Quiénes y cuanto cobran las jubilaciones «de privilegio» que Frigerio quiere suprimir

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El gobernador Rogelio Frigerio anunció hoy que enviará a la Legislatura un proyecto de ley de «derogación de las jubilaciones de privilegio». Se trata ni más ni menos que de la Ley N° 4.506, dictada el 11 de enero de 1965 y que establece pensiones vitalicias para los cargos de Gobernador y Vicegobernador.

Se trata de un beneficio que actualmente representa un monto de unos $2,2 millones para quienes lo perciben.

«A partir de la promulgación de la presente Ley, los ciudadanos electos de acuerdo a las normas constitucionales para los cargos de Gobernador y Vicegobernador de la Provincia, gozarán de una pensión vitalicia por un monto
móvil e igual al 75% de la remuneración que corresponde al cargo. A los efectos de establecer este beneficio no se tendrán en cuenta los gastos de representación», dice la norma. Y agrega: «El beneficio acordado por la presente Ley se hará extensivo para el caso del fallecimiento del titular, al cónyuge supérstite y/o a los hijos hasta la mayoría de edad. En el supuesto que éstos se encontrasen incapacitados gozarán del mismo beneficio, mientras permanezcan en tal estado».

Al respecto, el titular del Poder Ejecutivo sostuvo esta mañana: «Hay que derogar las jubilaciones de privilegio. No alcanza solo con poner en caja todo para sostener a nuestro sistema de previsión social. Tenemos que terminar con los privilegios de la política. En nuestra Caja de Jubilaciones hay privil,egios que hay que derogar. Nuestra responabilidad con todos los sectores  es lograr lograr tener una Caja sostenible en el tiempo, que garantice el pago de jubilaciones presentes, pero también de las jubilaciones futuras. Vamos a mantener la Caja en la Provincia, pero tiene que ser sostenible en el tiempo y para eso se necesitan reformas. No tenemos miedo de debatir temas. Queremos contarle a la gente qué encontramos y qué necesitamos modificar».

El sitio Análisis Digital relevó quiénes cobran y quiénes ese beneficio después de haber pasado por la Gobernación o la Vicegobernación.

Los ex gobernadores

Sergio Montiel: comenzó a cobrar la pensión vitalicia en 1987, al término de su primer mandato. En 1999 lo suspendió cuando volvió a ser electo y volvió a percibirlo a partir de 2003, momento en el cual reclamó un reajuste con la intención de percibir un monto similar a lo que cobraba entonces un vocal del STJ más un 10%. Presentó un recurso de apelación jerárquica que fue rechazado por su sucesor Jorge Busti. Montiel cobró el beneficio hasta su fallecimiento en 2011. Luego el derecho pasó a su viuda, Marta Jordán.

Jorge Busti: nunca cobró la pensión vitalicia, ya que optó por su jubilación ordinaria. La percibió hasta su fallecimiento y luego el derecho pasó a su viuda, la ex diputada nacional Cristina Cremer.

Mario Moine: cobra la pensión vitalicia desde 1996 cuando finalizó su mandato como gobernador. Dona un alto porcentaje de ella a entidades sociales.

Sergio Urribarri: no cobra la pensión vitalicia, ya que optó por percibir su jubilación ordinaria. Sus aportes se vieron engrosados por los dos años y medio en los que se desempeñó como embajador en Israel, con un alto salario en dólares. Tramitó el beneficio luego de renunciar al cargo diplomático tras ser condenado por delitos contra la administración pública.

Gustavo Bordet: se desconoce si tramitó el beneficio, que no podría cobrar por estar ocupando una banca de diputado nacional y percibiendo la dieta correspondiente.

Los ex vicegobernadores

Jorge Martínez Garbino: fue vicegobernador de Montiel en su primer mandato. Percibe la pensión desde 1987.

Domingo Daniel Rossi: fue vicegobernador de Busti en su primer mandato y comenzó a percibir la pensión en 1992. La cobró en los períodos en los que no fue intendente de Santa Elena (va por su sexto mandato).

Hernán Orduna: fue vicegobernador de Moine y por ese rol percibe la pensión.

Héctor Alanis: fue vicegobernador de Busti en el segundo mandato y cobra la pensión desde que no ocupa cargos públicos. Su última función fue la de secretario de Interacción Municipal en el gobierno de Urribarri.

Edelmiro Pauletti: fue vicegobernador de Montiel en el segundo mandato, renunció en 2002 en plena crisis institucional, cobra la pensión.

Pedro Guastavino: fue vicegobernador de Busti en su último mandato, tramitó y cobra el beneficio desde que dejó la banca de senador nacional, en 2020.

José Lauritto: fue vicegobernador de Urribarri en su primer mandato y desde entonces ha estado en la función pública como ministro, delegado en la CARU e intendente de Concepción del Uruguay, por lo cual no cobra la pensión vitalicia.

José Cáceres: fue vicegobernador de Urribarri en su segundo mandato y al término comenzó a cobrar la pensión, pero suspendió el beneficio cuando asumió como diputado provincial y actualmente es parlamentario del Mercosur.

Adán Bahl: fue vicegobernador de Bordet en su primer mandato. Al término de su función tramitó el beneficio, pero optó por cobrar su sueldo de intendente. Una vez finalizada la gestión, pidió la reactivación y comenzó a cobrar.

Laura Stratta: fue vicegobernadora de Bordet en su segundo mandato. Tramitó la pensión a horas de terminar su función, se le otorgó en tiempo record y suspendió su cobro dado que percibe la dieta como diputada provincial.

Un antecedente en la Legislatura

La ex diputada provincial Ayelén Acosta (Juntos por Entre Ríos) -hoy funcionaria en el Ministerio de Desarrollo Humano, presentó durante su mandato legislativo un proyecto para derogar la Ley Nº 4.506 y establecer, en cambio, un “complemento”.

El proyecto, presentado por Acosta en 2020 y nunca tratado, establecía que los ex gobernadores y ex vicegobernadores podían acceder a un “complemento” una vez que obtuvieran la jubilación ordinaria.

El objetivo era que quienes quedaran por debajo con su haber jubilatorio, alcanzaran el 75% de los haberes correspondientes a los cargos en cuestión.

En el articulado se excluía de la percepción a quienes estuvieran condenados por delitos contra la administración pública, lavado de activos y narcotráfico, entre otros.

“La erogación de por vida por un cargo que fue ocupado por cuatro u ocho años y que se comienza a percibir una vez cesado en el ejercicio de la función es sin lugar a dudas un privilegio que no es sostenible en los tiempos que vivimos”, sostuvo Acosta en los fundamentos.

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