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20 años de poder y una pregunta incómoda: ¿cuánto tarda la Justicia en resolver las causas contra los dirigentes entrerrianos?

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Acá tenés la nota sin espacios vacíos, saltos dobles ni espacios al inicio/final de cada párrafo:

Desde las primeras denuncias hasta las condenas firmes y las investigaciones que todavía siguen abiertas, Entre Ríos acumula dos décadas de expedientes que atravesaron gobiernos, legislaturas y cambios de signo dentro del propio peronismo. Algunos terminaron con condenas. Otros llegaron a juicio. Muchos continúan bajo investigación. Y en determinados casos, pasaron más de diez años antes de que la Justicia produjera una definición.

Hay una pregunta que atraviesa buena parte de la historia política reciente de Entre Ríos y que merece ser formulada sin consignas partidarias y con los expedientes sobre la mesa: ¿cuánto tarda la Justicia en investigar, juzgar y resolver las causas que involucran a quienes tuvieron el poder?

No se trata de afirmar que todo dirigente denunciado sea corrupto. Tampoco de convertir una denuncia en una condena anticipada. Precisamente lo contrario: se trata de separar con precisión quién fue denunciado, quién fue imputado, quién fue procesado, quién llegó a juicio, quién fue condenado, quién obtuvo un sobreseimiento o una absolución y quién continúa esperando una definición judicial.
Porque entre una denuncia y una condena hay una diferencia enorme. Y entre una investigación que comienza y una causa que finalmente llega a juicio también.

El problema aparece cuando los años empiezan a acumularse.
Urribarri, Báez y Aguilera: cuando finalmente llegó una condena firme
El caso más contundente de los últimos años tiene nombres propios: Sergio Urribarri, Pedro Báez y Juan Pablo Aguilera.

El 3 de septiembre de 2026, la Corte Suprema rechazó los recursos extraordinarios y dejó firmes las condenas dictadas en la denominada Megacausa. Urribarri quedó condenado a ocho años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua; Báez y Aguilera recibieron penas de seis años y seis meses, también de cumplimiento efectivo.
Días después, los tres fueron detenidos y trasladados a la Unidad Penal N° 1 de Paraná para comenzar a cumplir las condenas.

Es un punto fundamental dentro de este mapa porque aquí ya no estamos frente a una denuncia ni a una investigación: hay condenas firmes y ejecución de las penas.
Pero incluso en este caso aparece otra pregunta.
Mientras una causa terminó con condenas, existen otros expedientes patrimoniales relacionados con algunos de los mismos protagonistas que tuvieron recorridos diferentes.

En el caso de Pedro Báez, por ejemplo, el Ministerio Público Fiscal pidió en agosto de 2026 la remisión a juicio de la causa por presunto enriquecimiento ilícito que también involucra a su esposa, Sofía Riquelme. La Fiscalía sostuvo que durante el período 2007-2016 se habría producido un incremento patrimonial injustificado y solicitó cinco años de prisión para Báez y tres años y seis meses para su esposa.

La situación procesal de esta causa es diferente de la condena firme de la Megacausa. Una persona puede tener una condena firme en un expediente y, al mismo tiempo, afrontar otra investigación que todavía no llegó a sentencia.

Esa diferencia será fundamental en este mapa.
Bordet y la pregunta por el origen del patrimonio
El caso del exgobernador y actual diputado nacional Gustavo Bordet introduce otra dimensión: la investigación del patrimonio de quien durante años ocupó lugares centrales en la política entrerriana.
La Fiscalía de Concordia lleva adelante desde hace aproximadamente dos años el Legajo 2240/24, iniciado a partir de una denuncia que plantea un presunto incremento patrimonial desproporcionado durante el período 2007-2023. La hipótesis fiscal apunta a determinar si existió un crecimiento patrimonial que no resultaría compatible con los ingresos y a reconstruir cómo se incorporaron determinados bienes.
La investigación incluyó allanamientos y medidas destinadas a reconstruir el movimiento patrimonial. Entre las hipótesis difundidas judicialmente aparecen cuestiones vinculadas con propiedades presuntamente omitidas, valores de adquisición considerados significativamente inferiores a los de mercado y construcciones cuyos valores declarados son objeto de análisis.
Aquí aparece una cuestión que merece ser explicada con mucho cuidado.

Bordet sí declara un patrimonio. El debate judicial no consiste simplemente en determinar si existen bienes declarados o no. Lo que la investigación procura establecer es si existe correspondencia entre los bienes, sus valores declarados, los ingresos obtenidos, los gastos realizados y el crecimiento patrimonial registrado durante los años de actividad pública.

