MIL OCHOCIENTOS SIETE CON OCHENTA CENTAVOS (u$s7.807,80)

Como resultante, surge de la Pericia Contable que, los montos erogados que no puede justificarse con las fuentes de dinero relevadas, ascienden a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($198.179,44) y la suma de DÓLARES SIETE MIL OCHOCIENTOS SIETE CON OCHENTA CENTAVOS (u$s7.807,80).

Al monto mencionado se debe adicionar las disponibilidades y tenencia de moneda nacional y extranjera, así como las sumas de dinero aplicadas por Urribarri en inversiones y compras de bienes y servicios, en algunos casos registrados y/o facturados a nombre de interpósita persona, acreditados por medio de la evidencia documental y digital, a saber:

1- Pagos realizados en virtud al contrato de fideicomiso celebrado para la compra del inmueble en el complejo “Zencity”, correspondientes a las cuotas dieciocho a veintisiete, por el monto total de DÓLARES DOSCIENTOS DOCE MIL (u$s 212.000,00) (efecto caja 16, cuaderno tapa dura, color verde oscuro, rotulado con la letra “U”, folio 4 reverso, efecto caja 16, bibliorato color gris, con la leyenda SDU, con el rótulo “L”, folios 16- 17 y 18 y el efecto de caja 11, consistente en una carpeta de cartón color negra, con la inscripción “ZENCITY”, rotulado con la letra “A”, planilla de cálculo denominada “Ultima entrega SDU” y correo electrónico de fecha 04/10/2011, asunto “Fwd: Cesion boleto Zencity”, extraídos de la computadora utilizada por Cardona Herreros, identificada como I0280_07; planillas de cálculo denominada “SDU2010” extraída de la computadora usada por Laura Suarez, identificada como I0280_04, y respuesta enviada por Carlos Raúl Quiroga en representación de Macro Fiducia en fecha 14/06/2019).

2- Compra en el mes de febrero de paquete turístico con destino a Atenas a la Agencia de turismo radicada en República del Paraguay, “EMPSA Viajes” a favor de Franco Daniel Urribarri por la suma de DÓLARES CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES (u$s 4.953,00) (conf. Informe de la Dirección General de Migraciones de fecha 22/02/2016; correo electrónico de fecha 12/02/2010, asunto “Fwd: PASAJE FRANCO URRIBARRI”, correo electrónico de fecha 17/02/2010, asunto “RESERVAS Y TARIFAS FLIA URRIBARRI”, correo electrónico de fecha 19/02/2010, asunto “FW:TICKETS EMITIDOS” y sus archivos adjuntos identificados como “TICKET ELECTRONICO, MAURO URRIBARRI.doc”, TICKET ELECTRONICO, ANALIA AGUILERA.doc”, TICKET ELECTRONICO, MATEO URRIBARRI.doc” “TICKET ELECTRONICO, SERGIO URRIBARRI”, correo electrónico de fecha 23/02/2010, asunto “TICKETS EMITIDOS URRIBARRI”, correo electrónico de fecha 23/02/2010, con el asunto “Re: TICKETS EMITIDOS URRIBARRI” y correo electrónico de fecha 23/02/2010 con el asunto “FW: E TICKET FRANCO URRIBARRI”, extraídos de la computadora utilizada por Cardona Herreros identificada como efecto I0280_07).

3- En el mes de marzo de 2010, compra de paquete turístico con destino a Atenas a la firma “EMPSA Viajes” a favor de Sergio Daniel Urribarri, Ana Lia Liliana Aguilera, Mauro Gabriel Urribarri y Mateo Abel Urribarri por la suma de DÓLARES VEINTE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO (u$s 20.648,00) (conf. Informe de la Dirección General de Migraciones de fecha 22/02/2016, correo electrónico de fecha 17/02/2010, asunto “RESERVAS Y TARIFAS FLIA URRIBARRI, correo electrónico de fecha 19/02/2010, asunto “FW:TICKETS EMITIDOS” y sus archivos adjuntos identificados como “TICKET ELECTRONICO, MAURO URRIBARRI.doc”, TICKET ELECTRONICO, ANALIA AGUILERA.doc”, TICKET ELECTRONICO, MATEO URRIBARRI.doc” “TICKET ELECTRONICO, SERGIO URRIBARRI”, correo electrónico de fecha 23/02/2010, asunto “TICKETS EMITIDOS URRIBARRI”, correo electrónico de fecha 23/02/2010, con el asunto “Re: TICKETS EMITIDOS URRIBARRI” y correo electrónico de fecha 11/03/2010, asunto “RV: Fw: URRIBARRI /MAURO MR 12MAR EZE MAD” extraídos del efecto I0280_07 y planilla de cálculo denominada “SDU2010” extraída de la PC de Laura Suarez identificada como I0280_04)

4- La contratación de un paquete turístico a París y a Roma a la firma “EMPSA Viajes” a favor de Sergio Daniel Urribarri, Ana Lia Liliana Aguilera, Mateo Abel Urribarri y Sergio Damián Urribarri por la suma de DÓLARES TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS (u$s 39.823,00) (conforme informe de la Dirección General de Migraciones de fecha 22/02/2016, correo electrónico de fecha 26/03/2010 con el asunto “RV: FW: COTIZACIÓN DE PAQUETE A PARIS Y MADRID” extraído del efecto I0280_07 y planilla de cálculo denominada “SDU2010” extraída de la PC de Laura Suarez identificada como I0280_04).

5- En el mes de julio la compra del paquete turístico con destino a Jerez y Atenas a la firma “EMPSA Viajes” a favor de Sergio Daniel Urribarri y Ana Lia Liliana Aguilera por el monto de DÓLARES DIECINUEVE MIL VEINTIDÓS (u$s 19.022,00) (conf. informe Dirección General de Migraciones de fecha 22/02/2016, correo electrónico de fecha 08/07/2010 asunto “FW: España”, correo electrónico de fecha 13/07/2010, asunto “RV: Reservas confirmadas Urribarri”, correo electrónico de fecha 19/07/2010, asunto “FW: Pasajes Urribarri” con sus archivos adjuntos denominados “Reserva de viaje julio 23 para AGUILERA(3).pdf” y “Reserva de viaje julio 23 para URRIBARRI(2).pdf”, correo electrónico de fecha 21/07/2010, asunto “SALDO FINAL SERGIO URRIBARRI”, correo electrónico de fecha 21/07/2010, asunto “RV: VOUCHERS PAXS URRIBARRI X 2”, correo electrónico de fecha 27/07/2010, asunto “Fwd: Hotelbeds Voucher nr 593684 – PAXS URRIBARRI SERGIO X 2” todos ellos extraídos del efecto I0280_07 y la planilla de cálculo denominada “SDU2010” extraída del efecto I0280_04)

6- Se registran movimientos financieros y disponibilidades a lo largo del año por la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 352.756,00) y DÓLARES SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS DIEZ (u$s 67.210,00) (conforme planilla de cálculo denominada “SDU2010” extraída de la PC de Laura Suarez efecto I0280_04).

Lo plasmado en la Pericia Contable y lo revelado conforme la evidencia física y digital, arroja que el resultado no justificado correspondiente al ejercicio 2010 asciende a la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($550.935,44) y DÓLARES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON OCHENTA CENTAVOS (u$s 371.463,80).

AÑO 2011:

Del informe pericial suscripto por Stepanic Pouey y Dumé, y de los distintos anexos que lo conforman, surge que Sergio Daniel Urribarri:

1) Obtuvo fuentes de financiamiento provenientes de salarios y disponibilidades al inicio por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($182.848,61) y

2) Realizó las siguientes erogaciones de fondos:

A) Pago en concepto de amortizaciones del crédito hipotecario otorgado por el Nuevo Banco de Entre Ríos (Bersa) por la suma de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS TRECE ($14.913,00).

