El régimen de Nicolás Maduro detuvo a un gendarme argentino en Venezuela

El suboficial Agustín Nahuel Gallo había viajado para visitar a su pareja y su hijo. Lo acusan de realizar tareas de espionaje, pero el Gobierno niega esta posibilidad. “Exigimos su inmediata liberación”, reclamó Patricia Bullrich

Un gendarme argentino fue detenido en Venezuela luego de que viajara a ese país para visitar a su pareja y su hijo, quienes tienen nacionalidad venezolana. Según confirmaron a Infobae, lo acusan de ejercer tareas de espionaje. “Es una locura”, respondieron automáticamente desde el gobierno de Javier Milei, desterrando de plano esta posibilidad.

El gendarme, identificado como Agustín Nahuel Gallo y oriundo de la provincia argentina de Catamarca, había sido designado a una misión en Colombia y decidió viajar al país que está bajo el régimen de Nicolás Maduro para visitar a su familia. El hecho habría sido informado el pasado martes por lo que las autoridades argentinas trabajan para resolver el caso.

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El gendarme detenido en Venezuela

“La Argentina no tolerará actos de esta naturaleza contra sus ciudadanos”, reclamaron en un comunicado difundido por la Cancillería Argentina y el Ministerio de Seguridad. Según explicaron, Agustín Nahuel Gallo ingresó el pasado 8 de diciembre “al territorio de la República Bolivariana de Venezuela desde Colombia, a través de un paso fronterizo terrestre, cruzando el Puente Internacional Francisco de Paula Santander, para dirigirse a la localidad venezolana de Táchira, con el único propósito de visitar a su familia y a su pareja, con quien comparte un hijo en común”.

Desde el Foro Argentino por la Defensa de la Democracia (FADD) emitieron un comunicado en el que denunciaron la detención del gendarme argentino y agregaron: “A una semana de su secuestro, no se tiene información oficial sobre su paradero ni sobre su estado, lo que constituye una grave violación a los derechos humanos y a las normas internacionales”.

“Este acto se suma a las tácticas de terrorismo de Estado del régimen venezolano, que utiliza el secuestro y la intimidación como herramientas para presionar a Gobiernos democráticos y perpetuar su dictadura. Exigimos la inmediata liberación de Nahuel Agustín Gallo y reiteramos nuestro compromiso de luchar por la democracia, los derechos humanos y la justicia en nuestra región. No más atropellos. No más dictaduras en América Latina”, concluyeron.

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Patricia Bullrich exigió la liberación del gendarme

Desde Gendarmería Nacional Argentina informaron que “Gallo se encontraba en Venezuela con licencia anual ordinaria, autorizada por la GNA, lo que sugiere que su presencia en el país no tenía relación directa con operaciones oficiales”.

La ruptura de relaciones diplomáticas entre Venezuela y Argentina se profundizó con las acusaciones de fraude electoral en las últimas presidenciales. Desde agosto, la Embajada de Argentina en Venezuela permanece bajo la protección de Brasil, después de la expulsión de los diplomáticos argentinos. Además, allí residen seis dirigentes del equipo de la líder opositora Corina Machado que están recibiendo asilo porque pesa sobre ellos una polémica orden de detención. Las personas que están refugiadas son Pedro Urruchurtu Noselli, Humberto Villalobos, Claudia Macero, Omar González, Fernando Martínez y Mottola y Magalí Meda.

Ayer, Argentina, Estados Unidos, Chile y otros diez países presentaron en la OEA una declaración conjunta para exigir “la concesión inmediata” de los salvoconductos para los seis opositores asilados en la residencia de la Embajada de Argentina en Caracas con el objetivo de que puedan salir del país sin ser detenidos.

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La declaración, que fue presentada por el representante de Paraguay ante la OEA, Raúl Florentín, contó con el apoyo de las delegaciones de Argentina, Canadá, Chile, Costa Rica, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Haití, Panamá, Perú, República Dominicana, Surinam y Uruguay.

Florentín expuso el texto de la resolución después de la comparecencia del ministro de Relaciones Exteriores argentino, Gerardo Werthein, en una sesión extraordinaria del Consejo Permanente de la OEA, quien pidió a la organización que llevara a cabo una actuación “con firmeza y determinación”.

“Los países antes mencionados declaran su voluntad de exigir al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela”, dijo leyendo el comunicado, “que proceda de forma inmediata a conceder los salvoconductos necesarios que permitan la salida segura, digna y sin restricciones de los seis ciudadanos venezolanos que gozan de asilo diplomático hacia un territorio seguro”.

Asimismo, reafirmaron su compromiso con “la garantía de la inviolabilidad de las misiones diplomáticas” y el “derecho de asilo diplomático establecido en tratados interamericanos y a la protección internacional que éste confiere”.

El pasado 4 de diciembre, Estados Unidos exigió a Maduro que entregue salvoconductos a los seis antichavistas asilados, una petición que también hizo la mayor coalición opositora, Plataforma Unitaria Democrática, en reiteradas ocasiones sin todavía conocerse la respuesta del Gobierno.

Los salvoconductos están contemplados en la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 -constantemente citada por Argentina para solicitar estos permisos-, firmada y ratificada por el país austral y Venezuela.

Tragedia en Brasil. Quién es el empresario turístico argentino baleado gravemente en Río de Janeiro

Gastón Burlón está internado en estado reservado; es presidente de la Cámara Argentina de Turismo Estudiantil; es la pareja de la actual secretaria de Turismo de Salta

El turista argentino que esta mañana recibió dos balazos mientras paseaba con su familia por la zona norte de Río de Janeiro es Gastón Burlón, de 51 años, exsecretario de Turismo de Bariloche y actual presidente de la Cámara Argentina de Turismo Estudiantil (CATE).

Antes de ser funcionario municipal durante las intendencias de Gustavo Gennuso (2015-2023), Burlón fue propietario de una agencia de viajes. En octubre de 2017, asumió en la Secretaría de Turismo de Bariloche luego de que Marcos Barberis pasara a la Jefatura de Gabinete. Hasta ese momento, Burlón era presidente de la Asociación Argentina de Viajes y Turismo de Bariloche (Aavytuba) y era titular del club Estudiantes Unidos de esta ciudad.

En diciembre de 2023, Burlón pasó a presidir la CATE, entidad que nuclea a agencias y proveedores que mueven más del 85% del segmento de turismo estudiantil no solo en Bariloche, sino también en Villa Carlos Paz y en destinos en el exterior como Brasil y Disneyworld, en Estados Unidos.

Hace unos días, el exsecretario de Turismo de Bariloche viajó con su pareja, la actual secretaria de Turismo de Salta, Nadia Loza, y sus dos hijos a Río de Janeiro. En un episodio que aún resta ser esclarecido, esta mañana recibió dos disparos, uno en el tórax y otro en la cabeza. Según lo informado por el diario O Globo, Burlón iba en un Volkswagen Taos, modelo 2023, cuando fue alcanzado por disparos: “Al menos dos lo alcanzaron, en el pecho y en la cabeza. Un equipo de la policía fue llamado para rescatarlo y llevarlo al Hospital Municipal Souza Aguiar”. El argentino fue intervenido quirúrgicamente y su estado de salud es muy grave.

