A lo largo de casi cuatro horas, la abogada defensora de Leonardo Airaldi, Mariana Barbitta, alegó para concluir en el pedido de absolución del productor agropecuario de Diamante acusado de organizador y financiador del narcotráfico, o al menos una pena más leve que los 14 años solicitados por la Fiscalía. La letrada repartió críticas para todos los actores judiciales a lo largo de todo el proceso de las causas investigadas en Paraná y en Santa Fe, que se acumularon en este extenso juicio; cuestionó que la acusación se centró en Airaldi a partir de “dichos periodísticos” y luego buscó rebatir las pruebas que más lo comprometieron en el juicio, tanto testimonios como audios.
Cabe recordar que el Ministerio Público Fiscal, a cargo del fiscal general José Ignacio Candioti y el fiscal adjunto Juan Podhainy, y la PROCUNAR representada por Martín Uriona, habían pedido 14 años de prisión para el imputado.
En primer lugar, Barbitta insistió en un punto que fue recurrente a lo largo de todo el debate, referido a la situación de Airaldi como preso de “alto perfil” bajo un estricto régimen en el penal federal de Ezeiza: “Hemos llegado a esta etapa final luego de un juicio en un caso complejo, sensible y en un contexto muy diferente al inicial. Usted En diciembre del 2025, cuando yo asumí la defensa de Leonardo, él estaba en prisión preventiva en la Unidad 9 de Gualeguaychú. Allí estaba cerca de su familia y allegados, con posibilidades de recibir visitas, alimentos y medicamentos, y atendido periódicamente en el hospital San Lucas. Gracias a este tribunal en aquel momento, ordenó y autorizó una reunión semanal por Zoom con la defensa durante tres horas hasta que terminara el debate. Usted fue muy clara cuando ordenó esto, y también una reunión por Zoom con sus niños una vez por semana. Hoy, al final del juicio, esta situación de Leonardo Airaldi no se cumple y es absolutamente diferente”.
En este sentido, precisó: “Se encuentra clasificado como un preso de riesgo, sobre la base de un protocolo del Poder Ejecutivo que ni siquiera ha pasado por el Congreso de la Nación. No hay una sola ley que indique cuál es el protocolo del SIGPPLAR (Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo). Es solamente una resolución ministerial. Se encuentra recluido y aislado 20 horas al día en la cárcel de Ezeiza. Se encuentra lejos de Entre Ríos, lejos de sus hijos y lejos de su familia. Está imposibilitado de recibir encomiendas y visitas, salvo en el día de ayer, que por primera vez el Servicio Penitenciario, después de más de cuatro meses, pudo autorizar el ingreso de la señora Mirta Balbi”, su madre. Dijo que también fue con Jimena, la pareja, pero a ella no le permitieron el ingreso.
“Pese a la insistencia de esta defensa y la actuación de este Tribunal, Leonardo ha transitado el juicio sin visita familiar, sin atención médica y sin reuniones con su defensa. La realidad es que más allá de que me acerque a Ezeiza y todas las herramientas que supliqué al SPF para resolver la defensa eficaz, ha sido todo infructífero. El diálogo mediante un blindex genera una defensa incompleta”, agregó.
Imputación en Paraná y principio de legalidad
La defensora realizó una “línea de tiempo” del proceso judicial, marcando los “déficits” del mismo, partiendo de fines de 2018, cuando Prefectura Naval Argentina “a raíz de denuncias anónimas” de vecinos o desconocidos sobre movimientos relativos al narcotráfico en el río Paraná y las islas de la zona de Diamante.
“En estas primeras actuaciones no se hablaba de Leonardo Airaldi. Tampoco se mencionaban las maniobras detalladas por el Ministerio Público Fiscal. Únicamente se llega a Airaldi por noticias periodísticas, y un claro sesgo investigativo”, afirmó la defensora.