En su declaración jurada más reciente aparecen, entre otros bienes, inmuebles, participaciones sobre propiedades rurales, depósitos bancarios, plazos fijos y dinero declarado como proveniente en parte de una herencia y en parte de ingresos propios. El patrimonio declarado al cierre del período informado alcanza aproximadamente los $475,2 millones, frente a unos $395,8 millones al inicio.

Que un inmueble figure en una declaración jurada con determinado valor no significa automáticamente que ese sea su valor comercial de mercado. Y precisamente allí reside uno de los interrogantes que debe responder la investigación: si los valores declarados son fiscalmente correctos, si reflejan el verdadero patrimonio y si el origen de los recursos utilizados para adquirir o incrementar esos bienes puede ser explicado documentalmente.

No corresponde, por lo tanto, afirmar que la declaración jurada sea “mentirosa” mientras la Justicia no lo determine.
La pregunta periodística es otra y resulta mucho más importante:
¿Los valores declarados representan realmente el patrimonio que tenía el funcionario y puede explicarse de manera documentada el origen de cada incremento?
Bordet, por su parte, rechazó las acusaciones, sostuvo que no posee bienes ocultos y afirmó que sus viajes y patrimonio fueron declarados. También cuestionó públicamente la investigación y sostuvo que, después de años de actuación fiscal, no se había encontrado una irregularidad que justificara las acusaciones.

Ahora deberá ser la Justicia la que determine qué parte de las hipótesis puede sostenerse con pruebas.
Y allí vuelve a aparecer el factor tiempo.

Allende: una causa que comenzó en 2012 y todavía no terminó
Si existe un expediente capaz de ilustrar el problema de los tiempos judiciales, es el que involucra al exdiputado provincial y dirigente de UPCN José Ángel Allende.
La investigación por presunto enriquecimiento ilícito comenzó en 2012. Pasaron más de trece años hasta que en 2025 se dictó su procesamiento por enriquecimiento ilícito y negociaciones incompatibles con la función pública. Ese procesamiento fue confirmado posteriormente por el Tribunal de Apelaciones de Paraná.
Es decir: una investigación iniciada en 2012 llegó a una instancia procesal decisiva recién trece años después.
Y el expediente todavía no equivale a una condena firme.

En agosto de 2026, además, se produjo otro capítulo judicial cuando Allende reconoció ante el juez su autoría respecto de los hechos incluidos en un acuerdo de juicio abreviado presentado por Fiscalía y defensa. La resolución definitiva sobre ese acuerdo quedó en manos del magistrado.
La secuencia resulta significativa para esta investigación: denuncia, años de investigación, intentos de acuerdos, procesamiento, confirmación y nuevos pasos judiciales.
La pregunta vuelve a ser inevitable:
¿Cuánto tiempo debe transcurrir para que una investigación patrimonial contra una persona que ejerció durante años una función pública llegue a una resolución definitiva?
“Contratos truchos”: ocho años después, recién camino al juicio
Otro expediente permite medir la dimensión temporal con una fecha concreta.
La investigación conocida como “Contratos Truchos” comenzó a tomar estado público en 2018. Ocho años después, en julio de 2026, la jueza de Garantías Marina Barbagelata firmó el auto de apertura a juicio y dejó a 18 personas camino al debate oral. La investigación refiere a contrataciones irregulares en la Legislatura durante el período 2008-2018.

Ocho años para llegar al juicio no significan necesariamente ocho años de inacción. Las causas complejas pueden requerir miles de documentos, pericias, testimonios, recursos y diferentes instancias de revisión.
Pero el dato temporal existe y debe ser mostrado.

Y existe además una segunda investigación, conocida como “Contratos Truchos II”, que intenta establecer eventuales responsabilidades políticas relacionadas con quienes ocuparon las presidencias de las cámaras legislativas durante parte del período investigado.

En agosto de 2026, los nombres de José Eduardo Lauritto, José Cáceres, Adán Bahl, Sergio Urribarri, José Ángel Allende y Aldo Ballestena aparecían vinculados a esa investigación. Pero una precisión resulta indispensable: según la información publicada entonces, esas personas no estaban formalmente imputadas en esa segunda causa.
Es una diferencia que no puede perderse en una nota periodística.
Estar mencionado, ser investigado, ser citado como testigo o ser objeto de una hipótesis fiscal no equivale a estar imputado.

Cresto y la causa de los seguros
En Concordia, otro expediente sigue abierto alrededor del exintendente Enrique Cresto.
La denominada “causa Seguros” investiga presuntas irregularidades en contrataciones realizadas durante su gestión municipal. En junio de 2026, el juez de Garantías Mauricio Guerrero rechazó los planteos de nulidad y sobreseimiento de la defensa y consideró válida la imputación formulada por la fiscal Daniela Montangie.
La causa, por lo tanto, continúa en etapa de investigación.
Pero el expediente también exhibe otro elemento que forma parte de cualquier análisis serio sobre los tiempos judiciales: la disputa entre fiscales, defensas, recusaciones y planteos procesales.
El Tribunal de Juicios y Apelaciones había hecho lugar a la recusación del fiscal José Arias en otro legajo vinculado con IAPSER, resolución que quedó firme al no ser apelada por el Ministerio Público Fiscal.
Nada de esto significa culpabilidad. Significa que el expediente continúa atravesando diferentes etapas antes de llegar —si corresponde— a una definición.