Al parecer, los turistas argentinos estaban yendo hacia el Cristo Redentor, en la zona sur de Río de Janeiro, cuando, por error, ingresaron a un camino que conduce al Morro dos Prazeres, comunidad ubicada en Santa Tereza y dominada por el Comando Vermelho, el grupo criminal más antiguo de Brasil. El GPS lo habría hecho ingresar a la comunidad Escondidinho aparentemente por un cruce entre la Rua Santa Alexandrina y Cândido de Oliveira. El caso es investigado por la Delegación Especial de Apoyo al Turismo (Deat).

De acuerdo con el informe policial, “efectivos de la Policía Militar del 4º Batallón (São Cristóvão) fueron llamados para controlar el ingreso de un hombre víctima de disparos de arma de fuego en el Hospital Municipal de Souza Aguiar, en el centro de Río de Janeiro”. La información preliminar recabada por los policías que estuvieron en el lugar de la tragedia indica que el herido fue sorprendido por disparos de delincuentes armados cuando ingresaba por error al barrio Río Comprido.

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El exfuncionario barilochense fue herido de gravedad en la zona del Morro Dos Prazeres

El lugar donde fue baleado Burlón se ubica a 7 kilómetros del Cristo Redentor y a 10 kilómetros de la playa de Copacabana. El Quilombo do Escondidinho comenzó a ser ocupado en 1946, cuando los primeros pobladores talaron el denso bosque cercano a la rua Barão de Petrópolis hasta que quedó completamente devastado. El nombre Morro do Escondidinho hace referencia al antiguo quilombo (grupo) de esclavos prófugos.

Asunción y Punta del Este: Paraísos fiscales en la mira de la corrupción regional

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En un nuevo episodio que refleja las complicidades estructurales del lavado de dinero en América Latina, los casos de Asunción (Paraguay) y Punta del Este (Uruguay) vuelven a estar en el ojo de la tormenta por funcionar como centros clave para el movimiento de capitales de origen sospechoso. Estos dos destinos, considerados “paraísos fiscales”, se han convertido en el refugio ideal para el capital de la corrupción política que sacude constantemente a Argentina.

El caso más reciente es emblemático: el senador argentino Edgardo Kueider fue detenido el pasado 10 de diciembre con un bolso que contenía 200.000 dólares, una cifra que deja entrever las prácticas sistemáticas de evasión, fuga de capitales y lavado que atraviesan las estructuras financieras de la región. Este episodio, que terminó con la expulsión de Kueider del Senado el día de hoy, pone en evidencia no solo la vulnerabilidad de los sistemas políticos de la región, sino también el uso indiscriminado de estos espacios financieros para proteger el producto de la corrupción.

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Asunción y el vínculo con el capital clandestino

La capital paraguaya es una de las ciudades más accesibles para el lavado de activos debido a su régimen financiero poco regulado y sus políticas fiscales laxas. Su ubicación estratégica y su sistema de incentivos tributarios han hecho de Asunción un destino recurrente para aquellos que buscan esconder o trasladar sus fortunas sin ser detectados. En este contexto, se convierte en una vía directa para el capital proveniente de esquemas de corrupción en el vecino país, con actores políticos como intermediarios directos.

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Uruguay destino cercano de casos de evasión, con cuantiosas inversiones de muchos políticos durante décadas .

Punta del Este, por su parte, es otro de los actores principales en este esquema de protección de activos. El balneario uruguayo, conocido por su prestigio internacional y sus lujosos servicios, es una zona ideal para el blanqueo de capitales, especialmente por la falta de controles estrictos que limiten el movimiento de grandes sumas de dinero. Estos dos destinos comparten el denominador común de ofrecer discreción, incentivos fiscales y un sistema financiero vulnerable que facilita el tránsito de recursos de origen sospechoso.

Corrupción y el desafío de una justicia regional efectiva

La detención de Kueider refleja el uso sistemático de estos mecanismos financieros, pero también pone sobre la mesa una pregunta urgente: ¿cómo evitar que estos paraísos fiscales sigan siendo utilizados como canales para el lavado de activos y la fuga de capitales vinculados a la corrupción política? A pesar de los esfuerzos de cooperación internacional, la falta de regulaciones más estrictas y el vacío legal permiten que estos destinos sigan siendo utilizados para proteger capitales y evitar el escrutinio público.

La expulsión de Kueider del Senado es solo una medida simbólica si no se profundizan los mecanismos para desarticular estas redes y exigir una mayor transparencia en los movimientos financieros transnacionales. Los paraísos fiscales no solo facilitan la evasión de impuestos, sino que también perpetúan las prácticas corruptas que debilitan las democracias en la región.

Un llamado a la acción

El caso de Kueider es una advertencia para toda la clase política y para los organismos internacionales que, desde hace años, luchan contra la corrupción sin lograr resultados definitivos. Para combatir estos esquemas, es urgente avanzar en la creación de regulaciones más estrictas, en la cooperación internacional efectiva para rastrear flujos financieros y, sobre todo, en una voluntad política decidida para erradicar estas prácticas.

Asunción y Punta del Este, más allá de sus paisajes idílicos y sus ventajas fiscales, siguen siendo símbolos de una problemática estructural: el uso de los paraísos fiscales como vehículos para proteger el dinero sucio. En el caso de Argentina, con episodios como el de Kueider, estos símbolos vuelven a recordarnos que la lucha contra la corrupción no puede ser solo retórica, sino una acción coordinada, transparente y sin impunidad.

Es hora de que la región y sus instituciones asuman este desafío con acciones concretas que permitan devolver la confianza a los ciudadanos y cerrar las puertas a estas prácticas que erosionan la gobernabilidad y la justicia.

Un sistema financiero vulnerable y cómplice

Lo que revela este caso no es solo un acto aislado de corrupción, sino la punta del iceberg de un sistema financiero regional vulnerable y, en muchos casos, cómplice de estas prácticas. Los paraísos fiscales, como Asunción y Punta del Este, operan como centros de convergencia para el capital ilícito porque permiten el anonimato, el fácil acceso y la ausencia de regulaciones estrictas. Estos espacios no solo atraen el dinero de quienes buscan evadir obligaciones fiscales, sino también aquellos recursos provenientes de redes de corrupción que se alimentan de contratos públicos, desvíos presupuestarios y mal uso de fondos estatales.

Por otra parte, el caso de Kueider subraya también el rol de las élites políticas en el mantenimiento de estos esquemas. La corrupción no es un fenómeno exclusivamente económico, sino también político, ya que los actores públicos y privados se entrelazan en complejas redes que convierten el acceso al poder en una herramienta para proteger sus intereses particulares a través del lavado de dinero. El hecho de que un senador sea capturado en el contexto de este esquema no es casual; refleja la falta de mecanismos institucionales sólidos que permitan frenar estos actos desde la raíz. Esto exige no solo una revisión de las políticas fiscales y financieras, sino también una reconstrucción ética en la gestión pública.

El camino hacia una solución

Las instituciones internacionales, los gobiernos regionales y las organizaciones de la sociedad civil tienen ante sí una tarea urgente: implementar estrategias efectivas para desmantelar estos circuitos financieros clandestinos. El fortalecimiento de acuerdos entre países para mejorar la transparencia en las transferencias de capital, la creación de mecanismos de control más rigurosos y la coordinación entre organismos fiscales son medidas necesarias para evitar que estos paraísos fiscales continúen siendo zonas de impunidad.