“En el 2024 aparece la indagatoria. Tres días después de la detención de Airaldi, le imputan, en términos muy genéricos, vagos e imprecisos, sin tener claridad, porque se describen de manera casi ininterrumpida enormes conductas que no hacen a una descripción concreta y clara respecto de quien yo defiendo. Se hablaba de la posibilidad de comercialización de manera conjunta y organizada, entre sí y con otras personas cuya entidad y rol aún no se ha podido establecer, estupefacientes, marihuana y cocaína en diversas cantidades, garantizando el flujo comercial constante, asumiendo y ejerciendo diversas funciones de provisión, organización, distribución y logística de transporte terrestre. Toda esta descripción, claramente, ya en aquel momento comenzaba a visualizar un déficit enorme en relación al principio de legalidad. Esta exigencia de una relación clara, precisa y circunstanciada, que relacione una especie de triángulo entre la descripción del hecho, los elementos de evidencia y la calificación legal, fracasa cuando advertimos estas descripciones tan vagas”, afirmó Barbitta.
“Estas conductas, descriptas de manera imprecisa, pueden ser atribuidas a cualquier persona. Cortaron y pegaron esa descripción de la indagatoria, que podía ser factible para todos y todas los que estaban detenidos en ese momento en Diamante”, agregó.
Línea de tiempo de las causas
“En esta indagatoria no se habló de avionetas, punto importantísimo a los fines de este listado vinculado a la línea de tiempo. No se habló de una pista clandestina, no se habló de descargar estupefacientes por vía aérea, no se habló de Diego Torres y tampoco se habló de lanchas”, cuestionó la abogada, y agregó: “La maniobra y la descripción fáctica que escuchamos en el alegato fiscal no se vio reflejada de ninguna manera al momento de la indagatoria de Leonardo Airaldi. Aquí ya hubo cambios en la hipótesis fiscal, y esto afecta al principio de congruencia”.
“Entre 2020 y 2022 siguió la investigación. En 2022 se detuvo a Airaldi en Rosario, el 22 de julio, en un aparente control vehicular, Gendarmería detuvo a Airaldi junto a tres personas y les secuestraron los celulares. Acá empezamos a mezclar causas. Así sucede la causa de Rosario por armas que terminó en un juicio abreviado (en la justicia provincial). En la causa federal se dispuso la apertura de los teléfonos y la extracción de la información. Estuvo preso también por la causa provincial hasta el 19 de septiembre de 2022. También en 2022, estando preso Airaldi, aparece el allanamiento del domicilio de Diego Torres en Gaboto, a raíz de una denuncia de amenazas. Allí se encontraron 29 kilos de cocaína y se abrió la nueva causa. Torres era el puestero de Airaldi, durante pocos meses. No se ordenó la detención de Torres ni se hizo la conexión con Airaldi”.
“En el 2023 en la Justicia Federal de Rosario aparece la extracción de los teléfonos y el 21 de marzo de 2023 se remiten las actuaciones al Juzgado de Santa Fe. Hasta ahí, Airaldi no había sido indagado ni en la Justicia Federal de Paraná ni en la de Santa Fe”.
“En 2024 vienen los allanamientos simultáneos, el 8 de marzo, fue un caos en la ciudad de Diamante, fue muy grave para la población, los testigos contaron la situación de incomodidad, las personas allegadas de los imputados, se allanaron domicilios de madres, de hermanas, fue un caos. Y se produce la detención de Airaldi”.
Sobre los hechos descriptos en la indagatoria, Barbitta cuestionó: “Un déficit enorme en relación al principio de legalidad: el triángulo entre la descripción del hecho, las evidencias y la calificación legal. Fracasa cuando advertimos esta descripción tan vaga que puede ser atribuida a cualquier persona. Se cortó la misma imputación para todos y todas, inclusive a la luz de la modificación, eran cortadas y pegadas. Es fundamental saber de qué estamos defendiéndonos. Esta indagatoria, además, no se habló de avionetas, no se habló de una pista clandestina, de descargar estupefacientes por vía aérea, no se habló de Diego Torres y tampoco se habló de lanchas. La maniobra no se vio reflejada en la indagatoria de Airaldi”.
