Tenía millones y aseguró que era por vender oro, joyas y camiones. No le creyeron y abrieron una causa polémica

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Un allanamiento por una estafa en Paraná derivó en una causa federal por posible lavado de activos al hallarse mucho dinero en un vehículo. La discusión jurídica sobre quién debe investigar el delito y la justificación de la tenencia del dinero.

Lavado de activos

El 22 de julio pasado la Policía de Entre Ríos allanó un domicilio y requisó los vehículos de una conocida familia de la comunidad gitana en la zona de Circunvalación y Francia de Paraná.

Encontraron en un bolso más de 18 millones de pesos y se abrió una causa por lavado de activos en la Justicia Federal. Una mujer fue acusada por este delito y se abrió una polémica jurídica sobre si está realmente justificada la tenencia de esta suma de dinero y si debe investigarse en la órbita federal.

El caso se inició a partir del allanamiento en dicho domicilio por un exhorto de la Justicia de Azul (provincia de Buenos Aires) por una presunta estafa en la compraventa de un tractor Fiat Someca 50, que habría sido abonado con cheques falsos.

En ese procedimiento identificaron la señora M.A.M. y se secuestraron $18.171.300 y 800 dólares, que estaban en un bolso en el interior de una camioneta Toyota Hilux. Sus abogados defensores Daniel Rosatelli y Miguel Ángel Cullen presentaron documentación para justificar la procedencia del dinero y destacaron que la mujer vendió oro, joyas y tres camiones, por lo que solicitó la devolución del dinero ofreciendo en garantía una camioneta y un camión propiedad de unos parientes.

Polémica en la Justicia

La fiscal de Paraná Mercedes Nin, que abrió la causa por el hallazgo del dinero, dispuso declarar la incompetencia y remitió las actuaciones al Juzgado Federal, por considerarse que a partir de la sanción de la Ley N° 26.683 (modificación de la Ley de Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo) se otorga autonomía a este delito.

Sin embargo, el fiscal federal de Paraná, Leandro Ardoy solicitó que se declare la incompetencia del Juzgado Federal al sostener que “no todas las conductas quedan subsumidas dentro de esas características (contra el orden económico y financiero), siendo en este caso que no se verifica se encuentren comprometidos intereses superiores como la ‘soberanía de la nación’ o la ‘salud socioeconómica’… No obstante, en el presente no hay elemento alguno con relación a cuál sería el ilícito (ya no delito) precedente, no se han corroborado las manifestaciones efectuadas por M.A.M. en relación a la justificación del dinero hallado en el allanamiento de su finca. Tampoco obra demostración de la estafa, en tanto la misma guarda relación con otro caso, que según lo que se desprende de las constancias precedentes estaría siendo investigado en la provincia de Buenos Aires”.

El juez federal Leandro Ríos resolvió rechazar este planteo de incompetencia y que la Fiscalía Federal dirija la investigación por lavado de activos. En tanto, los defensores de la acusada adhirieron al planteo del fiscal Ardoy e insistieron con la incompetencia de la Justicia Federal, por lo que presentaron un recurso ante la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná.

Lo que dicen los defensores

Rosatelli y Cullen destacaron que se hicieron todos los aportes necesarios para aclarar el origen del dinero, a través de una presentación espontanea por parte de la M.A.M. y argumentaron que la simple tenencia de dinero no constituye por sí una posible infracción a la ley penal.

Afirmaron que, para configurarse el delito de lavado de activos, una persona debe realizar algunas de las acciones que describe el Código Penal (“convirtiere, transfiriere, administrare, vendiere, gravare, disimulare o de cualquier modo pusiere en circulación en el mercado”), lo que debió haber sido comprobado por la Fiscalía provincial.

Sostuvieron que la simple tenencia de dinero no constituye por sí una posible infracción a la ley penal, y que este tipo legal para su configuración exige que el sujeto realice algunas de las acciones descriptas en el art. 303 del CP –convirtiere, transfiriere, administrare, vendiere, gravare, disimulare o de cualquier modo pusiere en circulación en el mercado-, lo que debió haber sido comprobado por la Fiscalía provincial.

Un delito que “transgrede leyes nacionales”

El camarista Mateo Busaniche, en primer lugar, destacó la decisión de la fiscal Mercedes Nin y consideró correcta la resolución del juez Ríos. Para fundamentar que esta causa y el delito en cuestión debe ser abordada en el fuero federal, citó un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

“Luego de la sanción de la ley 26.683 en la que la figura de ´lavado de dinero no es tratada como un encubrimiento calificado en perjuicio de la administración pública, sino como un delito autónomo contra el sistema financiero nacional´…”, citó Busaniche y agregó: “Surge del decreto 825/11 que la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo es una preocupación prioritaria del Estado Nacional…, toda vez que dichas conductas delictivas constituyen un serio riesgo, no sólo para la estabilidad de los sistemas democráticos y el desarrollo de sus economías, sino, fundamentalmente, para la libertad de los ciudadanos”.

Además, el camarista transcribió del fallo del máximo tribunal del país: “Estamos frente a un delito que transgrede ´las leyes nacionales, como son todos aquellos que ofenden la soberanía y la seguridad de la Nación o tiendan a la defraudación de sus rentas u obstruyan y corrompan el buen servicio de sus empleados -art. 33 inc. c del Código Procesal Penal de la Nación-, por lo que es la justicia federal la que debe continuar con su investigación…”.

Fuente: Plaza Web 

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