9 AÑOS DE PRISION : “No ha existido filantropía ni multiplicación de panes”. La condena a Mazurier se basó en un “abrumador cúmulo de prueba”

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Los jueces Eduardo Degano, Edwin Ives Bastián y Pablo Garrera Allende plasmaron en 160 páginas la sentencia mediante la cual declararon a Luis Mazurier “autor material y penalmente responsable de los delitos de peculado de bienes, peculado de servicios (en la modalidad de delito continuado) y fraude a la administración pública en concurso real”.

El único disenso entre los magistrados llegó a la hora de fijar la pena. Los 9 años de prisión efectiva surgieron del acuerdo entre Degano y Bastián. Garrera Allende, en cambio, votó por una condena más aliviada: 6 años.

De la lectura del fallo de primera instancia (que sin dudas será apelado- surge con claridad que ni el principal imputado ni su habilidoso defensor, Pablo Daniel Moyano Ilundain, consiguieron conmover al tribunal. Muy por el contrario, el primero en votar, el Dr. Eduardo Degano, calificó como “abrumador” el “cúmulo de pruebas” acerca de la culpabilidad del entonces presidente de la CODESAL y director del diario El Sol, en cuyas oficinas solían manejarse sin control ni registros los dineros recaudados pero nunca declarados en los diferentes sitios turísticos del perilago administrados por el organismo provincial.

En nada prosperó el intento del defensor de Mazurier de presentarlo como un “filántropo” que habría tenido que “multiplicar los panes” poniendo dinero de su bolsillo para llevar a cabo obras, puesto que no le llegaban las partidas desde el gobierno provincial. Tampoco fue obstáculo para la unánime condena la ausencia de una pericia contable que precisara con exactitud la magnitud del robo, del peculado cometido. Sin titubeos, la sentencia afirma: “no ha existido ni filantropía ni multiplicación de panes”.

El extenso fallo contiene indicaciones expresas para que sean remitidas pruebas surgidas del debate oral y público que alertan sobre serias irregularidades que persisten sin que a ninguna autoridad provincial ni de Salto Grande parezca importarle. Por caso, el camping La Tortuga Alegre, que según la normativa depende de la Corporación para el Desarrollo de Salto Grande, sigue siendo manejado por Luis Mazurier, a través de Alberto Jesús Villanueva, este último condenado a 6 años de prisión efectiva, como partícipe necesario. En similar situación está el Hotel Ayuí, del cual Mazurier se apoderó mediante testaferros que compraron cuotas partes de la concesionaria BALACE, cuyo contrato de concesión está vencido desde 2012.

Luis Mazurier

“Con rango de ministro” y con “uno de los sueldos más altos de la administración pública”

“Debo destacar respecto a los hechos identificados como PRIMERO, SEGUNDO y TERCERO, que tal como lo han referido los testigos –se lee en la sentencia-, Mazurier en su carácter de Presidente de la Corporación del Desarrollo de Salto Grande, quien tenía rango de Ministro y por el cual percibía uno de los sueldos más alto de la administración pública, explotaba para su propio peculio el cobro de ingreso (entradas) del predio “La Tortuga Alegre”, las del Complejo Termal Ayuí, Península Soler y balneario Punta Viracho, como así también el cobro por alquiler de cabañas, por instalación de carpas, por el uso de parrillas, alquiler de sillas, reposeras, batas, toallas, y lo que se recaudaba por la venta de comida y bebidas en las cantinas instaladas en los predios precedentemente señalados, valiéndose para ello de personal con contrato de obra con la CODESAL, los que eran solventados con los recursos enviados por la Provincia”.

“Dicha explotación era absolutamente irregular toda vez que nunca rindió cuentas a la Contaduría del Ministerio de Gobierno de la Provincia (del cual se usaba el cuit para los gastos de mantenimiento y funcionamiento del Perilago), y por ende tampoco al Tribunal de Cuentas, basado en una “supuesta” interpretación de las disposiciones de los arts. 23 y 71 de la Ley 5140 (Contabilidad Pública)”, señala el fallo. A