Sin un compromiso claro y sostenido para acabar con estos flujos, casos como el de Kueider seguirán repitiéndose, erosionando la confianza ciudadana en las democracias latinoamericanas y consolidando la impunidad como norma. Por ello, el desafío es doble: no solo sancionar a quienes se ven directamente implicados en estos esquemas, sino también garantizar que los mecanismos estructurales permitan un control efectivo sobre los sistemas financieros y políticos. La región debe elegir entre el estancamiento de la corrupción y la construcción de un futuro con instituciones más transparentes, justas y comprometidas con el bienestar de sus ciudadanos.

El caso es una llamada de atención: los paraísos fiscales y sus cómplices no son invencibles si la voluntad política y la cooperación internacional se alinean para enfrentar las causas estructurales de la corrupción. El tiempo para actuar es ahora.

Por Alejandro Monzón
Análisis Litoral

Embajador de EEUU para Venezuela: Maduro sabe que el #10Ene es su fecha límite

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El embajador de Estados Unidos (EEUU) para Venezuela, Francisco Palmieri, consideró el miércoles 11 de diciembre que el mandatario Nicolás Maduro está «desesperado» porque sabe que su «fecha límite» en el poder es el 10 de enero, haciendo alusión a que ese día hay previsiones de una eventual toma de posesión por parte de Edmundo González Urrutia, a quien Washington reconoce como presidente electo del país.

En entrevista concedida a El Pitazo, Palmieri señaló que Maduro «se sigue resistiendo» a que perdió las elecciones y que, gracias a haberlo «arriesgado todo», la oposición llegó a un punto de presión. A su juicio, la única manera que tiene el oficialismo para avanzar es reconocer su derrota y la fecha de la toma de posesión como un hito a fin de iniciar una transición democrática en Venezuela.

Para EEUU, el hecho de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no haya publicado la data desagregada que respalde la proclamación del mandatario como vencedor del proceso, deja sin legitimidad a Maduro después del 10 de enero.

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Explicó que el presidente electo estadounidense, Donald Trump, y el saliente, Joe Biden, están en una etapa transitoria y hay que esperar por la postura que fije la Oficina de Transición hasta que el republicano sea juramentado el 20 de enero. Sin embargo, recordó que Trump ha hecho varias declaraciones sobre el país y sus intenciones.

Palmieri recalcó que se hace necesario comenzar un diálogo con la oposición -dentro de la Plataforma Unitaria-, así como con González Urrutia y la coordinadora de Vente Venezuela, María Corina Machado. Además, advirtió que la crisis económica y política en el país puede profundizarse después del día 10 de enero.

«Por eso las declaraciones de Nicolás Maduro reflejan desesperación, tiene que llegar a esa fecha con un diálogo ante la oposición democrática en Venezuela», destacó el embajador de EEUU para Venezuela.

Manifestó desconocer si González Urrutia está invitado a la toma de posesión de Donald Trump. Sin embargo, dejó claro en que debe trabajarse de la mano con él para crear «el ambiente necesario» en el país, empezando con el reconocimiento de Maduro que perdió las elecciones y que, de continuar en el poder, se registrará una ruptura constitucional.

La jueza Arroyo Salgado pidió el desafuero y la detención del senador Edgardo Kueider en la previa de la sesión en el Senado

Es el marco de la causa por enriquecimiento ilícito que tramita en la Justicia Federal. Le envió un oficio esta mañana a Victoria Villarruel para el que cuerpo trate el pedido. La magistrada pidió también la detención, previa extradición, de la secretaria, Iara Guinsel Costa. Ambos están con prisión domiciliaria en Paraguay

La jueza federal Sandra Arroyo Salgado pidió esta mañana el desafuero del senador Edgardo Kueider en un oficio enviado por mail a la presidenta de la Cámara alta, Victoria Villarruel, con el objeto de “proceder a su detención por los canales diplomáticos correspondientes”. Lo hizo en el marco en el marco de la causa contra el legislador por enriquecimiento ilícito que tramita en la Justicia Federal de San Isidro. Más temprano, le había adelantado la medida por celular a la vicepresidenta.

La magistrada no puede pedir su extradición directamente porque Kueider tiene fueros como senador nacional, por lo que la solicitud deberá ser tratada por el pleno del cuerpo y requiere los dos tercios de los votos para ponerlo a disposición del juez competente. El Senado tendrá hoy una sesión especial en la que la Cámara alta tiene que resolver si lo expulsa, como reclama el kirchnerismo, o si lo suspende en sus funciones como promueve el ofiailismo y aliados, hasta que haya una definición en la causa judicial que afronta en Paraguay por tratar de ingresar con USD 211.000 y $600.000 en efectivo sin declarar, desde Brasil ,en un camioneta la madrugada del 4 de diciembre.

Al pedido de desafuero debe asignársele un número de expediente para que tenga un trámite formal, lo que está a cargo de la Secretaría Parlamentaria. Según pudo saber que se estaba concretando en el transcurso de esta mañana. Luego debe ser girado inmediatamente a la Comisión de Asuntos Constitucionales que tendrá 60 días para emitir dictamen. Pese a estar en período de sesiones extraordinarias, esa Comisión se puede reunir por tratarse de un tema disciplinario. Paradójicamente, el presidente de Asuntos Constitucionales es el propio Kueider. Para poder tratarlo directamente sobre tablas en el recinto, sin dictamen de Comisión, se necesitan dos tercios de los votos. El cuerpo tiene 180 días para tratarlo.

En el marco de esta misma causa por enriquecimiento contra Kueider, Arroyo Salgado pidió, además, la detención de Iara Guinsel Costa, la secretaria que lo acompañaba cuando fue detenido en Paraguay, para lo que pedirá su extradición por la vías diplomáticas correspondientes.

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Iara Guinsel Costa y Edgardo Kueider en la puerta del departamento donde cumplen prisión domiciliaria

La joven – de 34 años y con quien Kuieder mantendría una relación afectiva – es oriunda de Concordia, al igual que el senador. Fue nombrada en su despacho en el Senado en febrero, y en junio, transferida al bloque de Unidad Federal que integra el legislador entrerriano. Fue dada de baja en agosto, luego de que empezaran a conocerse las investigaciones en contra de Kueider por presunto enriquecimiento ilícito, y en la que ella está sospechada de actuar como una posible testaferro.

Ante los fiscales paraguayos, la joven dijo que el dinero se lo había dado una misteriosa empresa paraguaya – Golsur SA – en Ciudas del Este. Primero habría dicho que fue para comprar productos “cosméticos”, “perfumes” y “electrónicos”, y luego para hacer “inversiones” en ese país, sin mayores especificaciones.

Ambos están con prisión domiciliaria detenidos en un departamento de lujo en Asunción, mientras la Justicia paraguaya avanza en la investigación en la que están imputados por presunto contrabando, por el intento de ingresar una cantidad de divisas muy por encima de lo permitido por la ley sin declarar, monto fijado USD 10.000. Están alojados en el edificio Tierra Alta, en Villa Morra, un barrio donde proliferan los desarrollos inmobiliarios, en muchos casos de argentinos que buscan llevar su dinero a Paraguay. A pedido de los fiscales de Ciudad del Este, el juez Humberto Otazú determinó que deberán permanecer como mínimo hasta el 5 de abril, el plazo dado al Ministerio Público Fiscal paraguayo para concluir la investigación.