B) Gastos en pasajes aéreos al exterior a nombre de Ana Lia Aguilera, Sergio Daniel Urribarri y su hijo Mateo Abel Urribarri por la suma de PESOS CIENTO DIECISIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($117.698,73).

C) Consumos en tarjeta de crédito y débito, compras en Rocas del Sur, Osde, Telecom Personal, gastos bancarios, seguros automotor por la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($169.745,74);

3) Disponibilidades al final del ejercicio por la suma de PESOS VEINTICUATRO MIL VEINTE CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($24.020,45)

4) Gastos no justificados en servicios de hotelería y otros en el exterior, por la suma de DÓLARES ONCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS (u$s 11.747,50) y gastos relevados no justificados en viajes contratados con la firma “Interfly Tour” por la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS OCHO CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($2.608,66).

Como resultante, surge de la Pericia Contable que, los montos erogados que no pueden justificarse con las fuentes de dinero relevadas ascienden a la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO TREINTA Y SIETE CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($146.137,97) y DÓLARES ONCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS (u$s 11.747,50).

Al monto mencionado se deben adicionar las disponibilidades y tenencia de moneda nacional y extranjera, así como las sumas de dinero aplicadas por Sergio Daniel Urribarri en inversiones y compras de bienes y servicios, en algunos casos registrados y/o facturados a nombre de interpósita persona, acreditados por medio de la evidencia documental y digital, a saber:

1- En el mes de enero de 2011 el pago de la cuotas N° 28, 29 y el saldo restante correspondiente al contrato de fideicomiso celebrado para la compra del inmueble en el complejo “Zencity”; y en el mes de septiembre el pago del saldo por un total de DÓLARES DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS (u$s 286.500,00) (conforme efecto caja 16, cuaderno tapa dura, color verde oscuro, rotulado con la letra “U”, folio 4 reverso, efecto caja 16, bibliorato color gris con la leyenda SDU, con el rótulo “L”, folios 16- 17 y 18 y el efecto de caja 11 consistente en una carpeta de cartón, color negra, con la inscripción “ZENCITY”, rotulado con la letra “A”, correo electrónico de fecha 04/10/2011, asunto “Fwd: Cesion boleto Zencity”, extraido del efecto I0280_07 y respuesta enviada por Carlos Raúl Quiroga en representación de Macro Fiducia en fecha 14/06/2019).

2.- Contratación en el mes de marzo de 2011 de un paquete turístico con destino a Cancún a la agencia de viajes de la República del Paraguay “Panorama Viajes” a favor de Sergio Daniel Urribarri y Ana Lia Liliana Aguilera por la suma de DÓLARES DIEZ MIL SETECIENTOS UNO CON TREINTA CENTAVOS (u$s 10.701,30) (este monto no incluye el costo del alojamiento) (conforme informe de la Dirección General de Migraciones de fecha 22/02/2016, correo electrónico de fecha 23/02/2011, asunto “FW: Cotizacion Cancun”, correo electrónico de fecha 03/03/2011, asunto “Fwd: FW: Pasajes Urribarri”, correo electrónico de fecha 10/03/2011, asunto “Cotizacion Cancun”, correo electrónico de fecha 22/03/2011, asunto “FW: Pasajes Urribarri”, extraídos del efecto I0280_07, y planilla de cálculo denominada “SDU2010”, extraída de la PC de Laura Suarez, identificada como I0280_04).

3- Contratación en el mes de agosto de un paquete turístico con destino a Venecia y a Cerdeña con la empresa ““Panorama Lufthansa City Center” a favor de Sergio Daniel Urribarri y Ana Lia Liliana Aguilera por la suma de DÓLARES VEINTIÚN MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO (u$s 21.424,00) (conforme informe de la Dirección Nacional de MIgraciones de fecha 22/02/2016, correo electrónico de fecha 10/08/2011, asunto “Re: RV: COTIZACION 2”, correo electrónico de fecha 23/08/2011, asunto “FW: RV: COTIZACION 2”, correo electrónico de fecha 06/09/2011, asunto “FW: saldo” extraídos de la pc utilizada por Cardona Herreros, identificada como efecto I0280_07 y planilla de cálculo denominada “SDU2010” extraída de la PC de Laura Suarez efecto I0280_04).

4- En el mes de agosto de 2011 se verifica una compra de esculturas en cristal de Murano, realizada en Venecia a la firma “Nuova Vernier S.R.L.” por la suma de EUROS DOS MIL DOSCIENTOS (€2.200,00) (conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “SDU”, rotulado con la letra L, Folio 2-3, planilla de cálculo identificada como “SDU2010”, extraida de la PC I0280_04, correo electrónico de fecha 08/11/2011, asunto “FW: Rendicion de gastos de encomienda”, planilla de cálculo llamada “SDU2010” extraída de la PC de Laura Suarez efecto I0280_04).

5- En el mes de noviembre de 2011 se registra la compra de un automotor marca Ford, modelo Focus Ghia 2.0, tipo sedan, 5 puertas, dominio KPR222 por la suma de PESOS CIENTO DIECISIETE MIL ($117.000) registrado a nombre de Rubén Ángel Martinez, quien otorga autorización de manejo a nombre de Mauro Gabriel Urribarri, Lucila Maria Sattler y Ana Lia Liliana Aguilera (conforme Legajo B dominio KPR222, documentación de carpeta azul con el logo de Ford y la leyenda “Ardama”; sobre color madera con la leyenda “Rio Uruguay Seguros” conteniendo la póliza N° 00:04:3517368, sobre color madera con la leyenda “Río Uruguay Seguros” conteniendo la póliza N° 00:04:3762961 que se encuentran en el sobre color madera identificado como “Secuestro N° 4”, documentación de ARBA sobre el vehículo dominio KPR222 y planilla con el título “DEUDA A PAGAR” contenidas en un folio transparente dentro del sobre de madera, rotulado como “Secuestro Nº 5”; ambos del allanamiento realizado en calle Austria N° 2174, piso 5to “A” de CABA; planilla de cálculo denominada “SDU2010” y planilla de cálculo denominada “SDU 2012” extraída de la PC usada por Laura Suarez identificada como efecto I0280_04, correo electrónico de fecha 25/11/2011 asunto “Fwd: Gastos”, correo electrónico de fecha 27/12/2011 asunto “Gastos y saludos”, correo electrónico de fecha 21/03/2012 a las 16.04 hs. asunto “Re: Gastos y saludos”, correo electrónico de fecha 08/08/2012 asunto “Fw: Acta”, correo electrónico de fecha 15/04/2013, asunto “Fwd: FW: Gastos y saludos”; todos ellos extraídos de la PC de Cardona Herreros identificada como efecto I0280_07)

6- Contratación en el mes de diciembre de pasajes aéreos trayecto Ezeiza/Londres/Ezeiza con salida el 26 de diciembre y retorno el 28 de diciembre, siendo los pasajeros Urribarri Sergio Daniel, Gomez Sergio, Arroyo Raul y Galuccio Carlos, por la suma de DÓLARES OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS (u$s8.146,00), considerándose sólo el costo del pasaje del Sr. Urribarri (conforme informe de la Dirección General de Migraciones de fecha 22/02/2016, correo electrónico de fecha 16/12/2011, con el asunto “Fwd: COTIZACION”, correo electrónico de fecha 11/01/2012 con el asunto “Re: FW: Pendientes” extraídos de la PC usada por Cardona Herreros, identificada como I0280_07 y planilla de cálculo denominada “SDU2010” extraída de la PC de Laura Suarez efecto I0280_04).

7- Consumo en concepto de sellados de la Administración General de Aduanas y servicios de “Aeropuertos Argentina S.A” por la suma de PESOS DOS MIL CIENTO CINCO ($2.105,00) (conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “SDU” rotulado con la letra L, Folio 4 y 5).