Y sigue: “al respecto el último párrafo del art. 23 de la Ley 5140 establece “que los ingresos correspondientes a situaciones en las que el estado sea depositario o tenedor precario no constituyen recursos”, no resulta de aplicación en el presente hecho toda vez que se refieren a situaciones donde los fondos pertenecen a terceros tales como las garantías de ofertas, retenciones (sociales, impositivas, ingresos brutos, ganancias, ejercicio de las profesiones liberales), como depositario y por legislación del orden nacional; todo ello muy distante del caso de autos, ya que tal como expresamente lo determina el art. 22 de la mencionada Ley “La fijación y recaudación de los recursos de cada ejercicio estará a cargo de las oficinas o agentes que determinen las leyes y los reglamentos respectivos.- Los recursos percibidos, cualquiera sea su origen, deberán ser ingresados en la Tesorería General o en las Tesorerías Centrales de los organismos descentralizados antes de la finalización del día hábil siguiente al de su percepción. El Poder Ejecutivo, con intervención del Ministerio de Economía, podrá facultar a la autoridad que estime competente a ampliar este plazo cuando las circunstancias así lo justifiquen y a depositar ingresos provenientes de explotación de servicios en las tesorerías de organismos centralizados que por sus funciones así lo requieran”, por lo que mal puede justificarse la conducta del imputado Mazurier”.

Degano, a renglón seguido, hundió más aún al condenado: “Pero si con ello no bastara, además debo señalar que en oportunidad del decreto N° 252, mediante el cual se crea la CODESAL y se lo designa Presidente a Mazurier, expresamente en el art. 6, se deja aclarado que la “fiscalización de la Corporación quedará a cargo del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, conforme a la Ley de Contabilidad, se le enviarán los balances anuales de gastos e ingresos” estableciéndose asimismo conforme el art. 11 del decreto 252 que la “administración contable estará a cargo del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación Obras y Servicios Públicos, la que asistirá al organismo en los aspectos contables y financieros atinentes a sus funcionamiento”; nada de ello ocurrió en los hechos aquí expuestos, nadie controló o no pudo controlar o no quisieron controlar nada de nada relacionados a los ingresos por la explotación de los predios del perilago. Recuérdese que tal como lo manifestaron los testigos señalados precedentemente, empleados de la CODESAL, tanto actuales como los de aquella época, las recaudaciones de cada una de las cajas eran entregadas en las oficinas del Diario El Sol de esta ciudad, donde eran recibidas por personal dependiente de Mazurier e inmediatamente entregadas en mano al imputado.

Los yacuzzi del Hotel, instalados por personal de CODESAL

“Urge con el grado de certeza necesario”, sostuvo el Juez Eduardo Degano, con acuerdo de los otros dos magistrados, “que Luis Mazurier, en su carácter de Presidente de la CODESAL, y por intermedio de los empleados de aquella, que vale recordar eran pagados por la administración pública, efectuaban diversos servicios para el Hotel Ayuí, entre los que se puede mencionar corte, limpieza y mantenimiento del parquizado del mismo, reemplazo de tinas por yacuzzi en las habitaciones, trabajos de pintura exterior e interior, electricidad, todo ello en beneficio de la Firma BALACE SRL”.

“En definitiva –dice la sentencia- se encuentra suficientemente acreditado que el imputado Mazurier, como Presidente de la CODESAL, utilizó a favor propio y/o de BALACE SRL, empleados, medios y recursos de la corporación en el Mantenimiento del Hotel Ayuí (concesión en favor de BALACE S.R.L.), efectuando traslado del Personal en vehículos de la corporación, llevando adelante distintas tareas de reparación, pintura, electricidad, etc., debiéndose destacar que los empleados eran solventados con recursos públicos; ergo materialidad y autoría han sido debidamente acreditadas”.

La “solución” que llegó tras un diálogo con Urribarri

Si algo surge también nítido en la sentencia, es que todo lo ocurrido en la CODESAL y en el Hotel Ayuí contó con algún grado de complicidad, por acción u omisión, de las autoridades políticas de Entre Ríos.

Consta en el fallo el testimonio del abogado Enrique Oscar Bacigaluppe, original propietario de la firma BALACE, vendida luego a los hijos de Mazurier.

“En lo atinente a la venta de las cuotas partes de la sociedad BALACE, expresó Bacigaluppe que faltando un año y medio para la finalización de la concesión, atravesando una crisis y enterado que no se iba a producir una prórroga, le planteó el problema al entonces gobernador de la provincia, Sergio Urribarri, quien se comprometió a resolverlo. Al tiempo se hizo presente en su estudio jurídico el señor Luis Mazurier, que por ese entonces ocupaba el cargo de presidente de la CODESAL y le manifestó que tenía una solución para el Hotel, unos compradores estaban interesados en adquirir la firma BALACE.

