La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) aprobó un relevamiento realizado sobre 1428 partidas inmobiliarias en San José que, pese a figurar en las bases catastrales como baldías, presentan construcciones que no habían sido declaradas.
La medida fue formalizada mediante la resolución Nº 75/2026 de la Dirección de Catastro, fechada el 11 de septiembre y publicada este jueves en el Boletín Oficial de la provincia.
El procedimiento se inició específicamente para detectar mejoras constructivas sin declarar y alcanza a partidas que, según las bases del Sistema de Administración Tributaria (SAT), figuraban como planta 1 o 4.
La lista incluye tanto a viviendas particulares como empresas e instituciones.
Cómo se detectaron las construcciones
De acuerdo con los fundamentos de la resolución, el relevamiento estuvo a cargo del Departamento Gestión de Información Catastral y se realizó utilizando herramientas de detección remota.
En concreto, ATER informó que las 1428 partidas fueron identificadas a partir de la observación mediante la plataforma “Open Buildings”, donde se detectaron construcciones en terrenos que aparecían registrados como baldíos.
El organismo señala que esas mejoras edilicias “posiblemente” tendrían una antigüedad que data de 2023, aunque la resolución aclara que la incorporación realizada en esta instancia es provisoria y podrá ser modificada a partir de las declaraciones que efectúen los propietarios o de las determinaciones que eventualmente realice de oficio el organismo.
La normativa citada en el documento establece que es función de la Dirección de Catastro registrar la incorporación de las mejoras realizadas sobre las parcelas y determinar su correspondiente valuación parcelaria.
Una incorporación provisoria al catastro
A partir del relevamiento, la resolución dispone incorporar provisoriamente las construcciones detectadas a las bases del SAT.
Para hacerlo, ATER asignará a esas mejoras una categoría constructiva 4, destino vivienda, calidad constructiva “buena” y año de construcción 2023.
El propio texto de la resolución establece que esta clasificación tendrá carácter provisorio “hasta tanto se presenten las respectivas declaraciones juradas y/o se determinen de oficio las mismas”.
Es decir, la medida no implica que la categorización quede necesariamente establecida de manera definitiva: los titulares podrán realizar la correspondiente declaración de mejoras y, a partir de esa información, la situación podrá ser determinada de manera definitiva.
Qué pasará con el Impuesto Inmobiliario
Uno de los efectos previstos en la resolución es la intervención de la Dirección de Impuestos de ATER para recalcular El Impuesto Inmobiliario correspondiente a cada una de las partidas incluidas en el relevamiento.
El documento oficial ordena expresamente que, una vez tomada razón de las mejoras incorporadas provisoriamente, se dé intervención a esa Dirección “a sus efectos”.
Por lo tanto, la detección de construcciones que no estaban registradas puede tener consecuencias sobre la valuación fiscal de los inmuebles y, consecuentemente, sobre la liquidación del impuesto inmobiliario.
Un grupo de 18 partidas tiene más de mil metros cuadrados construidos
Dentro de las 1428 partidas detectadas, ATER realizó además una identificación particular de aquellos casos que presentan más de 1000 metros cuadrados de mejoras sin declarar. Se trata de 18 partidas.
Según explica el organismo provincial en los considerandos, por la superficie relevada podría presumirse que no se trata de edificaciones destinadas exclusivamente a vivienda, motivo por el cual sus titulares serán específicamente invitados a presentar la correspondiente Declaración Jurada de Mejoras.
La resolución establece que la Dirección de Fiscalización Tributaria deberá coordinar con Catastro las acciones necesarias para comunicar a los titulares de esas partidas lo dispuesto y requerirles la presentación de la declaración correspondiente.
Notificación vía publicación del padrón
La resolución también establece el mecanismo mediante el cual se dará conocimiento de la medida a los titulares de las partidas alcanzadas.
En ese sentido, dispone la publicación del padrón que integra el Anexo I en la Representación Territorial de ATER de San José, de acuerdo con lo establecido por la ley provincial Nº 8672.
La lista completa de partidas detectadas forma parte de ese anexo y contiene el detalle de los inmuebles alcanzados por el procedimiento.
Un procedimiento basado en herramientas de detección remota
La medida se inscribe en un procedimiento que ATER ya había reglamentado mediante las resoluciones Nº 347/25 y 348/25.
Según surge de los fundamentos, la primera de esas normas habilitó los métodos de detección de mejoras constructivas mediante la utilización de detectores remotos, mientras que la segunda estableció criterios para asignar provisoriamente una categoría constructiva a las mejoras detectadas hasta que los particulares presenten sus declaraciones juradas o, eventualmente, sean determinadas de oficio.
En los fundamentos de la resolución, Catastro sostiene que el procedimiento responde a una de sus funciones específicas: registrar las mejoras incorporadas a los inmuebles y determinar su valuación parcelaria.
El organismo encuadra además la actuación en la Ley Nacional de Catastro Nº 26.209, la Ley Provincial Nº 8.672 y sus modificatorias, el Decreto Reglamentario Nº 6827/92 y las resoluciones dictadas por ATER durante 2025.
De esta manera, el relevamiento realizado en San José apunta a actualizar la información catastral de inmuebles que, según las bases oficiales consultadas, figuraban como baldíos pero en los que se detectaron construcciones, incorporando esas mejoras de manera provisoria y poniendo en marcha el proceso administrativo para determinar su situación definitiva y el correspondiente tratamiento tributario.Fuente: El Entre Ríos