8- Se registran movimientos financieros y disponibilidades a lo largo del año de la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES ($217.573,00), DÓLARES DOS MILLONES CIENTO VEINTITRÉS MIL CIENTO VEINTIUNO (u$s 2.123.121) Y EUROS CATORCE MIL CIEN (€14.100) (conforme planilla de cálculo denominada “SDU2010” extraída de la PC de Laura Suarez efecto I0280_04).

Lo plasmado en la Pericia Contable y lo revelado conforme la evidencia física y digital, arroja que el resultado no justificado correspondiente al año 2011 asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS (482.815,97), DÓLARES DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON OCHENTA CENTAVOS (u$s 2.461.639,80) y EUROS DIECISÉIS MIL TRESCIENTOS (€16.300,00).

AÑO 2012:

Del informe pericial suscripto por Stepanic Pouey y Dumé, y de los distintos anexos que lo conforman, surge que Sergio Daniel Urribarri:

1- Obtuvo fuentes de financiamiento provenientes de salarios, venta de los derechos económicos provenientes de los derechos federativos del Jugador de Fútbol Bruno Saúl Urribarri y venta de las acciones de la firma ANCORAR S.A. por la suma de PESOS OCHO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($8.153.980,89).

2- Realizó las siguientes erogaciones de fondos:

A) en el mes de junio se procede a la cancelación del préstamo personal otorgado por el Bersa en fecha 21/11/2007 por la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TRES CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($436.503,48).

B) en el mes de octubre se registra la donación con cargo por parte de Sergio Daniel Urribarri a favor de sus hijos Sergio Damián Urribarri, Bruno Saúl Urribarri, Mauro Gabriel Urribarri y Franco Daniel Urribarri por la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL ($5.500.000,00);

C) en fecha 14/12/2012 se registra aporte de capital en la sociedad Cerviño 3575 S.A por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS (1.500.000,00).

D) mejoras en la casa habitación del matrimonio Urribarri-Aguilera situada en calle Néstor Garat N° 291 de la ciudad de Concordia por la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000).

E) Integración del saldo del capital suscripto por Ana Lia Liliana Aguilera en “ANCORAR S.A” por la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS ($7.500,00).

3) Consumos por la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($355.227,98);

4) Dinero disponible al final del ejercicio de la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL VEINTITRÉS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($463.023,69).

5) La pericia detalla gastos no justificados en moneda nacional, entre los cuales se destacan: viaje realizado a Cancún en el mes de diciembre por Sergio Daniel Urribarri, su esposa Ana Lia Liliana Aguilera y su hijo Mateo Abel Urribarri; la compra bienes y servicios adquiridos a “Mobiliario Fontenla” e “Interfly Tour S.A.” facturados a nombre de Diego Armando Cardona Herreros por la suma de PESOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CON TRECE CENTAVOS ($41.836,13). Se registran asimismo gastos no justificados en servicio de hotelería y alojamientos en el exterior (Anexo CUADRO I.5. – GASTOS RELEVADOS NO JUSTIFICADOS) por la suma de DÓLARES SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO CON DIECINUEVE CENTAVOS (u$s 66.431,19).

Como resultante, surge de la Pericia Contable que, los montos erogados que no puede justificarse con las fuentes de dinero relevadas ascienden a la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL CIENTO DIEZ CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($200.110,39) y DÓLARES SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO CON DIECINUEVE CENTAVOS (u$s 66.431,19).

Al monto mencionado se debe adicionar las disponibilidades y tenencia de moneda nacional y extranjera, así como las sumas de dinero aplicadas por Urribarri en inversiones y compras de bienes y servicios, en algunos casos registrados y/o facturados a nombre de interpósita persona, acreditados por medio de la evidencia documental y digital, a saber:

1- En el mes de enero de 2012 la contratación con la firma “Panorama Lufthansa City Center” de un paquete turístico con destino a la ciudad de Natal a favor de Sergio Daniel Urribarri, Ana Lia Liliana Aguilera, Sergio Damian Urribarri, Mateo Abel Urribarri, Mauro Gabriel Urribarri y Lucila Sattler, por la suma de DÓLARES VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE CON TREINTA CENTAVOS (u$s 21.637,30) (este monto no incluye el costo del alojamiento) (conforme informe de Dirección Nacional de Migraciones de fecha 22/02/2016, correo electrónico de fecha 03/01/2012, asunto “FW:RV:COTIZACION DE VIAJE A NATAL”, correo electrónico de fecha 03/01/2012, asunto “COTIZACION NATAL” y su archivo adjunto denominado “COTIZACION DE PAQUETE A NATAL.docx”, correo electrónico de fecha 05/01/2012 con el asunto “FW: Pasaje a Natal” junto con su archivo adjunto “Reserva de viaje enero 06 para Urribarri”, correo electrónico de fecha 05/01/2012, asunto “FW: vouchers” con sus archivos adjuntos: “escanear0038.jpg”, “escanear0039.jpg”, “escanear0040.jpg”, “escanear0041.jpg” y “escanear0042.jpg”, correo electrónico de fecha 09/01/2012 con el asunto “FW: Pendientes” y correo electrónico de fecha 11/01/2012, asunto “Re: FW: Pendientes” todos ellos extraídos de la PC utilizada por Cardona Herreros, identificado como efecto I0280_07, planilla de cálculo “SDU2010” extraída de la PC usada por Laura Suarez, identificada como efecto I0280_04).

2- En el mes de marzo la contratación de un paquete turístico a la empresa “Panorama lufthansa City Center” con destino a Miami a nombre de Sergio Daniel Urribarri y Ana Liliana Aguilera por el monto de DÓLARES QUINCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO CON DIEZ CENTAVOS (u$s 15.468,10) (conforme informe de la Dirección Nacional de Migraciones de fecha 22/02/2016, correo electrónico de fecha 15/03/2012 con el asunto “cotizacion”; correo electrónico de fecha 15/03/2012 con el asunto “RV: cotizacion”, correo electrónico de fecha 22/03/2012 asunto “Re: FW: AGUILERA/ ANALIA 22MAR MVD MIA”, correo electrónico de fecha 22/03/2012 asunto “RV: FW: URRIBARRI/SERGIO 22MAR MVD MIA”, correo electrónico de fecha 22/03/2012 asunto “RV: FW: VOUCHERS”, correo electrónico de fecha 22/03/2012 con el asunto “RV: FW”, todos ellos extraídos de la PC de Cardona Herreros identificada como I0280_07, y planilla de cálculo denominada “SDU 2012” extraída de la PC de Laura Suarez identificada como I0280_04).