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El lujoso complejo de departamentos donde Kueider está con prisión domiciliara en Asunción, junto con su secretaria

La Constitución Nacional le impide a la Justicia detener a los legisladores nacionales, allanar sus domicilios o lugares de trabajo, o interceptar sus comunicaciones. Esta inmunidad está garantizada por el artículo 68 que dice que “ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador”; y el 69 que establece que “ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva; de lo que se dará cuenta a la Cámara respectiva con la información sumaria del hecho”.

Para que Kueider pueda ser indagado y/o detenido, la Cámara respectiva deberá votar su desafuero previamente con dos tercios de los votos, para concretar la suspensión en sus funciones. No se trata de una expulsión, ya que si la Justicia no lo hallara culpable, podría hipotéticamente reintegrase al cuerpo. Hoy no está claro si el Senado reuniría los votos exigidos, ya que tanto el kirchnerismo – que tiene una mayoría de 33 – como el oficialismo y aliados están enfrentados respecto de qué hacer con el senador pescado in fraganti en Paraguay.

La detención fue dispuesta por la magistrada luego de que tras los allanamientos dispuestos en abril en el marco de la causa de Securitas que lleva adelante la magistrada, detectó que el senador realizó varios viajes a Paraguay, y cambió la titularidad de las expensas del edificio donde tiene tres departamentos y dos cocheras en Paraná. En ese expediente, Arroyo Salgado investiga el pago de coimas de esta empresa de seguridad privada a organismos públicos nacionales y provinciales, entre los cuales se encontraba la empresa estatal de energía de Entre Ríos ENERSA, cuando el senador Kueider la tenía bajo su órbita como Secretario General de la Gobernación de Entre Ríos, bajo el mandato del peronista Gustavo Bordet. Esas decisiones tomadas por Kueider a partir de mayo fueron interpretadas por la Justicia Federal como “evasivas” para ocultar pruebas y dieron pie al pedido de detención.

En ese edificio, según reveló la revista Análisis de Paraná el 6 de junio pasado, Betail SA figuraba hasta mayo de este año como titular de las expensas de cinco unidades, según reveló la revista Análisis el 6 de junio pasado. Se trata de dos departamentos – el 6 “D” y 6 “E” – con un valor de aproximadamente USD 150.000 cada uno; dos cocheras; y un semipiso en el 13 “A” de tres dormitorios, con un valor de mercado de USD 350.000. En total, en mayo, las expensas sumaban $118.000. En diciembre, ascendieron a $255.000.

En ese mismo inmueble de lujo también tiene departamentos los hermanos Claudio y Marcelo Tórtul, que estaban al frente de la filial de Paraná de Securitas y fueron procesados por Arroyo Salgado por el pago de sobornos a funcionarios de Entre Ríos para conseguir o mantener los contratos de seguridad privada de ENERSA. La magistrado dispuso su prisión preventiva, pero la Cámara Federal de San Martín revocó luego esa medida.

Por qué piden rechazar la excarcelación de Urribarri-Aguilera

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El fiscal Leandro Dato planteó ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) el rechazo del recurso de impugnación extraordinaria contra lo resuelto el 19 de noviembre por la Cámara de Casación Penal de Paraná, que dispuso la prisión preventiva de ambos y su encierro en la Unidad Penal ante el riesgo de fuga. De ese modo, revocó una resolución del Tribunal de Juicios y Apelaciones e hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal. Urribarri fue condenado en 2008 en el megajuicio a 8 años de cárcel; también su cuñado, Juan Pablo Aguilera, a 6 años y 6 meses.

Esas condenas no se encuentran firmes. Hay un recurso extraordinario federal que trata la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo tanto el encarcelamiento de ambos es en forma preventiva en la Unidad Penal. Los abogados de Urribarri -Fernando Burlando, Javier Baños y Leopoldo Cappa- al igual que los representantes de Aguilera -Miguel Cullen y Marcos Rodríguez Allende- pidieron mediante la impugnación que se revoque lo resuelto por la Casación y que se orden la libertad de sus asistidos.

La cuestión deberá ser resuelta por un tribunal conformado por Miguel Giorgio, Germán Carlomagno y Gisela Schumacher, que tiene un plazo de 20 días hábiles para expedirse.

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Fiscal Leandro Dato

En el escrito que Dato presentó ante la Sala Penal pidió que las peticiones de Urribarri y de Aguilera sean «desestimados, en atención a que no cumplen con las exigencias que esta etapa
requiere, ya sea por falta de agravio federal suficiente, como así también por defectos en el abordaje de su cometido». Y suma: «En efecto, no se advierte agravio federal alguno sobre lo
resuelto por la Sala I de Casación, ya que la decisión adoptada lo ha sido con sobrados y fundados argumentos basado en las constancias de la causa como así también apoyado en normas procesales, nacionales y convencionales y precedentes relacionados directamente con el objeto de tratamiento».

En su argumentación, el funcionario judicial sostiene que «entender- erróneamente- que por haber sido concedido el recurso extraordinario federal los condenados Urribarri y Aguilera no pueden ser detenidos cautelarmente, proponiendo una falsedad argumental a partir de ello.
En ese sentido, resultan atinados y razonados, como así también ajustados a normas procesales, constitucionales y convencionales los argumentos por los cuales la Sala I de Casación decidió por unanimidad dictar la prisión preventiva en establecimiento carcelario de los condenados Urribarri y Aguilera. No escapa a esta parte y debo resaltar que para ambas instancias de análisis- Tribunal de Juicio y Cámara de Casación- no hubo dudas con respecto a la existencia de riesgos procesales suficientes- riesgo de fuga- para extremar las medidas de coerción».

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Arguye el fiscal que «no es cierto que los recursos interpuestos por las defensas hayan sido concedidos por cada uno de los hechos por los que fueran condenados, por tanto, como ya explicitaré varios de los hechos se encuentran firmes». Y cita el voto de la vocal de la Sala Penal Gisela Schumacher que concedió el recurso ante la Corte y al respecto hace notar que «la vocal Schumacher hizo lugar y concedió recurso extraordinario con respecto a Urribarri y Aguilera por arbitrariedad en el caso de la conformación del voto de mayoría de la vocal
y el doctor Giorgio, pero decidió el rechazo del recurso extraordinario por lo demás, con lo cual se puede sostener que al decir de la misma magistrada los argumentos de las defensas son reiteraciones de lo ya rechazado».

«En consecuencia, una sola parte del planteo defensista – con lo criticable del fallo de la vocal Schumacher – no se encuentra firme. Ninguna de las defensas, sostuvo a partir del rechazo de los planteos que no fueran por arbitrariedad, queja para intentar revertir lo resuelto», hace notar Dato.

A ese respecto, plantea: «Esto no es menor, por cuanto, se cae el propio argumento de las defensas que la decisión del tribunal de juicio confirmada por Casación y con queja denegada por esta Sala en la instancia provincial no se encuentra agotada por haber sido concedido parcialmente recurso extraordinario».

Sostuvo en su escrito que «se encuentran dadas las condiciones necesarias para que se dictara la prisión preventiva de Urribarri y Aguilera».

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La decisión de Casación

El Tribunal de Casación –integrado por las juezas Marcela Davite, Marcela Badano y María Evangelina Bruzzo-, entendió que había “riesgos” procesales luego de la durísima condena aplicada a Urribarri y a Aguilera. “De allí que, encontrándose acreditada la probabilidad de que en libertad los condenados puedan frustrar los fines del proceso, entiendo que se encuentran motivos suficientes para anular la resolución impugnada y disponer la prisión preventiva en unidad carcelaria, teniendo en cuenta especialmente que en función de los tratados internacionales que el Estado suscribió, este proceso penal debe ser sobreprotegido, en tanto el deber de investigar, juzgar y castigar tiene una mayor intensidad cuando lo que está en cuestión son delitos de corrupción como los que aquí se juzgaron”, dice el voto de la jueza Davite, al que adhirieron Badano y Bruzzo.