Esos “compradores” serían Alberto Jesús Villanueva, tenido por hijo de Mazurier, y también Alejandra Isabel Cáceres, de la que no hay dudas que es hija del Director del diario El Sol.

Los dichos de Cáceres en el debate oral y público fueron sorprendentes. “Dijo no recordar si obtuvo ganancias o dividendos (como dueña de la sociedad BALACE), dado que se ocupaba de otros emprendimientos y por ello no estuvo involucrada. Preguntada por su conocimiento sobre la firma FIDEINSA (otra empresa creada por Mazurier), sostuvo que la escuchó nombrar, pero no recordó a qué se dedicaba o si es la sociedad que ella integra, como tampoco recordó los nombres de los restantes socios que la componen”. O sea, la mujer “escuchó nombrar” la empresa de la que figura como propietaria…

”Desparpajo y desprolijidad” y “complicidad de las autoridades políticas de turno”

“Surge a las claras –expresa la sentencia- que era el propio Mazurier quien estaba detrás de la explotación del Hotel Ayuí, utilizando para ello a su círculo más íntimo (Alberto Jesús Villanueva, persona de su confianza, Cintia Mengeón, su pareja desde hace años, y Alejandra Isabel Cáceres, su hija). Era tal el desparpajo y desprolijidad con que se manejaba Mazurier, obviamente con la complicidad de las autoridades políticas de turno, que fue él mismo -quien en representación de la Provincia de Entre Ríos por su carácter de Presidente de la CODESAL- propuso y así fue aceptada la concesión de la explotación del Hotel Ayuí por el plazo de 30 años, y en la realidad es el verdadero titular de BALACE S.R.L., para lo cual usó a Villanueva y Cáceres como sus prestanombres.- Villanueva y Cáceres, tal como resulta de los informes de Afip, no tienen capacidad económica suficiente como para hacer frente no solo a la explotación del Hotel, sino tampoco para abonar la compra de BALACE y asumir todas las deudas que aquella tenía, tal como se lo refirió en el Contrato de Cesión de derechos; pero si ello no alcanzara la propia Cáceres reconoció que vive el día a día con su emprendimiento de venta de indumentaria y que nunca supo bien que era socia de dos empresas (BALACE S.R.L y FIDEINSA); respecto a Villanueva debe destacarse que era empleado de la CODESAL, ergo su escaso sueldo nunca podía ser respaldo suficiente para tan importante emprendimiento.”

Y a renglón seguido se lee: “Para llevar adelante la maniobra Mazurier necesitó de la indispensable “colaboración” de Villanueva (como titular de las firmas BALACE y FIDEINSA) y Mengeón (como administradora del Hotel), aunque debo destacar que la participación de esta última, en el tiempo y duración, lo fue en menor medida. Mazurier, quien era el Presidente de la CODESAL y en tal carácter debía velar por los intereses de la Provincia, hizo todo lo contrario velando por sus propios intereses económicos, bajo el supuesto “paraguas protector” de que la Provincia no podía hacer frente a la explotación hotelera (Hotel 4 estrellas, 40 habitaciones, con Pileta Termal, en la zona de mayor desarrollo turístico de la ciudad).

Por supuesto, que así las cosas, era imposible que tomara posesión del Hotel en forma automática en fecha 9/1/2012, tal como fuera acordado por el Gobernador Busti y el Embajador Freyre, no solo por que dos años antes se auto prorrogó por 30 años la explotación, sino también porque era absolutamente contrario a sus propios intereses.- Otro dato de relevancia que delata a las claras que Mazurier era el real titular de BALACE y FIDEINSA, es el testimonio certificado de la subasta pública (cfr. fs. 1511/1513 Legajo-Carpeta N° 6), donde el imputado aparece comprando bienes (automotores e inmueble) en “comisión” para la Firma FIDEINSA (cuya aparente titularidad es de los prestanombres Villanueva y Cáceres”.

El juez Degano no le deja pasar a Mazurier un descuido en sus extensas alocuciones, donde, como se dice vulgarmente, se pisó. “A confesión de parte relevo de prueba –señala el magistrado-, cuando en su declaración de imputado Mazurier sostuvo “… en las situaciones en las cuales el hotel se cerró por falta de concesionario, hubo varios cierres en los años anteriores al 2010, antes que nosotros nos hiciéramos cargo …”.

Fuente: El Entre Ríos

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