3- Durante los meses de Mayo y Junio de 2012 se detectaron los siguientes consumos:

a) contratación de servicio de flete trayecto Buenos Aires – Concordia a Juan Gabriel Castro que emitió factura N° 0001-00000231 a nombre de Diego Cardona por la suma de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS CINCO CON CINCUENTA CENTAVOS ($3.805,50) (conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “DIEGO 2012”, rotulado con la letra H, folio 229 del allanamiento de calle Córdoba N° 1184, 4to piso de CABA y planilla de cálculo “SDU 2012” extraída del efecto I0280_04)

b) Contratación con la “Compañía Organización Profesional de Cauciones” la póliza N° 37152 por la suma de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($6.670,95) facturado a nombre de Cardona Herreros Diego Armando (conforme recibo N° 00019787 a nombre de Cardona Herreros, efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “DIEGO 2012”, rotulado con la letra H, folio 228 del allanamiento de calle Córdoba N° 1184, 4to piso, y planilla de cálculo “SDU 2012” extraída del efecto I0280_04)

c) Recibo de fecha 17/05/2012 emitido por la Escribana Natalia Gonzalez Neleri nombre de Diego Cardona por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SIETE ($137,00) (conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “DIEGO 2012”, rotulado con la letra H, folio 230 y planilla de cálculo “SDU 2012” del efecto I0280_04)

d) Compra de una notebook marca SONY a la firma “SONY CENTER”, factura N° 0001-00015809 emitida a nombre de Gustavo Barrientos, empleado de la firma “Relevamientos Catastrales S.A.” por la suma de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($5.999,00) (conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “DIEGO 2012”, rotulado con la letra H, folio 231 del allanamiento de calle Córdoba N° 1184, 4to piso de CABA, y planilla de cálculo “SDU 2012” de la PC de Laura Suarez identificada como I0280_04)

4- En el mes de julio se registra la contratación de un paquete turístico con destino a Miami y Nueva York a favor de Sergio Daniel Urribarri, Ana Lia Liliana Aguilera, Mateo Abel Urribarri y Mariano Urribarri por la suma de DÓLARES CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO CON CINCUENTA (u$s 43.941,50), (monto que solo refleja el valor de los pasajes aéreos y alojamiento en Nueva York dado que la Pericia Contable ya considera el costo del alojamiento en Miami en el cuadro CUADRO I.5. – GASTOS RELEVADOS NO JUSTIFICADOS) (Conforme informe Dirección Nacional de Migraciones de fecha 22/02/2016, correo electrónico de fecha 09/07/2012, asunto “COTIZACION DE PASAJES A USA”, correo electrónico de fecha 10/07/2012, asunto “COTIZACION NEW YORK Y MIAMI”, correo electrónico de fecha 14/07/2012 asunto “Voucher” junto con sus archivos adjuntos “Voucher.htm” y “Voucher hotel Plaza.docx”, correo electrónico de fecha 14/07/2012, asunto “Tickets electronicos” junto con sus archivos adjuntos “Reserva de viaje julio 15 para URRIBARRI.pdf” y “Reserva de julio 22 para URRIBARRI” del efecto I0280_07).

5- En Setiembre de 2012 se registra contratación de un paquete turístico con destino a la ciudad de Nueva York, considerando solo el valor de los pasajes aéreos dado que el costo del alojamiento ya fue contemplado por la Pericial Contable, a favor de Sergio Daniel Urribarri y Ana Lia Liliana Aguilera por la suma de DÓLARES VEINTIÚN MIL NOVECIENTOS (u$s 21.900,00) (conforme informe Dirección Nacional de Migraciones de fecha 22/02/2016, correo electrónico de fecha 21/09/2012 asunto “Fwd: COTIZACION”, correo electrónico de fecha 21/09/2012 con el asunto “RV:OTRA OPCION”, correo electrónico de fecha 25/09/2012 con el asunto “RV:FW: Electronic ticket receipt, September 26 for MR SERGIO URRIBARRI”, correo electrónico de fecha 26/09/2012 con el asunto “FW: vouchers hotel y traslados con su archivo adjunto “vouchers aguilera.pdf”, todos ellos extraídos de la PC usada por Diego Armando Cardona Herreros, identificada como I0280_07 y planilla de cálculo denominada “SDU 2012” extraída de la PC usada por Laura Suarez identificada como efecto I0280_04).

6- Durante los meses de noviembre y diciembre de 2012 de la evidencia colectada surgen los siguientes consumos:

a) Compra realizada a la Distribuidora “Las Nubes”, empresa dedicada a la venta de vinos, por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA ($47.960,00) emitido a nombre de Diego Cardona (Conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “DIEGO 2012”, rotulado con la letra H, folio 215 del allanamiento de calle Córdoba N° 1184, 4to piso CABA, correos electrónicos de fecha 19/11/2012 con el asunto “RV: Vinos de guarda y cosechas agotadas”, correo electrónico de fecha 19/11/2012 asunto “Fwd: Te paso el detalle de lo que estamos entregando mañana”, extraídos de la PC utilizada por Cardona Herreros I0280_07 y planilla de cálculo denominada “SDU 2012” extraída de la PC de Laura Suarez I0280_04)

b) Pago de las facturas emitidas por “Terminal de Cargas Argentinas” a nombre de Cardona Herreros Diego en concepto de estadía de bultos por la suma total de PESOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($33.348,88) (conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “Diego 2012”, rotulado con la letra H, folios 208-211 del secuestro de calle Córdoba Nº 1184, piso 4to, CABA, planilla de cálculo denominada “SDU 2012” extraída de la PC de Laura Suarez, efecto I0280_04),

c) pago de honorarios de despachantes de ADUANA y gastos de fletes por el traslado desde Buenos Aires hasta Concordia al domicilio Néstor Garat N° 291 por las suma de PESOS OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($8.290,00) (Conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “DIEGO 2012”, rotulado con la letra H, folios 205 y 212 del allanamiento de calle Córdoba N° 1184, piso 4, CABA)

7.- Se registran movimientos financieros y disponibilidades de efectivo, tanto en moneda nacional como extranjera, por la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($1.336.797,92) Y DÓLARES TRES MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS VEINTITRÉS (u$s 3.413.223,00) (conforme planilla de cálculo “SDU 2012” extraída de la computadora de Laura Suarez, efecto I0280_04).

Lo plasmado en la Pericia Contable y lo revelado conforme la evidencia física y digital, arroja que el resultado no justificado correspondiente al año 2012 asciende a la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO DIECINUEVE CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($1.643.119,64) y DÓLARES TRES MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS UNO CON NUEVE CENTAVOS (u$s 3.582.601,09).

AÑO 2013:

Del informe pericial suscripto por Stepanic Pouey y Dumé, y de los distintos anexos que lo conforman, surge que Sergio Daniel Urribarri:

1) Obtuvo fuentes de financiamiento provenientes de salarios, del pago de dividendos por su participación en Kriptax Inc. S.A., los mutuos celebrados con sus hijos Mauro Gabriel, Bruno Saúl, Franco Daniel y Sergio Damian, y por el financiamiento otorgado por José Eduardo Galvani y por Kriptax Inc S.A. para las mejoras realizadas sobre el inmueble de calle Nestor Garat N° 291 de la ciudad de Concordia, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($5.758.638,18)

2) Realizó las siguientes erogaciones de fondos:

A) Consumos por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($443.392,49).

B) La compra del veinticinco por ciento (25%) del paquete accionario de la firma “Kriptax Inc S.A.”por la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000,00),

C) Mejoras constructivas en su vivienda particular sita en calle Néstor Garat N° 291 de la ciudad de Concordia por la suma de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000,00),

D) El pago al impuesto a las Ganancias por la venta de los derechos económicos provenientes de los derechos federativos del jugador Bruno Urribarri y en concepto de anticipos por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($3.150.597,92),

E) Pagos en concepto de honorarios de Escribano por la suma de PESOS CINCO MIL ($5.000,00) y gastos varios pagados por “Kriptax Inc. S.A.” por la suma de PESOS TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO ($3.795,00).

3) Disponibilidades al cierre del ejercicio por la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($628.980,68).

4) Se registra como gasto no justificado la compra a la firma “Kalpakian Hnos SACI” de pisos y afines por la suma de PESOS CIEN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON SEIS CENTAVOS ($100.355,06) que si bien fueron facturados a nombre de “Contactos S.A.” figura como domicilio de entrega el de calle Lafinur N° 3302 piso 1 A CABA (inmueble de titularidad de Bruno Saúl Urribarri).

Como resultante, surge de la Pericia Contable que, los montos erogados que no puede justificarse con las fuentes de dinero relevadas ascienden a la suma de PESOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($73.482,97).