Más adelante, se refirió a la causa de Santa Fe: “Un hallazgo en el 2022 donde no había vinculación con Airaldi aparece en 2024 en la causa de Santa Fe: efectivamente el 18 de julio, en la causa de Santa Fe se llama a indagatoria a Airaldi y a Torres. Ya en ese momento se declaró la rebeldía de Torres, más allá de que testigos y la policía lo veían en el pueblo. Airaldi declaró y allí se lo imputó junto a Torres la disposición de casi 30 kilos de cocaína en la vivienda de Puerto Gaboto. No se le imputó dar órdenes a Torres, ni financiar una banda narco criminal, ni cómo se conectaba Airaldi con aquella droga, ni de avionetas, ni pistas, ni lanchas, ni de ninguna de las personas que se encuentran acusada en este juicio”.
Luego, la letrada cuestionó la acumulación de ambas causas, a raíz de la incompetencia decretada por el Tribunal Oral Federal de Santa Fe, aceptada por el TOF de Paraná, pese a la posición contraria en ambas provincias en distintos estamentos judiciales: “Lo que en principio aparentó ser una acumulación meramente procesal, terminó siendo una modificación de la plataforma fáctica. Se violó el principio de congruencia. Esta modificación posterior a los plazos previstos para ofrecer prueba, impide el derecho de defensa. Al no saber de la unificación se privó de ofrecer prueba en ese marco. Por ejemplo, para demostrar que jamás estuvo en Gaboto, que no tenía relación con torre, una pericia química sobre los estupefacientes. Pero esto no pudo ser posible”, afirmó Barbitta.
“Sesgo investigativo” y “visión de túnel”
Sobre estos aspectos que, según la defensa, centraron la investigación sobre Airaldi, Barbitta dijo:
-“¿Por qué se decide investigar a Airaldi? Se inician las sospechas en base a medios periodísticos y a su perfil público y político. Agradezco al derecho de la libertad de expresión, pero el poder judicial se basó en estos recortes. Se lo comenzó a investigar teniendo ya en claro preconceptos de Airaldi, basados en dichos periodísticos que tampoco conocemos la fuente de información, todo lo contrario. Estas noticias que llegaron a las fuerzas a centrarse en Airaldi, lo relacionaban en su calidad de presidente de la Sociedad Rural de Diamante, un organismo legítimo, con alta calidad institucional, con la familia Etchevehere, con Tavi Celis y con hechos delictivos con los cuales Leonardo jamás fue imputado. Como el carrito de la fiesta de disfraces. Sin embargo, a las fuerzas no les importó saber de dónde provenía la información. Tampoco le importó que los dichos de los medios hayan sido corroborados”.
-“La búsqueda en medios periodísticos puede arrojar luz, pero el problema es que las fuerzas consultaron a los medios, luego leyeron sobre Airaldi como ‘gaucho narco’, y luego comenzaron a investigarlo con esa imagen, para corroborar que Leonardo era el gaucho narco. Si Airaldi era un NN las fuerzas hubiesen investigado en forma objetiva”.
-“La acusación lo ubica como financiador por tener medios suficientes. Obviamente pareciera que en los sesgos de investigación se apunta a una persona que en general en la Justicia no encontramos, que tienen dinero, medios económicos, siempre al sector vulnerable”.
-“¿Quien es Leonardo Airaldi? Creció en una familia de trayectoria agropecuaria que le inculcó el trabajo en el campo desde muy pequeño. A raíz de la muerte del padre, continúa la actividad agropecuaria, dedicado a la ganadería, vendía carnes a varios frigoríficos como Swift en Rosario y Alberdi en Oro Verde. La familia fue reconocida por su compromiso con la sociedad en general y con la Sociedad Rural en particular. Fue director de la SR, estuvo en la discusión de la 125, fue alguien muy conocido en la zona, representante a nivel provincial y nacional por su compromiso en el rubro, donando inclusive infinidad de bienes para mejorar las prestaciones de servicio. Estos cargos exponen una relación con cargos políticos. Ha tenido reuniones con muchos sectores de la política argentina”.