Davite dijo compartir “con los vocales del Tribunal de Juicio en que nuestro régimen procesal fue pensado y diseñado con la idea de la prisión preventiva como última ratio para casos graves como los que aquí se han investigado, juzgado y sancionado; y con las ideas, en tensión, de la necesidad de la averiguación de la verdad y el aseguramiento de los fines del proceso, para lo cual le da pautas al juez para que ante la sospecha de frustración de tales fines, dicte la medida en consecuencia”.

En ese marco, entendió que “toda decisión que prive provisionalmente de la libertad a un imputado, o condenado, debe indicar las razones objetivas que permitan sostener como probable que existe peligro de que el imputado ´no se someterá al procedimiento o que entorpecerá la averiguación de la verdad´(…). La prisión preventiva es una medida cautelar de carácter excepcional; de allí que, como principio general, las restricciones a la libertad durante el proceso deben encontrar sustento en el conjunto de pautas que surgen del caso concreto, que demuestren su necesidad en pos de los fines cautelares previstos en nuestra legislación procesal penal”.

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El Tribunal de Casación: Marcela Badano, Marcela Davite y María Evangelina Bruzzo.

“Por ello –apuntó-, el análisis de la necesidad de la prisión preventiva debe conciliarse con la gravedad del hecho que se investiga, y con la obligación internacionalmente asumida por el Estado argentino de prevenir, investigar, sancionar y reparar los delitos de corrupción. Desde este marco teórico, y luego de haber analizado detenidamente el recurso interpuesto por la Fiscalía, las contestaciones de las Defensas y la resolución cuestionada, entiendo que le asiste razón a la Fiscalía en cuanto a que la resolución impugnada, en los votos que conforman la mayoría, resulta arbitraria porque carece de sustento normativo, no valora los elementos de juicio propuestos y resulta exigua frente a la entidad de los riesgos que se pretenden conjurar”.

El Ministerio Público Fiscal había pedido la prisión de Urribarri y de Aguilera en abril último pero esa petición siguió un larguísimo derrotero judicial hasta que, en septiembre, fue rechazado por el Tribunal de Juicios y Apelaciones, integrada la mayoría por los jueces Castagno y Vergara, y la disidencia de Elvio Osir Garzón.

“Como hemos visto –sentenció la jueza Davite-, según los votos de la mayoría, la Fiscalía demostró la existencia de un latente riesgo procesal que es el peligro de fuga, pero no logró justificar que ese encierro preventivo fuera la única medida posible de adoptar para cautelarlo. Esta conclusión la extrajeron los vocales de la mayoría de vincular los elementos objetivos que se relevaron con los comportamientos evidenciados por los condenados durante el proceso, en tanto, a su juicio, los condenados no han dado muestras de sustraerse a la acción de la justicia hasta el día en el que se dictó la resolución. Por ello, entendieron que la prisión preventiva resultaba desproporcionada, pudiendo ese latente riesgo de fuga ser conjurado con las medidas sustitutivas”.

Y agregó: “En definitiva, el principal motivo del rechazo de la prisión preventiva fue el comportamiento procesal de los condenados a lo largo del proceso. Entiendo correctas todas las consideraciones del Dr. Garzón. Si nos atenemos estrictamente a la legislación procesal, comprobamos que el primer requisito previsto en el artículo 353 del CPPER se ha cumplido en grado superlativo: los hechos por los que resultaron condenados Urribarri y Aguilera quedaron acreditados con el grado de certeza en la sentencia del Tribunal de Juicio, que fue confirmada por esta Cámara de Casación, que a su vez rechazó el recurso de impugnación extraordinaria, cuya queja también fue rechazada por la Sala Penal del STJER (porque, conforme surge de la resolución que hizo lugar al recurso extraordinario ante la Corte Suprema, tal recurso fue concedido únicamente en lo que respecta a la causal de arbitrariedad por la falta de conformación de mayoría en dicho pronunciamiento). Frente a este parámetro, entiendo que la afirmación en la que se fundan los votos de la mayoría, que puede sintetizarse en ´el buen comportamiento procesal de los condenados´, frente las constancias de la causa, no resulta acertado”.

A ese respecto subraya que tal como lo destacó la Fiscalía, “Urribarri sólo estuvo presente en su declaración de imputado y luego participó de las audiencias de manera remota, sin que se haya podido comprobar fehacientemente dónde se encontraba. Por otra parte, se ha podido comprobar -como de manera detallada se verá más adelante- que la audiencia de prisión preventiva no se pudo concretar por las innumerables maniobras dilatorias de la defensa durante más de cuatro meses. Dichas maniobras, se llevaron a cabo durante toda la tramitación del proceso. Tal como puede comprobarse con la demora que hubo para poder llegar a realizarse las audiencias de juicio y de casación, cuya fijación se dificultó por la presentación de recusaciones por causales inexistentes y recursos que no están previstos”.

“También forma parte del comportamiento posterior de Urribarri la persistente negación de la condena, al punto de realizar denuncias insólitas en extrañas jurisdicciones tachando de ´mesa judicial´ a los magistrados que intervinieron en las causas”, agregó.

Casación entendió luego que “acerca del peligro de fuga” , el monto de pena fijado para ambos condenados es elevado lo que, como se ha dicho de manera sostenida, resulta por sí mismo indicativo del peligro de fuga. Por otra parte también han quedado comprobadas las facilidades que tienen los imputados para abandonar el país o permanecer ocultos: se trata de personas con recursos económicos, que además se encuentran íntimamente vinculados a personas que pueden ayudarlos económicamente, que tienen capacidad para trasladarse de un lugar a otro y vínculos en el extranjero”.

“De allí que no pueda resultar desproporcionado y menos irracional, pronosticar que, así como se sirvieron de los cargos públicos que detentaban y de la estructura que crearon para cometer los delitos, se servirán de esas mismas circunstancias, más la disponibilidad de los elevados montos de dinero (de los que siguen disponiendo, porque el Estado aún no los recuperó), para eludir el cumplimiento de la condena, fugándose”, añade.

Y subrayó que de la valoración integral de todas las pautas que exige la ley  para el dictado de la prisión preventiva, “se puede inferir, sin dificultad alguna, que los condenados seguirán intentando por cualquier medio, incluida la fuga, eludir la acción de la justicia; sin que tenga ninguna relevancia el modo concreto en el que podrían llevarlo a cabo”.

Avances y retrocesos

La jueza Davite enumeró los numerosos recursos presentados en medio de la presentación del pedido de prisión formulado por Fiscalía, y lo hace del siguiente modo:

“Así, vemos que :

* El pedido de prisión preventiva de Urribarri y Aguilera, y la detención de Baéz, fue solicitada el 18/4/24 por la Fiscalía ante OGA (Oficina de Gestión de Audiencias).

* Ese mismo día, el Defensor de los condenados Giacopuzzi y Corina Cargnel, presenta recusación contra los jueces Santiago Brugo y Juan Malvasio.

* El mismo día obra inhibición del Dr. Brugo.

* El 19/04/24, – 1 día más tarde- el Dr. Malvasio contesta el informe ante la recusación efectuada.