Al monto mencionado se debe adicionar las disponibilidades y tenencia de moneda nacional y extranjera, así como las sumas de dinero aplicadas por Urribarri en inversiones y compras de bienes y servicios, en algunos casos registrados y/o facturados a nombre de interpósita persona, acreditados por medio de la evidencia documental y digital, a saber:

1- Se registran una serie de mejoras constructivas sobre el inmueble de calle Lafinur N° 3302 Piso 1A de la Ciudad de Buenos Aires, de titularidad de Bruno Saul Urribarri, como así también compra de mobiliario, objetos de decoración varios, y pago de honorarios por servicios de decoración con Héctor Campitelli y de albañilería por la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO ($1.301.931,00) (conforme efecto de caja 16, bibliorato rotulado con la letra H, con la leyenda “DIEGO 2012”, folio transparente rotulado HI, folios 9 a 65 del secuestro de calle Córdoba N° 1184, 4to piso, CABA).

2- En el mes de septiembre se registra la compra de una camioneta Volkswagen, todo terreno, Tiguan 2.0, TSI 4 MOTION, dominio NCV 674, por la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTE ($371.320,00) la cual fue registrada a nombre de Diego Armando Cardona Herreros (conforme Legajo B dominio NCV 674, Correo electrónico de fecha 03/09/2013 con el asunto “FW: TIGUAN” extraído de la PC de Cardona Herreros efecto I0280_07, correo electrónico de fecha 19/09/2013 a las 17:00 hs con el asunto “Re: Autotag S.A.; Correo electrónico de fecha 23/10/2013 asunto “DNI mujer de MAURO”; Correo electrónico de fecha 24/10/2013 con el asunto “Re: Cedula Azul Tiguan”; correo electrónico de fecha 11/02/2014 con el asunto “SALDOS” con su archivo adjunto llamado “Deuda SDU en pesoss”, Correo electrónico de fecha 22/04/2016 a las 09:00 con el asunto “RV: consulta dac” y correo electrónico de fecha 02/03/2017 con el asunto “Re: DOCUMENTACION VENTA TIGUAN”, todos extraídos de la PC de Laura Suarez efecto I0280_04).

3- Se detectaron gastos vinculados al vehículo VW Tiguan dominio NCV 674 por la suma de PESOS TRES MIL CUARENTA Y CUATRO ($3.044,00) (conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “Diego 2012”, rotulado con la letra H, folio 153 del allanamiento de calle Córdoba N° 1184, piso 4, CABA).

4- Se registran consumos en moneda nacional a saber:

a) compra de un teléfono celular Nokia, color azul, facturado a nombre de Rodrigo Minari por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON UN CENTAVO ($259,01) (conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “DIEGO 2012”, rotulado con la letra H, folio197-198)

b) Contratación con la firma “ABAD Mudanza del Futuro” de traslado de muebles usados y realización de mudanza a la ciudad de Concordia por la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00) (conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “DIEGO 2012” rotulado con la letra H, folios 181-182)

c) Compra de un sistema de audio a la firma “Geneva” de Glabsa S.A. por la suma de PESOS CUARENTA MIL ($40.000,00) recibo N°00000098 a nombre de Diego Cardona (conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “DIEGO 2012” rotulado con la letra H, folio 169 del allanamiento de calle Córdoba N° 1184, piso 4 y correo electrónico de fecha 12/09/2013 con el asunto “RV: CARDONA” del efecto I0280_04).

5) Se registran movimientos financieros o disponibilidades por la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($1.896.654,61) (conforme correo electrónico de fecha 25/02/2013 con asunto “SALDOS SDU” con sus archivos adjuntos denominados “Deuda SDU en pesos” y “Deuda SDU depto” y correo electrónico de fecha 11/02/2014 con asunto “SALDOS” con su archivo adjunto llamado “Deuda SDU en pesoss” extraídos de la PC de Laura Suarez efecto I0280_04).

Lo plasmado en la Pericia Contable y lo revelado conforme la evidencia física y digital, arroja que el resultado no justificado correspondiente al año 2013 asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($3.696.691,59).

AÑO 2014:

Del informe pericial suscripto por Stepanic Pouey y Dumé, y de los distintos anexos que lo conforman, surge que Sergio Daniel Urribarri:

1) Disponibilidades al inicio por la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($628.980,68), obtuvo salarios por la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CATORCE CON TRES CENTAVOS ($266.814,03), devoluciones bancarias por la suma de PESOS TRECE CON SIETE CENTAVOS ($13,07) y adelantos provenientes de “Kriptax INC S.A.” por la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($672.272,35), lo que arroja un total de fuentes de financiamiento por PESOS UN MILLON QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHENTA CON TRECE CENTAVOS ($1.568.080,13).

2) Realizó las siguientes erogaciones de fondos:

A) Consumos por la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO TRECE CON VEINTISIETE CENTAVOS ($585.113,27),

B) Pagos en concepto de anticipo a las Ganancias por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL TREINTA Y SEIS CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($166.036,86),

C) Aportes a la firma “Kriptax INC S.A.” por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000,00),

D) Pago de la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL ($558.000,00) a José Eduardo Galvani por la deuda originada por la refacción de la vivienda sita en Néstor Garat 291 de Concordia.

3- Se registran disponibilidades al cierre de ejercicio por la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS SEIS CON DIECISÉIS CENTAVOS ($421.206,16).

4- Gastos no justificados en servicio de hotelería y otros en el exterior por la suma de DÓLARES SIETE MIL CUATROCIENTOS SEIS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS (u$s 7.406,79); y gastos no justificados en moneda nacional por la suma de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($3.957,85);

Como resultante, surge de la Pericia Contable que, los montos erogados que no puede justificarse con las fuentes de dinero relevadas ascienden a la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON UN CENTAVO ($416.234,01) y DÓLARES SIETE MIL CUATROCIENTOS SEIS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS (u$s 7.406,79).

Al monto mencionado se debe adicionar las disponibilidades y tenencia de moneda nacional y extranjera, así como las sumas de dinero aplicadas por Urribarri en inversiones y compras de bienes y servicios, en algunos casos registrados y/o facturados a nombre de interpósita persona, acreditados por medio de la evidencia documental y digital, a saber:

1.- Fondos aplicados para la reforma y compra de mobiliarios para el inmueble ubicado en calle Lafinur N° 3302, piso 1A de la ciudad de Buenos Aires registrado a nombre de Bruno Urribarri, por la suma de PESOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE ($78.639,00) (conforme efecto de caja 16, bibliorato rotulado con la letra H, con la leyenda “DIEGO 2012”, folio transparente rotulado HI, folio Nº 1-8 y efecto de caja 16, bibliorato rotulado con la letra H, con la leyenda “DIEGO 2012”, folios 127-129 del allanamiento de calle Córdoba N° 1184, piso 4, CABA, y correo electrónico de fecha 11/02/2014 con el asunto “SALDOS” y su archivo adjunto llamado “Deuda SDU en pesoss” extraído de la PC de Laura Suarez efecto I0280_04).