Bahillo, Ballay y García: otra investigación que recién avanza
En septiembre de 2026, la Justicia Federal citó a indagatoria a Juan José Bahillo, Hugo Ballay y María Daniela García en la causa conocida como “areneras”, vinculada con la extracción y lavado de arena de sílice en el departamento Islas del Ibicuy.
La investigación analiza presuntos incumplimientos vinculados con controles ambientales y con el cumplimiento de decisiones judiciales anteriores. La citación a indagatoria implica que existe un estado de sospecha que debe ser esclarecido judicialmente, no una condena.
Otra vez aparece la misma secuencia: investigación, sospecha, indagatoria y prueba por producir.
El resultado final todavía no existe.
El antecedente que demuestra que una causa también puede terminar en condena
El mapa tampoco puede construirse únicamente con expedientes abiertos.

Raúl Taleb constituye uno de los antecedentes más claros de una investigación patrimonial que terminó en condena.
En 2016 fue condenado por enriquecimiento ilícito a tres años de prisión condicional y se dispuso el decomiso de un inmueble. La Cámara de Casación confirmó posteriormente la sentencia y, en 2019, el Superior Tribunal de Justicia mantuvo la condena, aunque modificó las sanciones de inhabilitación y multa.
Es decir, también existe el otro lado de la historia: investigaciones que finalmente llegan a una condena y producen consecuencias patrimoniales concretas.
Por eso el análisis no puede limitarse a preguntar cuántos políticos fueron denunciados.
La pregunta verdaderamente importante es qué ocurrió después.
El verdadero mapa: qué comenzó, qué avanzó y qué quedó pendiente
Después de veinte años, el balance no debería hacerse contando solamente nombres.
Debería construirse expediente por expediente.
Una investigación iniciada en 2012 y todavía sin sentencia definitiva no puede tener el mismo tratamiento que una causa que terminó en una condena firme.
Una persona condenada no puede ser puesta en la misma categoría que otra que solamente fue mencionada en una investigación.
Un funcionario citado como testigo no puede aparecer presentado como acusado.
Y una denuncia archivada tampoco puede ser utilizada como prueba de corrupción.
Por eso el verdadero “Mapa judicial del poder entrerriano 2006-2026” debería responder, para cada dirigente, cinco preguntas elementales:
¿De qué se lo denunció? ¿Qué hizo la Justicia? ¿En qué estado quedó la causa? ¿Cuánto tiempo pasó? ¿Cuál fue el resultado?
A partir de allí aparecen varias categorías que permiten medir el funcionamiento del sistema: investigaciones abiertas, imputaciones, procesamientos, causas elevadas a juicio, condenas, condenas firmes, absoluciones, sobreseimientos, archivos y expedientes que permanecen sin resolución definitiva.

La pregunta que queda para la Justicia
La discusión no debería ser si la Justicia tiene que condenar a los políticos.
Debe condenar solamente cuando las pruebas y el debido proceso demuestren responsabilidad penal.
La pregunta es otra: ¿por qué algunas investigaciones requieren cinco, ocho, diez o más de trece años para llegar a una definición?
Puede haber razones legítimas: complejidad, cantidad de pruebas, pericias, recursos, cambios procesales y garantías constitucionales.

Pero también es legítimo que una sociedad pregunte cuánto tiempo puede permanecer abierta una causa contra quienes administraron el Estado sin que exista una resolución definitiva.
Entre Ríos atravesó gobiernos, intendencias, legislaturas y distintas etapas políticas desde 2006 hasta hoy.
En ese período hubo denuncias que terminaron en condenas, investigaciones que todavía siguen abiertas y expedientes que atravesaron más de una década antes de alcanzar una instancia decisiva.
Y esa es probablemente la pregunta más incómoda de todas:
¿La Justicia entrerriana está llegando tarde porque los casos son extraordinariamente complejos o porque el sistema judicial necesita demasiado tiempo para juzgar al poder?
Responderla no corresponde a los periodistas ni a los partidos políticos.
Corresponde a los expedientes.
Y, sobre todo, a la propia Justicia.
Este será el punto de partida para reconstruir, nombre por nombre y causa por causa, veinte años de relaciones entre poder político, patrimonio, denuncias y tribunales en Entre Ríos.

Redacción : Análisis Litoral

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