* El mismo 19/04/24, se pone a despacho y se integra con los Dres. Vergara y Garzón- estaba presidiendo la Dra. Castagno-.

* Ese mismo día, se les comunica a las partes la integración del tribunal.

* El 22/04/24, se presenta el abogado (defensor de Urribarri, Leopoldo) Cappa, y formula recusación contra el Dr. Malvasio.

* También, en la misma fecha, el defensor de Tamay, Dr. Méndez, se presenta y formula recusación contra el Dr. Malvasio.

* Al día siguiente, el Dr. Malvasio presenta el informe referido a estas últimas recusaciones.

* El 23/04/24, se fija la audiencia para resolver las recusaciones planteadas, por el tribunal integrado por los Dres. Castagno, Vergara, y Garzón, audiencia que se fija para el 25/04/25. El mismo día se presenta el Dr. Cullen y solicita reprogramación.

* El 24/4/24 se reprograma, para el día 29/4/24.

* A continuación, se presenta el Dr. Mendez, solicitando reprogramación. No se le hace lugar.

* El 29/4/24, se presentan (los defensores de Urribarri, Javier) Baños y (Fernando) Burlando, recusando al Dr. Vergara y al Dr. Garzón.

* Ese día, se suspende la audiencia.

* El mismo día, se hace saber que los Dres. Garzón y Vergara rechazan la recusación, y queda integrado el tribunal con las Dras. Bacaluzzo y Zilly.

* El 30/4/24, se inhibe la Dra Zilly. El mismo día se integra con la mencionada Bacaluzzo y el Dr. Zoff.

* Se fija audiencia para el 3/5/24.

* Finalmente, obra resolución del 7/5/24, donde se acepta la inhibición de la Dra. Zilly y se rechaza la recusación de los Dres. Vergara y Garzón.

* El 17/5/24 se integra el tribunal con la Dra. Bacaluzzo por licencia de enfermedad del Dr. Garzón.

* El 29/5/24 se hace la audiencia de recusación de los Dres. Brugo y Malvasio.

* El 31/5/24, se dicta resolución aceptando la inhibición del Dr. Brugo y aceptando la recusación del Dr. Malvasio.

* Contra esa resolución, los abogados Cappa, Burlando y Baños, interponen recurso de reposición, aduciendo que debía respetarse el reglamento de OGA, invocando la acordada del 8/08/23, por que era ese organismo el que debía proceder a la integración del tribunal, según señalan. Así, vemos que luego de haberse aceptado la excusación del Vocal del Tribunal de Juicio Nº4 Dr. Santiago Nicolás Brugo, resolución del 31/5/2024 -fs. 1245/1255- mencionada, y luego de hacerse lugar a las recusaciones planteadas por los defensores Dres. Miguel Cullen, Juan M. Méndez y Leopoldo Cappa, a la intervención del Sr. Vocal, Dr. Juan Francisco Malvasio, se conformó el Tribunal con la Sra. Vocal Dra. Ma. Carolina Castagno y los Sres. Jueces Dres. Julián C. Vergara y Elvio O. Garzón.

* Contra esa resolución, los Dres. Cappa, Burlando y Baños interpusieron un recurso de reposición. Esto motivó que el Tribunal volviera a reunirse para resolverlo. Allí señaló que de ningún modo ese recurso estabahabilitado, que no había ninguna inobservancia formal, y que la resolución se había dictado con sustanciación, lo que efectivamente había sucedido, porque la defensa estaba en conocimiento de la integración del Tribunal, al punto que habían interpuesto formal recusación contra los Dres. Vergara y Garzón.

* El 19/06/24, el tribunal resuelve rechazando el recurso de reposición.

* El 2/07/24 se presentan los mismos abogados recurrentes- Cappa, Burlando y Baños- interponiendo recurso de casación contra la denegatoria del recurso de reposición dictada el 19/06/24.

* El 3/7/24, el tribunal declaró inadmisible el recurso de Casación. El Tribunal volvió a reunirse y resolvió así, declarar inadmisible el recurso de casación, ratificando nuevamente el punto II de la resolución del 31/5/2024 (integración del tribunal).

* El 31/7/24, se fija audiencia para resolver todas las peticiones, para el 6/08/24.

* El mismo día se presenta el abogado Cappa, solicitando la suspensión de la audiencia, indicando que se encontraba pendiente un recurso de queja interpuesto ante esta Casación.

* El 1/08/24, se deniega la suspensión de audiencia solicitada por el abogado Cappa, indicando que el recurso de Queja no suspende el trámite, y se le hace saber que se reprograma la audiencia, por lalicencia por enfermedad del Dr. Garzón, para el día 22/08/24.

* El 14/08/24, se presenta nuevamente el abogado Cappa, solicitando la suspensión de la audiencia, haciendo saber que han presentado ante la Cámara de Casación un recurso de impugnación extraordinaria, ante la denegatoria de la queja por parte de este organismo. En el escrito solicita la suspensión de la audiencia hasta tanto el Tribunal que debe decidir el pedido de medidas requeridas por el MPF, no quede firme y/o se ordene la constitución de otro con Vocales de Juicio como lo requiere la defensa).

* El 5/8/2024 a fs. 1278, se dispone estar a lo resuelto en 1/8/2024 (esto es CONFIRMA La AUDIENCIA para 22/8/2024), reiterándole en la providencia, que la interposición de un recurso de queja no paraliza el trámite de la causa, señalando que así lo ha sostenido el STJ.

* El 19/08/24 se presentan nuevamente los abogados Burlando, Cappa y Baños interponiendo un recurso de reposición con revisión en subsidio, por considerar que la resolución de 15/8/24, emitida por la Directora de OGA (que no paralizó el trámite y sostuvo la audiencia para el 22/8/24) es contradictoria. Solicitan así, mediante esa presentación, la suspensión de la audiencia, fijada para el 22/8/2024, hasta tanto se resuelva la reposición y se garantice la integración del tribunal; y piden se suspenda cualquier trámite procesal y/o ejecución de medidas restrictivas de la libertad hasta tanto se resuelva el recurso extraordinario federal.

* El 19/8/2024 se agrega correo electrónico del Dr. Ignacio Díaz, defensor de Báez, solicitando suspensión de audiencia por licencia médica, adjunta resolución del Colegio de la Abogacía, concediendo la misma. En consecuencia se suspende la audiencia señalada para el 22/8/2024.

* En 20/8/2024 y ante la notificación de la suspensión de la audiencia el Dr. Marcos Rodriguez Allende informa que le ha sido otorgada licencia del 1 al 13 de septiembre de 2024.

* El 26/8/24 se suspende la audiencia, fijándose nueva audiencia para el 29 de agosto de 2024. El mismo día, 26/8/2024, agrega correo electrónico de esa fecha, por el cual el abogado Cappa comunica que ha presentado un recurso de queja directo, por lo que no está firme la composición del Tribunal y solicita la suspensión de la audiencia reprogramada para el 29/8/2024.

* En igual fecha (26/8/2024) se provee no hacerle lugar al pedido y mantener la audiencia señalada para el 29/8/2024.