2.- En el mes de abril se registró la contratación de un paquete turístico a la ciudad de Nueva York a la firma “Panorama Lufthansa City Center” de la República del Paraguay por la suma de DÓLARES VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS (u$s 26.597,89) (este monto no incluye el costo del alojamiento dado que fue considerado en la Pericial Contable), a favor de Sergio Daniel Urribarri y Ana Lia Liliana Aguilera (conforme informe de la Dirección Nacional de Migraciones de fecha 22/02/2016, correo electrónico de fecha 11/04/2014 con el asunto “Fwd: COTIZACION DE VIAJE”, correo electrónico de fecha 14/04/2014 con el asunto “Fwd: Reserva de viaje 16 de abril para MR SERGIO URRIBARRI”, correo electrónico de fecha 15/04/2014 con el asunto “RV: CONFIRMACION DE RESERVA PAX: SERGIO URRIBARRI X 2” con su archivo adjunto “voucher.htm”, correo electrónico de fecha 15/04/2014, Correo electrónico de fecha 15/04/2014 con el asunto “voucher de hotel” y correo electrónico de fecha 15/04/2014 con el asunto “Fwd: RV: Reserva de viaje 16 de abril para MR SERGIO URRIBARRI” con su adjunto “Reserva de viaje 16 de abril para URRIBARRI”, todos ellos extraídos de la PC de Cardona Herreros Efecto I0280_07)

3-. En el mes de junio se registra la contratación de pasajes aéreos trayecto Buenos Aires – Rio de Janeiro en favor de Bruno y Mateo Urribarri, Cristian Penco y Belleza Guido por la suma de DÓLARES CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS (u$s 4.772,00) (conforme informe Dirección General de Migraciones de fecha 22/02/2016, correo electrónico de fecha 26/05/2014 con el asunto “Pasajes”, correo electrónico de fecha 26/05/2014 con el asunto “RV: Pasajes RIO DE JANEIRO”, correo electrónico de fecha 27/05/2014 a las 22.45 asunto “RE: Cotizacion de viaje a Rio”, correo electrónico de fecha 27/05/2014 a las 11.13 hs. con el asunto “RV: Cotizacion de viaje a Rio”, correo electrónico de fecha 27/05/2014 a las 17.17 hs. con el asunto “RV:Cotizacion de viaje a Rio”, correo electrónico de fecha 05/06/2014 con el asunto “RE: Cotizacion de viaje a Rio” y correo electrónico de fecha 28/05/2014 con el asunto “FW:RV: Reserva de viaje 12 de junio para MR BRUNO URRIBARRI, todos ellos extraídos de la PC usada por Laura Suarez, efecto I0280_04).

4.- Contratación de un paquete turístico con destino a Río de Janeiro a favor de Bruno Saul Urribarri y un acompañante a la firma Panorama Lufthansa City Center por la suma de DÓLARES OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO (u$s 8.235,00) (conforme informe de la Dirección Nacional de Migraciones de fecha 22/02/2016, correo electrónico de fecha 22/12/2014 con el asunto “RE: VIAJE BRUNO” extraido de la PC de Laura Suarez efecto I0280_04).

5.- Se registraron pagos a la compañía “La Caja de Ahorro y Seguros S.A.” en virtud de la póliza de seguro contratada para el vehículo VW Tiguan 2.0, TSI PREM., dominio NCV 674, por la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO ($29.451,00) (conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “Diego 2012”, rotulado con la letra H, folios 145 a 149 del secuestro de calle Córdoba Nº 1184, 4to piso, CABA y correo electrónico de fecha 11/02/2014, asunto “SALDOS” con su archivo adjunto denominado “Deuda SDU en pesoss” extraído del efecto I0280_04).

6.- Movimientos financieros y disponibilidades por la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO DOCE MIL CUATROCIENTOS DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($3.112.402,50) Y DÓLARES MIL QUINIENTOS (u$s1.500,00) (conforme correo electrónico de fecha 11/02/2014 asunto “SALDOS” con su archivo adjunto denominado “Deuda SDU en pesoss” y correo electrónico de fecha 12/12/2014 con el asunto “PENDIENTES”, ambos extraídos de la PC de Laura Suarez identificada como efecto I0280_04”)

Lo plasmado en la Pericia Contable y lo revelado conforme la evidencia física y digital, arroja que el resultado no justificado correspondiente al año 2014 asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTISÉIS CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($3.636.726,51) Y DÓLARES CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS ONCE CON SESENTA y OCHO CENTAVOS (u$s 48.511,68).-

AÑO 2015:

Del informe pericial suscripto por Stepanic Pouey y Dumé, y de los distintos anexos que lo conforman, surge que Sergio Daniel Urribarri:

1) Obtuvo fuentes de financiamiento por un total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON VEINTITRES CENTAVOS ($996.694,23), provenientes de disponibilidades existentes al inicio del periodo, los salarios percibidos, adelantos obtenidos de la sociedad “Kriptax Inc S.A.” y otro ingresos.

2) Realizó las siguientes erogaciones de fondos:

A) Consumos por la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETENTA Y UN CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($632.071,73).

B) Pago en concepto de Anticipos al Impuesto a las Ganancias por la suma de PESOS CIENTO DIECISÉIS MIL CIENTO CINCO CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($116.105,81).

C) Aportes realizados a la firma “Kriptax Inc. S.A.” por medio de transferencias bancarias realizadas los días 13/02/2015 y 20/10/2015 por un total de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL ($210.000,00).

3) Disponibilidades en efectivo y cuentas bancarias por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y UN MIL CIEN CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($131.100,62).

4) Gastos no justificados en moneda extranjera en concepto de hotelería y otros en el exterior por la suma de DÓLARES NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS (u$s 9.824,65).

Como resultante, surge de la Pericia Contable que, los montos erogados que no puede justificarse con las fuentes de dinero relevadas ascienden a la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($92.583,93) y DÓLARES NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS (u$s 9.824,65)

Al monto mencionado se debe adicionar las disponibilidades y tenencia de moneda nacional y extranjera, así como las sumas de dinero aplicadas por Urribarri en inversiones y compras de bienes y servicios, en algunos casos registrados y/o facturados a nombre de interpósita persona, acreditados por medio de la evidencia documental y digital, a saber:

1- Se detectaron pagos realizados a la compañía “La Caja S.A.” en virtud de la contratación de un seguro contra todo riesgo para el vehículo VW Tiguan, dominio NCV 674, por la suma de PESOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS VEINTE ($22.620,00) (Conforme conforme efecto caja 16, bibliorato con la leyenda “Diego 2012″, rotulado con la letra H, folios 143 a 144 del secuestro de calle Córdoba Nº 1184, 4to piso, CABA) .

2.- Compra de un automóvil marca Volkswagen modelo Golf 1.4 L TSI Bluemotion Techno, dominio PJL 951 por la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO ($391.588,00), registrado a nombre de Diego Armando Cardona Herreros. De dicho vehículo se le otorgó autorización de manejo al hijo del matrimonio Urribarri – Aguilera, Mateo Abel Urribarri (conforme correo electrónico de fecha 25/11/2015 con el asunto “GOLF”, correo electrónico de fecha 30/11/2015 a las 13.50 hs. con el asunto “RE: Propuesta Golf 1.6 Trendline”, correo electrónico de fecha 30/11/2015 a las 14.09 hs. con el asunto “RE: Propuesta Golf 1.6 Trendline”, correo electrónico de fecha 2/12/2015 a las 14.58 hs. asunto “RV: Propuesta Golf 1.4 TSI Confortline”, correo electrónico de fecha 02/12/2014 a las 15.03 hs. con el asunto “RE: Propuesta Golf 1.4 TSI Confortline”, correo electrónico de fecha 23/12/2015 con el asunto “RE: PV 13207/3 PAGO GASTOS DE PATENTAMIENTO – CARDONA HERREROS DIEGO ARMANDO”, correo electrónico de fecha 23/08/2016 a las 14.12 con el asunto “RE: GOLF PJL 251” y sus archivos adjuntos y correo electrónico de fecha 23/08/2016 a las 17.04 hs. con el asunto “RE: GOLF PJL 251” y sus archivos adjuntos denominados “DNI Altamirano dorso. jpg”, “Dni ALTAMIRANO frente.jpg”, “DNI Mateo – cedula azul.jpg”, “ DNI Mateo dorso. jpg”, “DNI Sra altamirano frente.jpg” “Titulo Golf PJL951 dorso.pdf”, “Titulo Golf PJL951 frente.pdf”, “Verificacion duplicado GOLF.pdf” y “Verificacion original GOLF. pdf”, todos ellos extraídos del efecto I0280_04; conversación entre Laura Suarez (1165141741) y Diego Armando Cardona Herreros (1144409384) entre el 25/11/2015 al 29/12/2015 extraído del informe I0376, correo electrónico de fecha 27/11/2015 a las 18.37 hs. con el asunto “Re: GOLF” y correo electronico de fecha 27/11/2015 a las 18.50 hs. con el asunto “Re: Valores Golf” extraidos de la PC de Cardona Herreros, efecto I0280_07)

