Dos hombres de Paraná fueron condenados por transportar cocaína en Entre Ríos tras admitir el delito en un juicio abreviado.
El Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Paraná condenó a dos personas por el transporte de medio kilo de cocaína, luego de que ambos reconocieran su responsabilidad en el marco de un juicio abreviado. La sentencia, a la que accedió UNO, fue dictada este 4 de julio por la jueza subrogante Mariela Rojas y tiene como protagonistas a los paranaenses Sebastián Paul Tedesco Poissonneau (41) y Hernán Loizaga Martínez (42), detenidos durante un control vial en el departamento Nogoyá el 4 de septiembre de 2024.
El operativo y la incautación
El caso se originó cerca de las 16.30 de ese día, cuando efectivos del Escuadrón Núcleo “Entre Ríos” de Gendarmería nacional llevaban adelante un operativo de prevención y control vial sobre la Ruta Nacional N°12, en el acceso a Betbeder, localidad ubicada en el departamento Nogoyá. Durante la inspección de rutina, detuvieron un Citroën Berlingo, conducido por Hernán Loizaga Martínez, quien viajaba acompañado por Sebastián Tedesco Poissonneau.
Ambos sujetos fueron requeridos para mostrar los elementos de seguridad del vehículo. Fue en ese momento, cuando Tedesco Poissonneau descendió del rodado para alcanzar el matafuego, cuando se le cayó del pantalón un envoltorio negro que contenía una sustancia blanca compactada en forma rectangular. El material, tras ser analizado, dio resultado positivo para clorhidrato de cocaína, con un peso total de 505 gramos.
En el interior del vehículo también se halló un bolso marrón junto al freno de mano, con $863.500 en efectivo y U$S 400. Todos estos elementos fueron secuestrados en presencia de testigos.

Las condenas
La investigación determinó que Sebastián Paul Tedesco Poissonneau fue el autor material del delito de transporte de estupefacientes, previsto en el artículo 5 inciso “c” de la Ley 23.737, en concordancia con el artículo 45 del Código Penal. En consecuencia, fue condenado a 4 años y 2 meses de prisión efectiva, además de una multa de $5.068.440.
Por su parte, Hernán Loizaga Martínez fue considerado partícipe secundario del mismo delito. Fue condenado a 2 años y 10 meses de prisión condicional, lo que implica que no será encarcelado, siempre y cuando cumpla con estrictas normas de conducta: mantener domicilio fijo e informar cualquier cambio, abstenerse del consumo de estupefacientes y no relacionarse con personas vinculadas al narcotráfico. También se le impuso la misma multa económica que a su compañero.
Ambos fueron intimados a abonar las multas dentro del plazo de diez días luego de que la sentencia quede firme. Asimismo, deberán afrontar el 50% de las costas del juicio cada uno, de acuerdo con el artículo 531 del Código Procesal Penal de la Nación.
La jueza Rojas ordenó, además, el traslado definitivo de Poissonneau desde la Unidad Penal N° 5 de Victoria hacia la Unidad Penal N°1 de Paraná, debido a que en esa ciudad reside su familia y se encuentra su centro de vida.
Respecto a los bienes incautados, el fallo dispuso: el decomiso total del dinero encontrado en el vehículo, la incautación del Citroën Berlingo, utilizado para transportar la droga; y la destrucción de los teléfonos celulares y demás objetos personales secuestrados, así como el resto del material estupefaciente, conforme a lo establecido en el artículo 30 de la ley 23.737.
Un caso cerrado rápidamente
El proceso judicial se desarrolló bajo la modalidad de juicio abreviado, una herramienta del sistema penal que permite resolver casos cuando los imputados reconocen voluntariamente su responsabilidad penal, lo que evita la realización de un juicio oral y público. Tanto Tedesco Poissonneau como Loizaga Martínez admitieron su participación en el hecho ante la magistrada, lo que facilitó la condena sin necesidad de mayores debates.