* El 28/8/2024 a las 07:19 am, se recibe correo electrónico del abogado Cappa, solicitando nuevamente la suspensión de la audiencia del 29/8/2024 hasta que la composición del tribunal quede firme, pedido que es nuevamente denegado (fs. 1308) por el Tribunal conformado por la Dra. Castagno, y los Dres. Garzón y Vergara, por considerar que el recurso que se invoca interpuesto ante la Sala Penal del STJ carece de efecto suspensivo. El mismo día, 28/08/24, obra otro correo electrónico del defensor Cappa, enviado a las 12:47 hs., en el cual expresa que está pendiente de resolución el pedido de suspensión de la audiencia del 29/8/2024 y añade en dicho correo que esa defensa no tiene conocimiento del contenido de las medidas requeridas por el MPF, por no habérsele corrido traslado. Aduce conocerlas por los medios de comunicación.

* En la misma fecha se dispone estar a la audiencia fijada, destacándose que el abogado peticionante tiene pleno conocimiento del objeto, y ha sido debidamente notificado.

Al respecto, en su voto Davite subraya: “Esta reseña demuestra el aprovechamiento de poner en dificultades a la OGA, presentando los abogados numerosos escritos que debía el organismo mencionado poner a despacho (algunos, presentados en el mismo día), y demuestra el desgaste inútil al que se expuso a los jueces. Todo esto, como se ve, redundó en que la audiencia para decidir sobre las medidas cautelares, solicitadas el 18/04/24, pudo realizarse 4 meses después, a pesar de tener establecido el tribunal que debía intervenir, desde el 31/05/24. Esta última resolución, se dispuso además, luego de una audiencia que se logró realizar a pesar de las múltiples presentaciones y pedidos de reprogramación. Finalmente, luego de la mencionada hiper actividad recursiva, se realizó la audiencia, el 29/08/24. Y es que, como se vio luego del ´escrito inicial´ -aunque deba recordarse que no se trata de un proceso escritural- los condenados a través de sus abogados han dilatado el proceso con diversas maniobras que trasuntan o un desconocimiento de la vía recursiva, o una voluntad ex professo de no respetarla, indicadoras en sí del riesgo de frustración de los fines del proceso penal”.

Al voto de Davite se sumaron las juezas Badano y Bruzzo y dispusieron revocar la resolución dividida del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná del 5 de septiembre újltimo , y así dispuso la prisión preventiva efectiva del exgobernador Sergio Urribarri, y de su cuñado, Juan Pablo Aguilera. El primero fue condenado a 8 años de cárcel; el segundo, a 6 años y medio.

El Tribunal también resolvió la «inmediata detención y posterior traslado a la Unidad Penal Número 1 de Paraná de Urribarri y de Aguilera.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora

Causa Kueider: allanamientos simultáneos en Concordia y en el de Paraná

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La jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado pidió esta mañana el desafuero del senador nacional por Entre Ríos Edgardo Kueider en un oficio enviado a la presidenta de la Cámara alta, Victoria Villarruel, con el objeto de “proceder a su detención por los canales diplomáticos correspondientes”. Lo hizo en el marco  de la causa contra el legislador por enriquecimiento ilícito que tramita en la Justicia Federal de San Isidro. Más temprano, le había adelantado la medida por celular a la vicepresidenta.

La magistrada no puede pedir su extradición directamente porque Kueider tiene fueros como senador nacional, por lo que la solicitud deberá ser tratada por el pleno del cuerpo y requiere los dos tercios de los votos para ponerlo a disposición del juez competente. El Senado tendrá hoy una sesión especial en la que la Cámara alta tiene que resolver si lo expulsa, como reclama el kirchnerismo, o si lo suspende en sus funciones como promueve el oficilismo y aliados, hasta que haya una definición en la causa judicial que afronta en Paraguay por tratar de ingresar con USD 211.000 y $600.000 en efectivo sin declarar, desde Brasil ,en un camioneta la madrugada del 4 de diciembre.

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En el marco de la causa, Arroyo Salgado pidió, además, la detención de Iara Guinsel Costa, la secretaria que lo acompañaba cuando fue detenido en Paraguay, para lo que pedirá su extradición por la vías diplomáticas correspondientes.

La joven – de 34 años y con quien Kuieder mantendría una relación afectiva – es oriunda de Concordia, al igual que el senador. Fue nombrada en su despacho en el Senado en febrero, y en junio, transferida al bloque de Unidad Federal que integra el legislador entrerriano. Fue dada de baja en agosto, luego de que empezaran a conocerse las investigaciones en contra de Kueider por presunto enriquecimiento ilícito, y en la que ella está sospechada de actuar como una posible testaferro.

Ante los fiscales paraguayos, la joven dijo que el dinero se lo había dado una misteriosa empresa paraguaya – Golsur SA – en Costa del Este. Primero habría dicho que fue para comprar productos “cosméticos”, “perfumes” y “electrónicos”, y luego para hacer “inversiones” en ese país, sin mayores especificaciones.

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Ambos están con prisión domiciliaria detenidos en un departamento de lujo en Asunción, mientras la Justicia paraguaya avanza en la investigación en la que están imputados por presunto contrabando, por el intento de ingresar una cantidad de divisas muy por encima de lo permitido por la ley sin declarar, monto fijado USD 10.000. Están alojados en el edificio Tierra Alta, en Villa Morra, un barrio donde proliferan los desarrollos inmobiliarios, en muchos casos de argentinos que buscan llevar su dinero a Paraguay. A pedido de los fiscales de Ciudad del Este, el juez Humberto Otazú determinó que deberán permanecer como mínimo hasta el 5 de abril, el plazo dado al Ministerio Público Fiscal paraguayo para concluir la investigación.

La Constitución Nacional le impide a la Justicia detener a los legisladores nacionales, allanar sus domicilios o lugares de trabajo, o interceptar sus comunicaciones. Esta inmunidad está garantizada por el artículo 68 que dice que “ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador”; y el 69 que establece que “ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva; de lo que se dará cuenta a la Cámara respectiva con la información sumaria del hecho”.

Para que Kueider pueda ser indagado y/o detenido, la Cámara respectiva deberá votar su desafuero previamente con dos tercios de los votos, para concretar la suspensión en sus funciones. No se trata de una expulsión, ya que si la Justicia no lo hallara culpable, podría hipotéticamente reintegrase al cuerpo. Hoy no está claro si el Senado reuniría los votos exigidos, ya que tanto el kirchnerismo – que tiene una mayoría de 33 – como el oficialismo y aliados están enfrentados respecto de qué hacer con el senador pescado in fraganti en Paraguay.

La detención fue dispuesta por la magistrada luego de que tras los allanamientos dispuestos en abril en el marco de la causa de Securitas que lleva adelante la magistrada, detectó que el senador realizó varios viajes a Paraguay, y cambió la titularidad de las expensas del edificio donde tiene tres departamentos y dos cocheras en Paraná. En ese expediente, Arroyo Salgado investiga el pago de coimas de esta empresa de seguridad privada a organismos públicos nacionales y provinciales, entre los cuales se encontraba la empresa estatal de energía de Entre Ríos ENERSA, cuando el senador Kueider la tenía bajo su órbita como Secretario General de la Gobernación de Entre Ríos, bajo el mandato del peronista Gustavo Bordet.

Esa decisiones tomadas por Kueider a partir de mayo fueron interpretadas por la Justicia Federal como “evasivas” para ocultar pruebas y dieron pie al pedido de detención.