2) Se registran movimientos financieros y disponibilidades durante el año por la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL TRECE CON CINCUENTA CENTAVOS ($422.013,50) (conforme correo electrónico de fecha 15/09/2015 con el asunto “PENDIENTES” y correo electrónico de fecha 30/12/2015 con el asunto “PENDIENTES”, ambos extraídos de la PC de Laura Suarez, efecto I0280_04)

Lo plasmado en la Pericia Contable y lo revelado conforme la evidencia física y digital, arroja que el resultado no justificado correspondiente al año 2015 asciende a la suma de PESOS NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS CINCO CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($928.805,43) Y DÓLARES NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON SESENTA Y CINCO (u$s 9.824,65).”

En relación a Diego Armando CARDONA HERREROS:

“Haber colaborado de manera esencial en el ocultamiento del incremento patrimonial de Sergio Daniel URRIBARRI, ocurrido en el periodo durante el cual éste se desempeñó en la función pública -desde el 01/01/08 al 31/12/15- como Gobernador y luego Diputado de la provincia de Entre Ríos.

Así, a sabiendas que la capacidad económica de Sergio Daniel URRIBARRI, era insuficiente para justificar inversiones y compra de bienes y servicios, en relación a las distintas fuentes de ingreso percibidos, es que Diego Armando Cardona Herreros actuó en calidad de persona interpuesta para disimular el real patrimonio de Urribarri y gestionar sus fondos y bienes».

Alerta en La Paz E.R : investigan video con presunta amenaza narco

l 1772310302

Desde la Departamental de Policía de La Paz señalaron que “se está investigando” la viralización de un video con amenzas que circuló en las últimas horas y alarmó a la comunidad.

“Nadie conoce a la persona que se menciona en el video y tampoco sabemos quién lo realizó ni de dónde es, pero si alguien sabe o puede brindar información, nos sirve“, dijo el jefe de la Departamental, Carlos Schmunk. “Se está trabajando para identificar tanto al autor del video como a quien menciona que se le debe plata”, aseguró.

El funcionario policial pidió “ser precavidos” con la difusión del material porque “alarma a la sociedad” siendo que “hasta el momento no se puede dar por cierto”.

Entre las características del video, reparó en que el sujeto que habla a cámara lee un papel porque no conoce ni recuerda el nombre de la persona para la que reclama el pago de la supuesta deuda.

Hasta el momento no ha intervenido la Fiscalía de La Paz. “Justamente se está tratando de individualizar a estas personas para poder iniciar una causa una vez identificadas”, explicó.

Presunta amenaza narco

En las últimas horas del viernes comenzó a circular un video a través de WhatsApp en la ciudad de Santa Elena, en el que un joven que se cubre el rostro muestra un arma y, con actitud amenazante, reclama el pago de una presunta deuda. “Esto va para toda la gente de Santa Elena, de Entre Ríos. Los vamos a matar a todos, re corta”, se le escucha decir.

“Esto va de parte de La Monada, nosotros no jodemos”, advierte el sujeto encapuchado en el video. “Vamos a bajar un par de Rosario en auto, en moto y los vamos a matar a todos. Esto va a pasar a mayores así que vayan achicando la cuenta. Les damos 24 horas. Les vamos a cortar el pelo a todos: chicos, criaturas, hijos, lo que venga. Esto es así, la mafia es así”, asegura.

Fuente: La Sexta

N. de R.: Aunque esta información no se encuentra formalmente comprobada, el silencio previo que la rodea constituye, al menos, un llamado de atención para las autoridades policiales que vienen desarrollando una ardua tarea en la provincia.

Un área que también merece especial focalización es la ciudad de Victoria, donde —según distintas versiones— se habría trasladado parte de la mano de obra vinculada a los principales grupos relacionados con el narcotráfico. En ese contexto, se observa un incremento llamativo de “inversiones cuantiosas” cuyo origen de fondos podría resultar, cuanto menos, difícil de justificar.

Encontraron muerto a Marcelo Boschi, el empresario que buscaban desesperadamente en Santa Fe

CBUQAEJ4E5AEBLEOSLTS22L22A

Hallaron sin vida al empresario Marcelo Boschi tras un intenso operativo de la Prefectura en el Riacho Correntoso y su familia confirmó la identidad.

Este jueves, las autoridades de la provincia de Santa Fe, encontraron muerto a Marcelo Boschi, de 55 años, quien era intensamente buscado desde el martes mientras navegaba por el Riacho Correntoso.

Encontraron muerto a Marcelo Boschi, el empresario que era buscado en Santa Fe

Las autoridades de la provincia de Santa Fe confirmaron este jueves el hallazgo sin vida de Marcelo Boschi, el empresario de 55 años que era intensamente buscado desde el martes, cuando desapareció mientras navegaba por el Riacho Correntoso, en el norte provincial.

El cuerpo fue encontrado alrededor de las 7 de la mañana en la zona de Timbó Quemado, aguas abajo de Puerto Reconquista, en el marco del operativo desplegado por la Prefectura Naval. Tras la extracción con el protocolo correspondiente, sus familiares realizaron el reconocimiento formal.

A partir de la denuncia, se realizó un amplio rastrillaje por agua y tierra, además del análisis de cámaras de seguridad. Una de ellas lo registró por última vez a las 5.55 navegando en soledad por el río San Jerónimo.

Quién era Marcelo Boschi, el empresario reconocido en Reconquista

Marcelo Boschi era un empresario de Reconquista y titular de la firma “De Buena Madera”, donde se destacó como carpintero y comerciante de referencia en la región. Padre de tres hijos adolescentes, también tuvo una activa participación institucional.

Integró la Sociedad Rural de Reconquista, donde llegó a desempeñarse como Comisario General de la Expo Rural, y formó parte de la comisión del Rotary Club local, aunque actualmente estaba retirado de ambas entidades.

Pescadores de la zona declararon haber conversado con él esa mañana y lo vieron maniobrando en un sector profundo del río. Minutos después, observaron la lancha a la deriva y sin tripulantes.

En la embarcación se halló el mate preparado y un cajón de madera vacío. Amigos señalaron que atravesaba algunas complicaciones personales y que resultaba inusual que navegara solo a esa hora.

La Justicia Federal evalúa trasladar a Airaldi a un régimen de alto riesgo en Ezeiza

leonardo airaldi

El Tribunal Oral Federal de Paraná solicitó de manera urgente que el Servicio Penitenciario Federal evalúe el traslado e ingreso Airaldi a Ezeiza.

La Justicia Federal analiza el posible traslado del productor agropecuario de Diamante, Leonardo Roberto Airaldi, actualmente detenido por narcotráfico, al régimen de alto perfil del Servicio Penitenciario Federal en el penal de Ezeiza, tras una denuncia que lo vincula con un presunto plan para asesinar a tres funcionarios.

Lo que pasa con Airaldi

La investigación se originó a partir de una presentación realizada por Daniel “Tavi” Celis y otro interno de la Unidad Penal 9 “El Potrero”, de Gualeguaychú, donde Airaldi se encuentra alojado. Según las declaraciones testimoniales recibidas el 20 de febrero por el fiscal federal Pedro Rebollo, el detenido habría planificado atentar contra el juez federal N° 1 de Paraná, Leandro Ríos; el fiscal general ante el Tribunal Oral Federal de Paraná, José Ignacio Candioti; y el ministro de Justicia y Seguridad de Entre Ríos, Néstor Roncaglia.