En este sentido, la abogada ingresó en uno de los tramos más críticos hacia los actores judiciales y afirmó: “Airaldi fue tratado como culpable desde el primer minuto y estos sesgos se han trasladado también al Tribunal”. Y agregó: “Pese al respeto y admiración que le tengo, advertí primero un hostigamiento hacia Airladi y hacia mi persona en varias oportunidades, le dije en una audiencia hasta casi llorando que no sé por qué me maltratan. También hubo este trato hacia Leonardo, pero también una conducta a mi criterio es un accionar casi inquisitivo, realizando preguntas más la presidenta del Tribunal que las partes. Usted asumía el rol de preguntar, alejándose del modelo adversarial que todavía no tenemos. Esto deja en evidencia que incluso las preguntas de Presidencia fueron herramientas para intentar probar la acusación. Hubo preguntas que se hicieron y usted hasta casi induciendo la respuesta al testigo. Sé que esto tal vez cae mal, pero la realidad es que yo lo necesito decir”.
“Además -agregó-, el señor vocal Escobar Cello, que no ha hablado, tuvo una intervención en el TOF de Santa Fe al momento de dictar la incompetencia, es decir, estaba contaminado el vocal de este juicio. Ni siquiera dijo yo no sé si debo estar en este juicio. Nos parece que esta intervención y contacto con estos dos expedientes es una contaminación. Es más, votó a favor de que ambas causas se acumularan”.
Sobre las pruebas y testimonios
La abogada rebate los pilares de la acusación fiscal mediante los siguientes puntos:
-La pista de aterrizaje: Barbitta afirmó que informes del Estado Mayor Conjunto que determinaron que el terreno de la estancia de Airaldi no era apto para el aterrizaje de aeronaves. Además, destaca que ninguno de los 39 testigos vio descender avionetas en su propiedad.
-Las lanchas: aclaró que el uso de lanchas era para el traslado lícito de ganado, una práctica habitual en la zona de islas, y no para la distribución de droga.
-Allanamientos: subrayó que en las 21 propiedades requisadas no se encontró acopio de droga, sino solo pequeñas dosis compatibles con el consumo personal.
Puerto Gaboto: desvinculó a Airaldi de los 30 kilos de cocaína hallados en el domicilio de Diego Torres en Santa Fe, señalando que la Fiscalía forzó una acumulación de causas para compensar la falta de pruebas en Entre Ríos.
La prueba y la Estancia El Mirador
Gran parte de las pruebas más contundentes que se observaron en el juicio fueron audios de escuchas telefónicas, otros que se encontraron en los celulares secuestrados así como imágenes muy elocuentes (como la foto de un ladrillo de cocaína) que también estaban en uno de los teléfonos de Airaldi. Para rebatirlas, la defensora cuestionó duramente las extracciones de información de esos dispositivos, alegando que se rompió la cadena de custodia y no se utilizaron códigos HASH. Al no haber copias de seguridad originales y haber sido manipulada la información entre distintas dependencias, la defensa consideró que esta prueba carece de fiabilidad.
La defensa presentó a Airaldi como un productor agropecuario legítimo cuya actividad económica es lícita y conocida en la zona. Asimismo, resaltó que en el periodo investigado padecía un grave problema de adicción a la cocaína, lo que explicaría las conversaciones sobre estupefacientes y los hallazgos mínimos en los allanamientos, orientándolos al consumo y no al tráfico.
Por otra parte, Barbitta respondió un aspecto sensible del alegato de la Fiscalía que, además de pedir la condena de 14 años de prisión para Airaldi, solicitó el decomiso de la Estancia El Mirador de Las Cuevas por haber sido el medio utilizado para el delito, donde aterrizaban las avionetas. Al respecto, la defensora manifestó que “no se ha probado que el inmueble haya sido utilizado para la comisión del delito”. Por un lado, porque la Fiscalía “no logró conectar la estancia con la comisión de un ilícito contra la Ley 23. 737. Basó su alegato sobre meros indicios. No arribó al grado de certeza que se requiere para esta etapa, y menos aún en lo que respecta a la estancia El Mirador”.
Por último, Barbitta pidió la absolución de Airaldi por beneficio de la duda, mientras que subsidiariamente solicitó una condena por una pena más leve, sin el agravante de organizador del delito de narcotráfico. También pidió la inconstitucionalidad de la norma que impide el acceso a la libertad condicional para los delitos de drogas, así como el rechazo al pedido de la acusación del decomiso de la estancia.
Fuente: Análisis