Arroyo Salgado ordenó hoy también una docena de allanamientos en las ciudades entrerrianas de Paraná y Concordia, que concretaron a partir de las 7 de la mañana efectivos de Gendarmeía. A su vez, hubo un operativo en el edificio donde la empresa de Kuider – BETAIL SA – es dueño de tres departamentos: el 6 “D”, el 6 “E” y un semipiso en el 13 “A”, además de dos cocheras.

Los operativos dispuestos por Arroyo Salgado alcanzaron a una escribanía y a la casa de la madre de Guinsel Costa en Concordia, y otro domicilio en Paraná. Varias medidas seguían en curso al publicarse esta nota.

Se lanzó el operativo Verano Seguro

El gobernador Rogelio Frigerio, junto al ministro de Seguridad y Justicia, Néstor Roncaglia, encabezó el lanzamiento este miércoles en Concordia del operativo Verano Seguro, un dispositivo diseñado para garantizar la integridad de los ciudadanos y turistas que transiten por la provincia durante la temporada.

La actividad tuvo lugar en la costanera concordiense, pero se trata de un operativo que se implementará en toda la geografía entrerriana, abarcando 19 controles viales fijos y móviles en puntos estratégicos, con el objetivo de prevenir delitos y accidentes viales, así como asegurar un entorno seguro para el esparcimiento.

“Estamos lanzando el operativo Verano Seguro, que va desde hoy mismo, 11 de diciembre, hasta el 4 de marzo en todos los centros turísticos de la provincia. En el caso de Concordia, estamos agregando casi 500 efectivos que van a darles más tranquilidad y seguridad a sus vecinos, pero también a los que los visitan durante el verano”, explicó el mandatario sobre la iniciativa, acompañado por el secretario general de la Gobernación, Mauricio Colello, y el jefe de la Policía de Entre Ríos, Claudio González.

“Concordia es parte de nuestras prioridades de generar tranquilidad y paz, para nuestros vecinos y ciudadanos entrerrianos pero también para los que vienen a disfrutar de nuestra belleza natural y de la amabilidad de nuestra gente”, agregó Frigerio, quien volvió a destacar que la de Entre Ríos “es la mejor Policía de la Argentina”, al dar cuenta de que próximamente se estarán adquiriendo camionetas, motos, más equipamiento y chalecos “para que pueda actuar de mejor manera”.

Por su parte, el ministro de Seguridad y Justicia, Néstor Roncaglia, explicó que este año se afectarán “más de 300 funcionarios extra a todas las departamentales, donde hay lugares centros turísticos”. Y resaltó que la premisa de este gobierno es que los turistas “disfruten tranquilos de la provincia y esa es una función que desde el Estado brindará la Policía de Entre Ríos”.

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A su vez, el intendente Francisco Azcué resaltó el compromiso “de nuestro gobernador y nuestro ministro con la seguridad” y su decisión política “de cuidar a quienes nos cuidan”. “Es el cambio de paradigma que impulsa nuestro gobernador y que nosotros, por supuesto, acompañamos”, agregó.

El operativo

El Operativo Verano Seguro implica una serie de acciones coordinadas por la Policía de Entre Ríos, a través de la Dirección de Prevención y Seguridad Vial, enfocadas en la prevención de delitos relacionados con la seguridad vial, ofreciendo asesoramiento e información a los turistas. Este esfuerzo busca no solo mantener el orden, sino también educar a los usuarios sobre las normas de tránsito para evitar siniestros y promover una convivencia segura en las rutas provinciales y nacionales.

Se asignarán 52 vehículos, (entre camionetas y automóviles); 27 motovehículos (cinco cuatriciclos); autobomba (equipada con un monitor de largo alcance para el combate de incendios de líquidos inflamables); ocho caballos; ocho canes (para detectar estupefacientes) y se afectarán 485 agentes exclusivamente para el operativo.

Cristina Kirchner denunció que el caso Kueider está vinculado a “leyes en contra del pueblo”

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La ex presidenta se pronunció sobre la detención del senador involucrado en un escándalo de 200 mil dólares, señalando un patrón histórico.

La ex presidenta Cristina Kirchner advirtió hoy que “no hay antecedentes en nuestra historia de un legislador detenido en comisión de in fraganti delito”, en referencia al senador Edgardo Kueider, que fue retenido en la frontera con Paraguay con 200 mil dólares sin declarar. 

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“Este senador fue clave en la aprobación de la ley Bases; en la comisión, porque su voto habilitó que pudiera ser tratado en el recinto, y luego, en el recinto, votando y empatando al votar, lo cual permitió el desempate de la vicepresidenta Victoria Villarruel”, reseñó la ex mandataria.

Cristina denunció que el caso Kueider tiene un “hilo conductor” con otros casos de la historia vinculados a “leyes en contra del pueblo y de los intereses de la Nación”. 

“Nunca van a encontrar un hecho de estos cuando se trata de la ley de bienes culturales o la AUH; esto siempre sucede en gobiernos de corte neoliberal de despojo”, añadió la ex mandataria.

La ex presidenta Cristina Kirchner advirtió hoy que con el gobierno de Javier Milei “hay una aceptación de la sociedad a una suerte de ejercicio de ajuste violento” sobre algunos sectores.

Pero señaló que “lo que está viviendo la Argentina es más viejo que el sol, es un modelo de valorización financiera”, según dijo en el acto de asunción como presidenta del Partido Justicialista.

Damián Pachter: “Creo que Cristina Kirchner ordenó la muerte de Nisman”

“Si tenés a la SIDE rendida a tus pies y personajes leales, no creo que sea tan difícil ordenar algo así”, la dijo a Cristina Pérez ( Radio Rivadavia)el periodista que fue el primero en informar el deceso del fiscal.

Declaraciones de Damián Pachter sobre Cristina Fernández de Kirchner y la muerte de Nisman

En una conversación con el programa Cristina sin vueltas, conducido por Cristina Pérez en Radio Rivadavia, Pachter se refirió a la reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de llevar a juicio oral a Fernández de Kirchner y otros acusados por la firma del memorándum con Irán, calificándolo como una “excelente noticia”.

Sentimientos de Pachter sobre su regreso a Argentina

El periodista destacó que no siente miedo de regresar a Argentina, ya que lo único que lo unía emocionalmente al país era su madre, quien falleció en 2019. “No tengo nada más que me una al país”, afirmó.

Hipótesis sobre la muerte de Nisman

Pachter reveló que su hipótesis ha sido constante: “Cristina Kirchner ordenó el crimen de Nisman”. Aseguró que la denuncia del fiscal federal había “movido todos los intereses” del gobierno de ese momento y los había “puesto contra las cuerdas”.

El periodista subrayó: “Si tenés a la SIDE rendida a tus pies y personajes leales, no creo que sea tan difícil ordenar algo así”.

Relato de su huida

Sobre su salida del país tras la muerte de Nisman el 18 de enero de 2015, Pachter narró: “Fui alertado por una fuente de que había un seguimiento alrededor mío de un agente de inteligencia”. Por ello, decidió mantenerse bajo perfil, evitando el transporte público y hablando en otros idiomas con familiares para no ser escuchado.

Recordó que “La Casa Rosada publicó los datos de mi vuelo mientras yo me escapaba” y que había adquirido un boleto de ida y vuelta a Uruguay y otro con destino final a Tel Aviv.

Además, mencionó que “habían entrado a mi cuenta de Facebook y sacaron fotos mías en el Mossad junto a otros amigos”, lo que lo hizo sentir vulnerable. Sin embargo, opinó que “no era gente sofisticada, eran bastante idiotas”.

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