A raíz de la denuncia, el Módulo E de presos federales fue allanado con intervención de Gendarmería Nacional. En el procedimiento se secuestraron tres teléfonos celulares y un manuscrito que sería de Airaldi. Además, se indicó que el interno podría contar aún con otro dispositivo móvil dentro del penal.

Frente a la gravedad de los hechos, el fiscal Rebollo y el titular de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), Diego Iglesias, solicitaron al Tribunal Oral Federal de Paraná que arbitre los medios necesarios para el traslado urgente del detenido al Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo (SIGPPLAD), dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación.

El Tribunal, presidido por Noemí Berros, consideró que corresponde dar trámite a la solicitud y ofició al Servicio Penitenciario Federal para que evalúe si Airaldi debe ser incorporado al régimen especial, creado para internos considerados de máxima peligrosidad, especialmente en casos donde exista riesgo de que continúen organizando maniobras delictivas desde el encierro o entorpezcan investigaciones judiciales.

La medida busca prevenir eventuales nuevas acciones vinculadas al presunto plan criminal y resguardar la integridad de los testigos que declararon en la causa, quienes también se encuentran alojados en la misma unidad penitenciaria.

Mientras avanza la investigación, la decisión final sobre el eventual traslado quedará sujeta a la evaluación técnica del Servicio Penitenciario Federal.

Endurecieron los cargos contra los integrantes del Tren de Aragua que operaban en Corrientes

1771875264308

Un juzgado dictó una ampliación del procesamiento para los acusados de  lavado y financiamiento del terrorismo.

El Tren de Aragua, la organización criminal de raíces venezolanas, sufrió un nuevo revés de parte de la justicia argentina, luego de que un juzgado federal de Corrientes dictara una ampliación del procesamiento con prisión preventiva a los acusados que cayeron tras una investigación que halló evidencias impactantes sobre las maniobras de lavado y financiamiento del terrorismo que realizaban en esta parte y otros puntos del país.

El Juzgado Federal 1, a cargo de Gustavo Fresneda, dictó este lunes una nueva medida en la que aplica el cargo de organización criminal al conjunto de sospechosos que comandaba el venezolano Guillermo Rafael Boscán Bracho. Había sido detenido por Interpol en 2023 en la Ruta 43 que conecta la ciudad de Corrientes con Santa Ana.

Junto con él también quedaron más complicados otros 12 integrantes de su elenco, dedicados a diversas actividades apuntadas a blanquear dinero obtenido de actividades mafiosas, así como a transferirlo a la comandancia de la organización en otros puntos del continente.

La resolución de este lunes surge de una contramarcha que tuvo la acusación original a cargo de la Fiscalía Federal de Distrito Corrientes, luego de que la Cámara Federal de esta capital entendiera en diciembre pasado que no había suficientes elementos para sumar el cargo de organización criminal a los de lavado y financiamiento de actividades terroristas con los que sí encaminó a juicio a los sospechosos.

Previo paso por la Cámara Federal de Casación, el expediente volvió a reunir en Corrientes las pruebas halladas sobre el funcionamieento aceitado de una maquinaria criminal de carácter trasnacional según lo indicaron en las audiencias los fiscales Carlos Schaefer, Nicolás Marquevich y Juan Martín Mariño Fages.

Los sospechosos, uno por uno

La mayor parte del grupo obtuvo DNI argentino al afincarse en el país, pero otros mantenían la ciudadanía venezolana. Además, hay un argentino y se dedicaban actividades diversas según sus declaraciones. Por ejemplo, el líder, Boscán Brachoaseguró ser ganadero (había comprado en San Luis del Palmar un campo), otros tenían ocupaciones que iban desde repositor en un supermercado y repartidor de mercaderías, hasta repostería y manucuría.

Mafia

Planificación y logística, capacidad económica y despliegue transnacional, son algunas de las características que tiene la banda.

De acuerdo con la investigación, funcionó en el país al menos desde 2019 y sus integrantes terminaron de caer en mayo de 2025.

Ahora se encaminan a un juicio para el que restan instancias defenisvas diversas, pero que se anota en la agenda antimafia del país y pone a Corrientes nuevamente en el centro de la escena.

La provincia recuperó vehículos del delito para fortalecer el patrullaje en Entre Ríos

descarga 2 scaled

El Ministerio de Seguridad y Justicia entregó dos camionetas a la Policía de Entre Ríos que fueron secuestrados en procedimientos judiciales y que, por decisión de la Justicia, se suman a la flota oficial para tareas de prevención y seguridad. En la ocasión, las autoridades de Seguridad de la provincia dieron detalles del operativo para desbaratar banda criminal y del trabajo para encontrar a las personas desaparecidas luego del temporal.

La entrega se realizó este lunes en la explanada de Casa de Gobierno con la presencia del ministro de Seguridad y Justicia, Néstor Roncaglia, y el jefe de la Policía de Entre Ríos, Claudio González.  

Las unidades fueron recuperadas tras operativos exitosos vinculados a la tenencia de explosivos y al abigeato agravado, demostrando la eficacia de los controles viales y rurales que se vienen profundizando en todo el territorio entrerriano.

Roncaglia destacó la importancia de que las herramientas del crimen sean reutilizadas por el Estado: “Es una satisfacción enorme ver cómo camionetas que antes se usaban para transportar explosivos o para el abigeato, hoy llevan la insignia de nuestra Policía y están al servicio de la gente. Este es el resultado de un trabajo en equipo con la Justicia Federal y Provincial, que entiende que los recursos deben estar donde más se necesitan: cuidando a los entrerrianos”, afirmó.

Roncaglia también subrayó la eficiencia en el gasto público: “A estos vehículos solo se les realizó un service general y limpieza técnica para ponerlos en marcha de inmediato. Es una señal clara de que, en nuestra gestión, el que las hace las paga, y sus recursos vuelven a la comunidad”.

Operativo para desbaratar banda criminal

Respecto a lo sucedido el fin de semana, Roncaglia explicó que tres internos de la UP Nº 9 declararon ante la Justicia sobre un presunto plan para atentar contra el juez federal Ríos, el fiscal Candiotti y su persona, aportando datos precisos que evidenciarían tareas de inteligencia previas. Señaló que la principal preocupación es la integridad de los funcionarios judiciales y que no se minimizará la situación, por lo que se adoptaron recaudos preventivos y medidas de protección. “No lo tomamos con liviandad porque estuvieron haciendo inteligencia sobre nosotros tres y sabían muchas cosas privadas. No vamos a bajar los brazos frente a nadie”, afirmó.

Asimismo, informó que se dispusieron custodias personales, se realizaron allanamientos con secuestro de celulares y estupefacientes, y se reforzaron controles en las unidades penales. Los internos que brindaron información están bajo resguardo y se evalúan sus condiciones de alojamiento, mientras que el principal implicado fue aislado.

Trabajo para localizar a Patricia y Kiara

El jefe de Policía de Entre Ríos, Claudio González, expresó su pesar ante el desenlace de las jornadas de búsqueda para dar con el paradero de Patricia Medina y su hija, Kiara Barrios, tras el temporal que destruyó la vivienda de su familia.

González destacó la conformación de un comando unificado, donde “todo el mundo se puso la camiseta de la búsqueda. No era lo que queríamos, pero se le pudo dar tranquilidad a la familia localizando estas dos personas”. Y agregó: “Cosas por corregir siempre hay”, y destacó que “el compromiso de la comunidad, de las instituciones y el personal policial, está evidenciado. Se dio pronta respuesta a este episodio desencadenado por un desastre natural”.

86